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Pliego

pliego de condiciones LPN0006.pdf

ADQUISICIÓN DE PLANTAS DE CAFÉ PARA LOS PDA · Unidad Técnica Ejecutora de Proyectos de Desarrollo Agroforestal

Publicado el 9 jul de 202642 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso UTEPDA-CCC-LPN-2026-0006

Lo que dice

El pliego establece las bases de la Licitación Pública Nacional UTEPDA-CCC-LPN-2026-0006 para adquirir 3,000,000 de plantas de café en bolsas y el transporte de igual cantidad hacia los PDA, por un valor referencial total de RD$66,000,000.00, incluidos impuestos. Fija evaluación técnica y económica bajo cumple/no cumple, adjudicación al menor precio unitario consolidado y un plazo máximo de entrega de tres meses desde el registro del contrato; no adjudica el proceso.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (4)

A revisarHallazgo en documentos

Redacción ambigua sobre garantía del anticipo para MIPYMES

Documento del 9 jul 2026 · hace 3 meses

Para MIPYMES, el pliego menciona una póliza de seguro o garantía bancaria para cubrir el anticipo, y añade que la garantía sería prestada a través de una aseguradora; otra sección exige específicamente una póliza de seguro. La ambigüedad puede generar exigencias distintas a las permitidas para garantías de MIPYMES y debe aclararse antes de aplicarse.

“En el caso que la empresa sea MIPYMES, el anticipo es de un treinta por ciento (30%) con la suscripción del contrato, y contra la presentación de una garantía de buen uso de anticipo de tipo Póliza de Seguro o Garantía Bancaria, prestada a ” (pág. 29, escaneada)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 175 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 175 — Reglas especiales de garantías a MIPYMES

Artículo 175.- Reglas especiales de garantías a MIPYMES. Para el régimen de garantías en las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) se aplicarán las reglas siguientes: 1) Las instituciones contratantes solo podrán exigir como garantías fianzas prestadas a través de compañías aseguradoras; 2) No se requerirá la garantía de seriedad de oferta. Párrafo.- Sin perjuicio de la aplicación de las sanciones previstas en la presente ley, si el proveedor beneficiado con lo establecido en el numeral 2) de este artículo, renuncia de forma injustificada a la adjudicación o no cumple con la ejecución del contrato, perderá los beneficios allí establecidos por un período de dos (2)…

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A revisarHallazgo en documentos

Exige tener disponibles todas las plantas ofertadas al inspeccionar

Documento del 9 jul 2026 · hace 3 meses

Se requiere que el proveedor tenga en el vivero el 100% de las plantas ofertadas al momento de la inspección, además de acreditar al menos tres años de experiencia como suplidor de plantas de café. Para una necesidad de 3,000,000 de plantas y entregas dentro de tres meses, esta condición puede restringir la participación a proveedores con inventario ya producido; corresponde verificar su proporcionalidad frente al objeto y al calendario.

“El proveedor debe poseer en el vivero, al momento de la inspección previo a la evaluación de la oferta técnica, el 100% de las plantas ofertadas en cumplimiento de las especificaciones establecidas en el numeral 3.1.a) de este pliego.” (pág. 7, escaneada)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 4 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar

Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 4 — Principios

Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…

A revisarHallazgo en documentos

Exclusión de empresas por compartir cualquier accionista

Documento del 9 jul 2026 · hace 3 meses

El pliego prohíbe participar simultáneamente a empresas que coincidan en alguno de sus socios, aunque sean personas jurídicas distintas. Esa regla amplía la prohibición legal de multiplicidad de participación y puede reducir la concurrencia sin distinguir si las empresas presentan ofertas independientes.

“De igual manera, no podrán participar simultáneamente empresas que: 1) posean la misma identidad de socios o accionistas, o 2) coincidan en alguno de los socios. En ese sentido, deberán participar por una sola de las empresas.” (pág. 38, escaneada)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 36 · Ley 47-25, art. 4 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 36 — Prohibición de multiplicidad de participación

Artículo 36.- Prohibición de multiplicidad de participación. Se prohíbe la multiplicidad de participación de una misma persona, ya sea física o jurídica, en un mismo procedimiento de contratación. Párrafo.- Las personas físicas o jurídicas que formasen parte de un consorcio no podrán presentar otras ofertas en forma individual o como integrante de otro consorcio, siempre que se tratare del mismo procedimiento de contratación.

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 4 — Principios

Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…

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Umbrales de precio mínimo pueden limitar ofertas económicas competitivas

Documento del 9 jul 2026 · hace 3 meses

El pliego fija pisos de precio —20% respecto del promedio del ítem de plantas y 15% respecto del presupuesto base de transporte— y prevé que las ofertas inferiores puedan considerarse anormalmente bajas y descalificarse. Aunque también remite al debido proceso, conviene verificar cómo se calcula el promedio y que la exclusión dependa del análisis de sustentabilidad exigido, no solo de cruzar esos porcentajes.

“El precio de la oferta no deberá ser menor al veinte por ciento (20%) en relación al promedio del precio o valor del ítem 1 (Plantas de café en bolsas); y no deberá ser menor al quince por ciento (15%) en relación con el presupuesto base in” (pág. 15, escaneada)
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 123 · Reglamento 52-26, art. 124 · con ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 123 — Exclusiones por ofertas temerarias

Artículo 123.- Exclusiones por ofertas temerarias. Para considerar la posibilidad de una oferta temeraria o económicamente no sustentable, por presentar un precio o costo anormalmente bajo frente al objeto de la contratación, esta debe superar la diferencia porcentual a la baja prevista en el pliego de condiciones con relación al presupuesto base del procedimiento de contratación. Párrafo. La Dirección General de Contrataciones Públicas debe emitir manuales, instructivos y guías para identificar ofertas temerarias o económicamente no sustentables por presentar precios anormalmente bajos.

Texto oficial completo

Reglamento 52-26, artículo 124 — Procedimiento para la exclusión de ofertas temerarias

Artículo 124.- Procedimiento para la exclusión de ofertas temerarias. En caso de que se haya identificado la posibilidad de una oferta temeraria o económicamente no sustentable, el responsable de la organización, gestión y ejecución del procedimiento de contratación, es decir, el Comité de Contrataciones Públicas o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda, previo a proceder a la exclusión de la oferta por considerarse presuntamente anormalmente baja, debe agotar las siguientes actuaciones: 1. Solicitar por escrito al oferente que describa con mayor detalle todo elemento económico de su oferta que suscite dudas acerca de su aptitud para cumplir el contrato. 2. Los peritos…

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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

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