La Circular núm. 0002, fechada el 8 de julio de 2026, responde una consulta sobre cómo acreditar la experiencia exigida en el proceso CAID-CCC-CP-2026-0005. El CAID indica que deben presentarse certificaciones emitidas por las entidades contratantes, incluso para trabajos realizados para el propio CAID, y que mencionar referencias de procesos anteriores no sustituye esas certificaciones.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
1 no habilitado
| Oferente | Resultado en el acta | Lote o grupo | Monto |
|---|---|---|---|
| Progessoe, SRLLa consulta de la circular se refiere a referencias de procesos anteriores con la misma institución como evidencia de experiencia. En el acta de adjudicación del 26 de agosto de 2026 consta como no habilitado por incumplimientos técnicos considerados no subsanables. | No habilitado | Lote único | RD$7,323,687 |
| Sección | Antes | Después | Efecto |
|---|---|---|---|
| Documentación técnica: experiencia del contratistaAcreditación de experiencia en proyectos similares | El pliego citado exige tres certificaciones de experiencia en proyectos similares ejecutados en los últimos tres años, con los datos mínimos indicados. | La circular aclara que deben presentarse certificaciones emitidas por las entidades contratantes, incluso si los servicios fueron prestados al CAID; mencionar procesos anteriores no sustituye las certificaciones. | Aclara |
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona