El Acta núm. 239, de fecha 2026-07-06, adjudica a SSP Servisalud Premium, SRL la contratación simplificada HOSGEDOPOL-CCC-CP-2026-0021 por RD$5,702,325.07 con ITBIS, para bandejas quirúrgicas e instrumental médico. La resolución identifica partidas del 1 al 11 y la 13, y cita un informe pericial que el propio texto atribuye a otro proceso de adquisición de insumos médicos.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (14 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La tabla pasa del ítem 11 al 13. La suma de los importes visibles es RD$5,647,610.82, RD$54,714.25 menos que el total adjudicado; esa diferencia parece corresponder a una partida omitida, pero el acta no permite identificar la adjudicación del ítem 12. El portal registra 13 ítems y un contrato total de RD$5,702,325, por lo que conviene verificar la trazabilidad de esa partida y su importe.
“11 SEPARADOR SULLIVAN O CONNOR, marca sabri 5 UD 24,987.20 4,497.70 29,484.90 147,424.48 P á g i n a 13 | 13 13 SEPARADOR RICHARDSON, marca sabri” (págs. 12-13)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 126 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 126 — Notificación de la adjudicación
Artículo 126.- Notificación de la adjudicación. El acto de adjudicación deberá notificarse a todos los oferentes dentro de un plazo de cinco (5) días hábiles a partir de su dictado y deberá contener los resultados de la evaluación técnica y económica, incluyendo el informe técnico que justifique la decisión, conforme a lo establecido en los pliegos de condiciones, así como las razones de selección del oferente adjudicado y la información relativa a las evaluaciones de los demás oferentes. Párrafo.- La publicación del acto de adjudicación podrá sustituir la notificación cuando previamente se haya identificado la fecha y el medio a través del cual esta se producirá.
El acta adjudica el proceso 0021, pero identifica el informe económico y la recomendación como correspondientes al proceso 0016 y a una compra de insumos médicos dirigida a MIPYMES mujer. Puede tratarse de un arrastre documental, pero debe verificarse que la evaluación que sustentó esta adjudicación corresponde realmente al proceso adjudicado.
“Que en fecha seis (06) del mes de julio del año 2026, fue emitido por los Peritos Técnicos designados al efecto, el Informe de Evaluación de Ofertas Económicas y Recomendación de Adjudicación del proceso de referencia…” (pág. 2)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 124 · Ley 47-25, art. 125 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 124 — Informes de los peritos evaluadores
Artículo 124.- Informes de los peritos evaluadores. Los peritos responsables del análisis y evaluación de las ofertas presentadas, tanto en la primera como en la segunda etapa de evaluación, deberán presentar informes motivados en donde se justifiquen los resultados a los que arriben. Párrafo I.- Los informes de los peritos evaluadores deberán contar con una evaluación de los aspectos legales, técnicos y económicos de las propuestas y, en adición, deberán presentarse las recomendaciones para que la autoridad competente, según lo establecido en el artículo 68 de la presente ley, tome una decisión sobre la habilitación, adjudicación, declaratoria de desierto o cancelación del procedimiento de…
Ley 47-25, artículo 125 — Adjudicación del contrato
Artículo 125.- Adjudicación del contrato. La adjudicación deberá hacerse en favor del oferente calificado cuya propuesta cumpla con los requisitos establecidos en el pliego de condiciones y sea considerada como la más conveniente, de conformidad con los criterios de adjudicación aplicados.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona