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Abriendo la ficha…

Pliego

Pliego Adquisición materiales hidráulicos.pdf

Adquisición de materiales hidráulicos para mantenimiento de sistemas de acueducto · Corporación de Acueducto y Alcantarillado de Santiago

Publicado el 7 jul de 202650 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso CORAASAN-CCC-LPN-2026-0025

Lo que dice

El pliego de CORAASAN-CCC-LPN-2026-0025, fechado en junio de 2026, establece una licitación pública nacional para adquirir materiales hidráulicos por un valor referencial de RD$29,604,417.10, con evaluación y adjudicación por ítem. Fija la recepción de ofertas hasta el 20 de agosto de 2026 y prevé pagos de 20% como avance, 30% contra conocimiento de embarque y el saldo con la entrega total. El documento establece requisitos de participación, evaluación técnica y financiera, debida diligencia y condiciones de ejecución contractual.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (10)

A revisarHallazgo en documentos

Cantidades y descripción de artículos difieren dentro del pliego

Documento del 7 jul 2026 · hace 3 meses

La tabla de entregas asigna cantidades superiores a las de la relación de bienes para varios tubos de PVC (ítems 28 a 31); también describe el ítem 18 como válvula platillada-completa de 12 pulgadas, mientras la tabla de valor referencial lo identifica genéricamente como válvula de compuerta. Las discrepancias pueden cambiar el alcance económico y dificultar la comparación de ofertas por ítem.

“Tubos de 3” PVC SCH-40 und 300 … 28 Tubos de 3” PVC SCH-40 Av. Circunvalación … Nibaje, Stgo. und 320”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 97 · Reglamento 52-26, art. 101 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

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Reglamento 52-26, artículo 101 — Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación

Artículo 101.- Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación. El pliego de condiciones debe asegurar la coherencia entre las especificaciones técnicas o términos de referencia, los requisitos de calificación, los criterios de evaluación y los criterios de adjudicación previstos para el procedimiento de contratación. Párrafo I. Las especificaciones técnicas y los términos de referencia no pueden contener requisitos que no guarden relación directa con el objeto contractual o con su correcta ejecución, ni establecer condiciones que contradigan los criterios de evaluación o adjudicación. Párrafo II. Los criterios de evaluación y adjudicación…

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A revisarHallazgo en documentos

Documentos técnicos esenciales marcados como no subsanables

Documento del 7 jul 2026 · hace 3 meses

El pliego califica como no subsanables, entre otros, la ficha del fabricante y el cronograma de entrega. La Ley permite subsanar documentos de calificación si el requisito se cumplía al presentar la oferta y otros soportes que no modifiquen sus especificaciones; conviene verificar que la aplicación de la regla no impida subsanar documentación acreditativa sin alterar la oferta.

“2. Ficha técnica del fabricante (No … Subsanable. 4. Cronograma de entrega, de acuerdo al acápite Entregables/Cronograma. (No subsanable”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 112 · Reglamento 52-26, art. 106 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 112 — Subsanación y aclaración de las ofertas

Artículo 112.- Subsanación y aclaración de las ofertas. Todo documento relativos a la acreditación de los requisitos de calificación de los oferentes será subsanable, siempre y cuando los oferentes cumpliesen con el requisito al momento de presentación de la oferta. Párrafo I.- También serán subsanables otros documentos de soporte de la oferta, siempre que no conlleven la modificación de las especificaciones que fueron presentadas en esta. Párrafo II.- La institución contratante podrá solicitar en cualquier momento la aclaración de cualquier documento que, a su juicio, contenga información equívoca, confusa o aparentemente contradictoria, de manera que el oferente pueda explicar su sentido…

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Reglamento 52-26, artículo 106 — Subsanación y aclaración de ofertas

Artículo 106.- Subsanación y aclaración de ofertas. Las instituciones contratantes deben garantizar que el procedimiento de evaluación preserve la igualdad de trato, la competencia y la transparencia, permitiendo la subsanación o aclaración de documentos, pero sin admitir modificaciones que alteren el contenido esencial de la oferta, su precio o sus condiciones técnicas. Párrafo I. Toda solicitud de subsanación debe realizarse formalmente, mediante el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas y el correo electrónico institucional, y notificarse por las vías correspondientes. Párrafo II. El requerimiento debe indicar de manera clara y específica los documentos o informaciones que deben…

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Anticipo más pago contra embarque suman 50% antes de la entrega total

Documento del 7 jul 2026 · hace 3 meses

El pliego dispone un avance de 20% y otro pago de 30% al presentar el conocimiento de embarque, dejando el saldo para la entrega total. Así, puede desembolsarse la mitad del valor antes de la recepción total de los bienes; la garantía de buen uso descrita se refiere al avance inicial, por lo que conviene verificar la cobertura aplicable al pago contra embarque.

