La circular responde 38 consultas del proceso CHN-DAF-CM-2026-0020 y aclara aspectos técnicos, de costos y de ejecución para el sistema fotovoltaico de al menos 650 kWp y 540 kW. Confirma que el punto de interconexión es 120/208 Vac y que ese aspecto sería corregido mediante una enmienda; también anuncia una nueva fecha de visita, que sigue siendo obligatoria para quienes no hayan realizado el levantamiento.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La institución declara que no dispone de estudios de suelo ni geotécnicos y deja las cantidades y partidas al diseño de cada oferente. Para una obra con diseño incluido esto puede producir propuestas con bases de cantidades y riesgos distintos, dificultando su comparación y la verificación de costos; la Ley y el Reglamento prevén estudios previos y, para obras, documentación técnica de ingeniería, aunque el expediente podría contener información adicional.
“La Comisión Hípica Nacional no dispone de estudio de suelo ni de estudio geotécnico del área. … Las cantidades y partidas quedan sujetas al criterio de diseño de cada oferente, siempre que lo propuesto cumpla con los requisitos presentes en” (pág. 1)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 87 · Reglamento 52-26, art. 86 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 87 — Estudios previos
Artículo 87.- Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con lo dispuesto por los reglamentos de aplicación de la presente ley y con las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual, los que deben determinar, como mínimo, lo siguiente: 1) La necesidad que atender; 2) El costo estimado del bien, obra o servicio a contratar, de tal forma que se establezca el presupuesto estimado de la contratación y se identifique la partida presupuestaria a afectar; 3) La determinación del tipo de contrato a celebrar, describiendo su objeto y las prestaciones que se espera recibir del proveedor; 4) La estimación, tipificación y…
Reglamento 52-26, artículo 86 — Estudios técnicos y de ingeniería en contratos de obra
Artículo 86.- Estudios técnicos y de ingeniería en contratos de obra. En los casos de contratos de obra pública, los estudios previos deben incluir, además de los aspectos establecidos en el artículo 87 de la Ley núm. 47-25: 1. Proyecto de ingeniería de detalle, con planos definitivos, especificaciones técnicas, memorias de cálculo y presupuesto desagregado; 2. Estudios de prefactibilidad y factibilidad, según la magnitud y complejidad de la obra; 3. Estudio de impacto ambiental, conforme a la normativa ambiental vigente, incluyendo medidas de mitigación y compensación; 4. Análisis de suelos, topografía, geotecnia, clima y accesibilidad, según corresponda; 5. Estimación del cronograma…
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Deja de operar como exclusión de admisión la verificación de las certificaciones de gestión de calidad y seguridad y salud; se conserva como control puntuable..
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 104 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…
La respuesta rechaza una estructura de acero galvanizado y prescribe aluminio anodizado, sin explicar en la circular el fundamento técnico de excluir la alternativa propuesta. Conviene verificar en las especificaciones y estudios si esa limitación está vinculada a la necesidad y desempeño de la obra, pues podría reducir las soluciones admisibles.
“No. La estructura de montaje debe ser de aluminio anodizado, conforme establecido en las Especificaciones Técnicas.” (pág. 5)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 91 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 91 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 91.- Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas que resulten de los estudios previos deberán garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento, para lo cual deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo I.- Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. Párrafo II.- No deberán exigirse o mencionarse marcas o nombres comerciales, diseños o modelos,…
Voltaje de interconexiónNivel de tensión del secundario del transformador
El pliego solicitaba inversores de 480 V L-L, mientras las consultas reportaban que el transformador existente opera a 120/208 V.
La circular aclara que el secundario es de 120/208 Vac y anuncia que el pliego y las especificaciones se corregirán mediante una enmienda posterior; no precisa aquí la solución para los inversores.
Aclara
Evaluación técnicaCertificaciones ISO 9001 e ISO 45001
La consulta plantea si las certificaciones indicadas en el pliego son obligatorias o requisito de evaluación.
La circular establece que no son requisitos de admisión excluyentes, sino criterios puntuables; la documentación que las acredita es subsanable y su ausencia afecta la puntuación.
RelajaQuita un control: Deja de operar como exclusión de admisión la verificación de las certificaciones de gestión de calidad y seguridad y salud; se conserva como control puntuable.
Visita al terrenoFecha adicional de levantamiento
Las visitas previstas en el pliego y el cronograma eran las inicialmente establecidas, sin fechas adicionales contempladas.
Se habilitará una fecha adicional por la necesidad de emitir una enmienda y actualizar el cronograma; la visita continúa siendo obligatoria para quienes no hayan asistido antes.
Relaja
Soporte técnico y operación y mantenimientoAlcance mínimo del soporte durante cuatro años
El pliego exigía soporte técnico sin costo adicional por un mínimo de cuatro años, sin que la consulta identificara un alcance mínimo definido.
Se precisan monitoreo constante con alertas, dos limpiezas anuales, reporte mensual, reapriete mecánico anual y reapriete eléctrico dos veces al año; se indica que estas actividades ya estaban comprendidas en el soporte exigido.
Aclara
Ejecución y permisosAdecuación del terreno y autorizaciones externas
El pliego atribuía a la institución la remoción de árboles o vegetación y las consultas preguntaban quién asumiría otros trabajos y permisos.
La institución asume solo el desbroce básico y su permiso; el adjudicatario asume las adecuaciones adicionales del terreno y los demás permisos, incluidos los ambientales, municipales y de bomberos que resulten aplicables.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Los consultantes señalaron que no se había suministrado un listado de partidas o cantidades ni un formato oficial para dicho detalle.
Cada oferente debe preparar su propio detalle de partidas, unidades, precios unitarios y metrajes; la suma debe corresponder al precio global ofertado.