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Abriendo la ficha…

Informe pericial · Acta CP-2026-06

ACTA DE INICIO STGO-CCC-CP-2026-0006_001.pdf

“CONTRATACIÓN DE SERVICIO DE GRÚA PARA REMOLQUE A SER UTILIZADO EN EL MUNICIPIO DE SANTIAGO” · Ayuntamiento Santiago de los Caballeros

Publicado el 10 jul de 2026Fechado el 9 jul de 202613 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso AYUNTAMIENTO STGO-CCC-CP-2026-0006

Lo que dice

El Acta núm. CP-2026-06, de fecha 2026-07-10, aprueba la contratación simplificada, el pliego y las especificaciones del servicio de grúa, dividido en cuatro lotes. Las cantidades y precios unitarios consignados suman RD$5,975,000: tres lotes a RD$2,500 por remolque y un lote de equipos pesados a RD$30,000 por servicio. También designa tres peritos y enumera a los cinco miembros del comité.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (2)

A revisarHallazgo en documentosRD$900,000

Especificaciones muy detalladas para el lote de equipos pesados

Documento del 10 jul 2026 · hace 3 meses

El lote 4 acumula requisitos concretos de configuración, potencia, transmisión y capacidad de la grúa. Esas condiciones podrían restringir los equipos elegibles; conviene contrastarlas con la necesidad operativa y con el análisis de mercado y estudios técnicos del expediente, pues pueden responder a exigencias funcionales justificadas.

“• Configuración: 4x4. • Capacidad de carga (GVWR): superior de 15,000 kg.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 91 · Ley 47-25, art. 4 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 91 — Determinación de especificaciones técnicas

Artículo 91.- Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas que resulten de los estudios previos deberán garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento, para lo cual deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo I.- Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. Párrafo II.- No deberán exigirse o mencionarse marcas o nombres comerciales, diseños o modelos,…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 4 — Principios

Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

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A revisarHallazgo en documentos

No se identifica un perito legal entre los tres designados

Documento del 10 jul 2026 · hace 3 meses

El acta designa a tres peritos: dos vinculados a áreas de tránsito y transportación y una persona del departamento de Contabilidad; no identifica a ninguno como perito legal. La ley establece un mínimo de tres peritos y el reglamento prevé perfiles técnico, financiero y legal; conviene verificar la designación y las competencias documentadas en el expediente.

“TERCERO: DESIGNAR como peritos a: Carlos Burgos de la Dirección de Tránsito y Movilidad Urbana, Wilson Páez de la Dirección de Transportación y Yolanda Isidor del departamento de Contabilidad”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 90 · Reglamento 52-26, art. 89 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 90 — Designación de peritos

Artículo 90.- Designación de peritos. Para cada procedimiento de contratación, la institución contratante deberá designar los peritos que participarán en la elaboración de las especificaciones técnicas y la evaluación de las propuestas. Párrafo I.- Con excepción del procedimiento de contratación menor, deberán designarse un mínimo de tres (3) peritos: uno (1} legal, uno (1) financiero y uno (1) técnico, procurando siempre que el número total de peritos sea impar. Párrafo II.- Los reglamentos de aplicación a de la presente ley, las normas, instructivos y políticas adoptadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas, regulará los mecanismos de designación de peritos asegurando la…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 89 — Perfil y cantidad de peritos

Artículo 89.- Perfil y cantidad de peritos. Las instituciones contratantes deben designar como mínimo tres (3) peritos, procurando que el número total sea impar, integrados de la siguiente manera: 1. Un perito técnico, con conocimientos en el objeto de la contratación o en el área del conocimiento que corresponda (ingeniería, salud, tecnología, servicios, etc.); 2. Un perito financiero o económico, responsable de analizar la razonabilidad de precios, presupuestos y sostenibilidad económica de las ofertas; 3. Un perito legal, encargado de verificar la conformidad jurídica de las actuaciones y documentos legales. Párrafo I. En los procedimientos de contratación menor y de contratación directa…

Otros documentos del proceso (9)

  • CERTIFICACION STGO-CCC-CP-2026-0006.pdfCertificación de fondos · 10 jul de 2026 · 1 señal
  • CONVOCATORIA STGO-CCC-CP-2026-0006.pdfDocumento · 10 jul de 2026
  • OFICIO.pdfDocumento · 10 jul de 2026
  • PLIEGO DE CONDICIONES STGO-CCC-CP-2026-0006_001.pdfPliego · 10 jul de 2026 · 8 señales
  • SOLICITUD STGO-CCC-CP-2026-0006.pdfSolicitud de compra · 10 jul de 2026 · 1 señal
  • ACTA DE INICIO STGO-CCC-CP-2026-0006_001.pdfPliego · 10 jul de 2026
  • FORMULARIOS.rarDocumento · 10 jul de 2026
  • ACTA ADJUDICACION STGO-CCC-CP-2026-0006.pdfActa de adjudicación · 8 sept de 2026 · 4 señales
  • Informe final del portalDocumento · —

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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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