“1. Un primer pago ascendente por concepto de avance del veinte por ciento (20%) del valor adjudicado. 2. Un segundo pago correspondiente a la suma de correspondiente treinta por ciento (30%), a la notificación y presentación del Bill of Lad”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 162 · Ley 47-25, art. 164 · Reglamento 52-26, art. 210 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 162 — Garantías

Artículo 162.- Garantías. Con la finalidad de asegurar el cumplimiento de las obligaciones generadas por la participación y adjudicación en los procedimientos de contratación, las instituciones contratantes deberán exigir a los oferentes y adjudicatarios, mediante los pliegos de condiciones correspondientes, las garantías en la forma y montos definidos en la presente ley y sus reglamentos de aplicación. Párrafo.- Las garantías deberán estar vinculadas a las etapas del procedimiento de contratación para las cuales son requeridas y no podrán constituirse en recaudos excesivos para la participación.

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Ley 47-25, artículo 164 — Fines de las garantías

Artículo 164.- Fines de las garantías. Los oferentes y los adjudicatarios, según corresponda y aplique, deberán presentar garantías para asegurar lo siguiente: 1) La seriedad de la oferta; 2) El fiel cumplimiento del contrato u orden de compra o de servicio; 3) Que no existan defectos o vicios ocultos en los bienes suministrados, los servicios prestados o las obras entregadas; y 4) Otras coberturas que, según las obligaciones derivadas del contrato y los riesgos asociados a su ejecución, se consideren necesarias.

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Exclusión automática por tener contratos activos con CORAASAN

Documento del 7 jul 2026 · hace 3 meses

El pliego impide ser adjudicatario a cualquier proveedor con contratos activos en CORAASAN, sin distinguir por capacidad disponible, objeto o desempeño. Esta condición agrega una causa de exclusión que no aparece entre las inhabilidades legales y puede reducir la competencia.

“Con el fin de salvaguardar el principio participación establecido en la Ley de Compras y Contrataciones Públicas no podrán ser adjudicatario del presente proceso los proveedores que posean contratos activos (en ejecución) en la CORAASAN.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 38 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 38 — Inhabilidades para contratar

Artículo 38.- Inhabilidades para contratar. Se establece, bajo las condiciones y el alcance previsto en este artículo, un régimen de inhabilidades para contratar, el cual puede ser de dos tipos, por un lado absolutas, cuando el impedimento para contratar se extienda a todos los entes, órganos o instituciones, o por otro lado relativas, cuando se limiten a un determinado ente, órgano o institución; en consecuencia, no podrán ser oferentes ni contratar con los entes, los órganos o instituciones referidos en el artículo 2 de la presente ley, ni las personas físicas o jurídicas, en los términos siguientes: 1) Inhabilidades absolutas: a) El presidente y vicepresidente de la República, los…

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Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

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RPE exige tres códigos de actividad, incluido uno cuya pertinencia no se explica

Documento del 7 jul 2026 · hace 3 meses

El pliego exige que el RPE incluya los códigos 31180000, 40140000 y 31230000, aunque la descripción del objeto identifica los dos primeros rubros y no explica la relación del tercero —materia prima en placas o barras labradas— con los bienes listados. Revisar si exigir simultáneamente los tres códigos es proporcional al objeto y restringe oferentes aptos.

“Registro de Proveedores del Estado (RPE), emitido por la Dirección General de Contrataciones Públicas, debe tener inscrita, conforme a la codificación UNSPSC la actividad comercial - Empaques, glándulas, fundas y cubiertas, - Distribución d”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar

Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…

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Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

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Restricción por compartir accionistas entre empresas oferentes

Documento del 7 jul 2026 · hace 3 meses

El pliego prohíbe que concurran simultáneamente empresas que compartan algún socio o accionista, sin limitar la prohibición a una misma persona que presente más de una oferta ni exigir que se acredite una práctica prohibida. Conviene revisar el efecto de esta regla sobre la participación de entidades jurídicamente distintas.

“De igual manera, no podrán participar simultáneamente empresas que: 1) posean la misma identidad de socios o accionistas, o 2) coincidan en alguno de los socios. En ese sentido, deberán participar por una sola de las empresas.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 36 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 36 — Prohibición de multiplicidad de participación

Artículo 36.- Prohibición de multiplicidad de participación. Se prohíbe la multiplicidad de participación de una misma persona, ya sea física o jurídica, en un mismo procedimiento de contratación. Párrafo.- Las personas físicas o jurídicas que formasen parte de un consorcio no podrán presentar otras ofertas en forma individual o como integrante de otro consorcio, siempre que se tratare del mismo procedimiento de contratación.

