El acta núm. CP-03-04-2026, de fecha 2026-07-10, aprueba el informe económico y adjudica el Ítem 1 a Inversiones Peyco, S.R.L. por RD$19,800,000.00 y el Ítem 2 a Macuri Group, S.R.L. por RD$94,364,003.10. Para el Ítem 2, el acta registra que la oferta de Macuri se corrigió conforme al monto expresado en letras y quedó RD$4.01 por debajo de la oferta de G.A. Morillo & Asociados. El monto del contrato de Macuri registrado en el portal es RD$94,673,107, distinto del adjudicado en el acta.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta consigna que Macuri fue adjudicada por RD$94,364,003.10 y que G.A. Morillo ofertó RD$94,364,007.11: una diferencia de apenas RD$4.01 en ofertas superiores a RD$94 millones. La cercanía extrema de los totales amerita revisión de las propuestas y sus componentes; por sí sola no demuestra coordinación entre oferentes.
“MONTO TOTAL RD$ 99,996,907.24 94,364,003.10 94,364,007.11”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 4 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 4 — Principios
Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…
El acta adjudica a Macuri el Ítem 2 por RD$94,364,003.10, mientras que el portal registra un contrato de RD$94,673,107 para esa empresa, fechado el mismo día de la adjudicación. La diferencia es de RD$309,103.90; debe verificarse cuál monto se formalizó y si el registro del portal fue actualizado, pues este puede estar atrasado.
“MONTO TOTAL RD$ 94,364,003.10”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 47 · Reglamento 52-26, art. 49 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 47 — Uso y gestión de la información
Artículo 47.- Uso y gestión de la información. Toda información generada o incorporada al Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas tiene validez jurídica y fuerza probatoria, siempre que se produzca conforme a los parámetros de autenticidad, integridad, inalterabilidad y conservación definidos por la Dirección General de Contrataciones Públicas. Las instituciones contratantes deben: 1. Registrar oportunamente en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas todas las actuaciones administrativas de los procedimientos de contratación, incluyendo los documentos técnicos, jurídicos y financieros, así como aquellos vinculados a la ejecución y liquidación de los contratos. 2. Mantener…
Reglamento 52-26, artículo 49 — Responsabilidad institucional y supervisión
Artículo 49.- Responsabilidad institucional y supervisión. Las instituciones contratantes son responsables de la veracidad, exactitud y actualización de la información que registren en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas. El incumplimiento de las obligaciones de registro o publicación puede dar lugar a la aplicación de las sanciones disciplinarias establecidas en la ley, sin perjuicio de las responsabilidades administrativas o civiles que correspondan. Párrafo. La Dirección General de Contrataciones Públicas debe ejercer funciones de monitoreo, control y asistencia técnica sobre el uso del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas, y puede realizar auditorías informáticas…
Alquicon Ingeniería y Servicios, S.R.L.Habilitada para el Ítem 2. El acta registra aclaraciones sobre discrepancias de monto y sobre el material de varias partidas; no resultó adjudicataria.
Zoec Civil, S.R.L.Figura entre los oferentes notificados para subsanar en el informe preliminar; no figura entre los habilitados para apertura económica en el resultado definitivo citado por el acta.
No habilitado
Ítem 1
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Constructora Segura Vicente (CONSEVISA), S.R.L.Figura entre los oferentes notificados para subsanar en el informe preliminar; no figura entre los habilitados para apertura económica en el resultado definitivo citado por el acta.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Leteja, S.R.L.Figura entre los oferentes notificados para subsanar en el informe preliminar; no figura entre los habilitados para apertura económica en el resultado definitivo citado por el acta.
No habilitado
Ítem 1
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Cristian Manuel Núñez TaverasFigura entre los oferentes notificados para subsanar en el informe preliminar; no figura entre los habilitados para apertura económica en el resultado definitivo citado por el acta.
No habilitado
Ítem 2
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Ransa, S.R.L.Figura entre los oferentes notificados para subsanar en el informe preliminar; no figura entre los habilitados para apertura económica en el resultado definitivo citado por el acta.
No habilitado
Ítem 1
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Toralco, S.R.L.Figura entre los oferentes notificados para subsanar en el informe preliminar; no figura entre los habilitados para apertura económica en el resultado definitivo citado por el acta.
No habilitado
Ítems 1 y 2
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Construluna, S.R.L.Figura entre los oferentes notificados para subsanar en el informe preliminar; no figura entre los habilitados para apertura económica en el resultado definitivo citado por el acta.
No habilitado
Ítem 2
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Premium Business Services, S.R.L.Figura entre los oferentes notificados para subsanar en el informe preliminar; no figura entre los habilitados para apertura económica en el resultado definitivo citado por el acta.
No habilitado
Ítem 1
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DWG Estudio, S.R.L.Figura entre los oferentes notificados para subsanar en el informe preliminar; no figura entre los habilitados para apertura económica en el resultado definitivo citado por el acta.