El estudio previo, fechado el 25 de junio de 2026, sustenta la construcción del comedor del edificio principal de ETED y estima su costo en RD$14,364,916.07, impuestos incluidos. Propone una contratación menor de obras, con ejecución prevista en cuatro meses y contrato con vigencia de seis meses; el proceso fue convocado el 6 de julio de 2026. El documento identifica a tres peritos, todos consignados como técnicos.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El estudio identifica a sus tres peritos firmantes como técnicos, sin identificar entre ellos a responsables financieros y jurídicos. El Reglamento exige que los estudios previos se elaboren por escrito y con firma de responsables técnicos, financieros y jurídicos; conviene comprobar en el expediente si constan las firmas de estos últimos.
“Firmado por los Peritos Designados: [firma] Gisselle Gautier Coordinadora de Servicios Generales / Perito Técnico [firma] Jeyfry Manuel Feliz Asistente Administrativo / Perito Técnico [firma] Pablo Ventura Coordinadora Adm. SG / Perito Técn”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 85 · Ley 47-25, art. 87 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 85 — Estudios previos
Artículo 85.- Estudios previos. Los estudios previos que sean desarrollados como parte de la planificación contractual de cada institución deben elaborarse por escrito, con la firma de los responsables técnicos, financieros y jurídicos de la institución, y deben formar parte integral del expediente administrativo del procedimiento de contratación. Deben contener, como mínimo, los aspectos establecidos en el artículo 87 de la Ley núm. 47-25. Párrafo. Cuando se produzcan variaciones sustanciales en las condiciones del mercado, del presupuesto o del objeto contractual, los estudios previos deben ser actualizados antes de la publicación del procedimiento.
Artículo 87.- Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con lo dispuesto por los reglamentos de aplicación de la presente ley y con las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual, los que deben determinar, como mínimo, lo siguiente: 1) La necesidad que atender; 2) El costo estimado del bien, obra o servicio a contratar, de tal forma que se establezca el presupuesto estimado de la contratación y se identifique la partida presupuestaria a afectar; 3) La determinación del tipo de contrato a celebrar, describiendo su objeto y las prestaciones que se espera recibir del proveedor; 4) La estimación, tipificación y…
Según el portal, Constructora Antigua Rosario registró RD$1 y Gestión Energética e Industrial Suaport GEISA RD$13, mientras el presupuesto del estudio es RD$14,364,916.07; ambas ofertas aparecen Cargadas/Pendientes. La diferencia amerita verificar si son importes efectivamente ofertados, errores de carga o propuestas económicamente no sustentables; el estudio no consigna una evaluación ni una adjudicación.
“El costo estimado determinado para esta contratación en el presupuesto del año 2026 asciende a un total de Catorce millones trescientos sesenta y cuatro mil novecientos dieciséis pesos dominicanos con 07/100 (RD$ 14,364,916.07), con impuest”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 123 · Reglamento 52-26, art. 124 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 123 — Exclusiones de ofertas temerarias
Artículo 123.- Exclusiones de ofertas temerarias. La institución contratante podrá excluir una oferta si determina que el precio o el costo indicado en ella resultan temerarios en relación con el objeto de la contratación y suscita dudas acerca de la aptitud del oferente para eventualmente cumplir el contrato; en estos casos, la institución contratante deberá agotar previamente las actuaciones siguientes: 1) Solicitar por escrito al oferente correspondiente que describa con mayor detalle todo elemento económico de su oferta que suscite dudas acerca de su aptitud para cumplir el contrato; y 2) Estudiar toda información adicional facilitada por el oferente conjuntamente con la que ya consta…
Reglamento 52-26, artículo 124 — Procedimiento para la exclusión de ofertas temerarias
Artículo 124.- Procedimiento para la exclusión de ofertas temerarias. En caso de que se haya identificado la posibilidad de una oferta temeraria o económicamente no sustentable, el responsable de la organización, gestión y ejecución del procedimiento de contratación, es decir, el Comité de Contrataciones Públicas o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda, previo a proceder a la exclusión de la oferta por considerarse presuntamente anormalmente baja, debe agotar las siguientes actuaciones: 1. Solicitar por escrito al oferente que describa con mayor detalle todo elemento económico de su oferta que suscite dudas acerca de su aptitud para cumplir el contrato. 2. Los peritos…
Oferentes que registra (13)
13 mencionado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Constructora Antigua Rosario, SRLOferta registrada en el portal como Cargada/Pendiente; este estudio previo no determina habilitación ni adjudicación.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Oferta registrada en el portal como Cargada/Pendiente; este estudio previo no determina habilitación ni adjudicación.
Mencionado
1 (lote único)
RD$13,593,979
Cuevas Nin Constructora, SRLOferta registrada en el portal como Cargada/Pendiente; este estudio previo no determina habilitación ni adjudicación.
Mencionado
1 (lote único)
RD$13,627,526
Solucid Diseño y Construcciones, SRLOferta registrada en el portal como Cargada/Pendiente; este estudio previo no determina habilitación ni adjudicación.
Mencionado
1 (lote único)
RD$13,643,525
Constructora Viasan & Asociados, SRLOferta registrada en el portal como Cargada/Pendiente; este estudio previo no determina habilitación ni adjudicación.