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Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

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El pliego prevé excluir precios tanto bajos como altos por una banda de 20%

Documento del 7 jul 2026 · hace 3 meses

El criterio permite descalificar por precios anormalmente bajos o altos cuando excedan los límites del 20% por ítem respecto del presupuesto. El Reglamento describe el análisis de ofertas temerarias por precios anormalmente bajos y exige requerir explicación y evaluar su sustentabilidad; la regla del pliego también incorpora un límite superior de exclusión por precio alto.

“La institución podrá evaluar la sustentabilidad económica de una propuesta y descalificar por considerar el precio no sustentable o temerario, por ser anormalmente bajo o alto. Una propuesta económica podrá descalificarse bajo la condición ”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 123 · Reglamento 52-26, art. 123 · Reglamento 52-26, art. 124 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 123 — Exclusiones de ofertas temerarias

Artículo 123.- Exclusiones de ofertas temerarias. La institución contratante podrá excluir una oferta si determina que el precio o el costo indicado en ella resultan temerarios en relación con el objeto de la contratación y suscita dudas acerca de la aptitud del oferente para eventualmente cumplir el contrato; en estos casos, la institución contratante deberá agotar previamente las actuaciones siguientes: 1) Solicitar por escrito al oferente correspondiente que describa con mayor detalle todo elemento económico de su oferta que suscite dudas acerca de su aptitud para cumplir el contrato; y 2) Estudiar toda información adicional facilitada por el oferente conjuntamente con la que ya consta…

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Reglamento 52-26, artículo 123 — Exclusiones por ofertas temerarias

Artículo 123.- Exclusiones por ofertas temerarias. Para considerar la posibilidad de una oferta temeraria o económicamente no sustentable, por presentar un precio o costo anormalmente bajo frente al objeto de la contratación, esta debe superar la diferencia porcentual a la baja prevista en el pliego de condiciones con relación al presupuesto base del procedimiento de contratación. Párrafo. La Dirección General de Contrataciones Públicas debe emitir manuales, instructivos y guías para identificar ofertas temerarias o económicamente no sustentables por presentar precios anormalmente bajos.

A revisarHallazgo en documentos

Factura de agua requerida solo a empresas domiciliadas en [domicilio omitido]

Documento del 7 jul 2026 · hace 3 meses

Se exige a las empresas ubicadas en la provincia de Santiago una factura de agua que demuestre estar al día, sin que el pliego explique cómo ese pago acredita capacidad o idoneidad para suministrar los bienes. La condición particular por ubicación puede operar como requisito adicional de participación; conviene revisar su relación con el objeto.

“Última factura del servicio de agua en la cual demuestre estar al día en pago (aplica para empresas ubicadas en la provincia de Santiago).”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 4 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 4 — Principios

Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…

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Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

A revisarHallazgo en documentos

Plazo de pago expresado en días hábiles, superior al máximo de 30 días

Documento del 7 jul 2026 · hace 3 meses

El pliego fija hasta 30 días hábiles para pagar desde la presentación de la factura conforme, mientras la Ley establece un plazo máximo de 30 días sin calificarlos como hábiles. La diferencia puede extender el plazo efectivo de pago respecto del límite legal.

“Estos pagos se harán en un período no mayor de treinta (30) días hábiles contados a partir de que el proveedor remita la factura conforme a los bienes adjudicados.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 148 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 148 — Pago del precio

Artículo 148.- Pago del precio. El proveedor tendrá derecho al pago del precio convenido por la prestación realizada en los términos previstos por la presente ley, sus reglamentos de aplicación, los pliegos de condiciones y el contrato. Párrafo I.- El pago del precio podrá hacerse de manera total o parcial, con abonos a cuenta, o mediante el pago en cada uno de los vencimientos estipulados cuando se trate de contratos de tracto sucesivo. Párrafo II.- Cuando se haya establecido un anticipo de pago como condición para el inicio de la ejecución del contrato, el proveedor tendrá derecho a no iniciar dicha ejecución hasta que dicho pago sea satisfecho, en todo caso, si no se produce el pago del…

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ContextoHallazgo en documentosRD$60

Valor referencial del pliego difiere del monto estimado del portal

Documento del 7 jul 2026 · hace 3 meses

El pliego declara RD$29,604,417.10, mientras el monto estimado consignado en el portal es RD$29,604,477.10: una diferencia de RD$60. No parece explicarse por redondeo; conviene confirmar cuál cifra corresponde al presupuesto base utilizado en la evaluación y adjudicación.

“Total: 29,604,417.10”
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Oferentes que registra (13)

13 mencionado

OferenteResultado en el actaLote o grupoMonto
Dt2 Comercial, SRLOferta cargada / pendiente según el portal; el documento no consigna evaluación ni adjudicación.Mencionado—RD$4,307,089
Hidrotec, SRLOferta cargada / pendiente según el portal; el documento no consigna evaluación ni adjudicación.Mencionado—RD$6,120,176
Celna Enterprises, SRLOferta cargada / pendiente según el portal; el documento no consigna evaluación ni adjudicación.Mencionado—RD$7,652,501
Comercial Viba, EIRLOferta cargada / pendiente según el portal; el documento no consigna evaluación ni adjudicación.Mencionado—RD$11,389,546
Punto Market, SRLOferta cargada / pendiente según el portal; el documento no consigna evaluación ni adjudicación.Mencionado—RD$11,927,794
Ferreteria Popular, SRLOferta cargada / pendiente según el portal; el documento no consigna evaluación ni adjudicación.Mencionado—RD$13,841,198
Mercantil del Caribe, SASOferta cargada / pendiente según el portal; el documento no consigna evaluación ni adjudicación.Mencionado—RD$16,693,224
CORAMCA, SRLOferta cargada / pendiente según el portal; el documento no consigna evaluación ni adjudicación.Mencionado—RD$18,227,174
AAP Importaciones, SRLOferta cargada / pendiente según el portal; el documento no consigna evaluación ni adjudicación.Mencionado—RD$21,271,896
JG Acueductos Y Partes, SRL

Otros documentos del proceso (15)

  • 1. Acta de Aprobación de Perito.pdfInforme pericial · 6 jul de 2026 · 1 señal
  • 2. Acta de Aprobación del Pliego.pdfPliego · 6 jul de 2026 · 1 señal
  • Convocatoria.pdfDocumento · 6 jul de 2026
  • Publicidad en periódicos 6-7-26.pdfDocumento · 7 jul de 2026
  • Publicidad en periodicos 7-7-26.pdfDocumento · 7 jul de 2026
  • 1. Código de Ética de la CORAASAN.pdfDocumento · 7 jul de 2026
  • 2. D-COR-13 Compromiso con el Código de Ética de la CORAASAN.docxDocumento · 7 jul de 2026
  • 3. Formulario de compromiso ético DGCP.docxDocumento · 7 jul de 2026
  • 4. SNCC_C023 Contrato Para Bienes. Rev PNP 19.3.2024.docxContrato · 7 jul de 2026
  • 8. SNCC_F033 Formulario De Oferta Económica.docxDocumento · 7 jul de 2026
  • 9. SNCC_F034 Formulario Presentación de Oferta.docxDocumento · 7 jul de 2026

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  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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Reglamento 52-26, artículo 210 — Monto de la garantía de buen uso de anticipo

Artículo 210.- Monto de la garantía de buen uso de anticipo. El monto de la garantía del buen uso de anticipo debe ser por el total que se haya de recibir como adelanto en base a dicho concepto.

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Reglamento 52-26, artículo 124 — Procedimiento para la exclusión de ofertas temerarias

Artículo 124.- Procedimiento para la exclusión de ofertas temerarias. En caso de que se haya identificado la posibilidad de una oferta temeraria o económicamente no sustentable, el responsable de la organización, gestión y ejecución del procedimiento de contratación, es decir, el Comité de Contrataciones Públicas o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda, previo a proceder a la exclusión de la oferta por considerarse presuntamente anormalmente baja, debe agotar las siguientes actuaciones: 1. Solicitar por escrito al oferente que describa con mayor detalle todo elemento económico de su oferta que suscite dudas acerca de su aptitud para cumplir el contrato. 2. Los peritos…

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Oferta cargada / pendiente según el portal; el documento no consigna evaluación ni adjudicación.
Mencionado
—
RD$23,685,373
Forest Lakes, SRLOferta cargada / pendiente según el portal; el documento no consigna evaluación ni adjudicación.Mencionado—RD$25,163,807
Maet Innovation Team, SRLOferta cargada / pendiente según el portal; el documento no consigna evaluación ni adjudicación.Mencionado—RD$34,734,622
Importadora Perdomo & Asociados, SRLOferta cargada / pendiente según el portal; el documento no consigna evaluación ni adjudicación.Mencionado—RD$121,270,960
12. SNCC_F042 Informacion Del Oferente.docxDocumento · 7 jul de 2026
  • Declaración Jurada De Oferta Libre De Colusión.docxDocumento · 7 jul de 2026
  • Solicitud de compras.pdfSolicitud de compra · 7 jul de 2026 · 1 señal
  • FICHAS TECNICAS.zipDocumento · 8 jul de 2026