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Pliego

PLIEGO DE CONDICIONES .pdf

ADQUISICION DE COMBUSTIBLE PARA USO DE LA INSTITUCION, PROVINCIA PUERTO PLATA · Corporación de Acueducto y Alcantarillado Puerto Plata

Publicado el 6 jul de 202665 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso CORAAPLATA-CCC-CP-2026-0004

Lo que dice

El pliego establece las condiciones para adquirir combustible mediante tiques físicos, bajo contrato según demanda, por un presupuesto referencial de RD$6,203,935.80 y con una red de estaciones en Puerto Plata y otras regiones. Fija requisitos financieros y de experiencia, un criterio de adjudicación por menor precio y un cronograma para el proceso convocado el 6 de julio de 2026.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (7)

A revisarHallazgo en documentosRD$6.2 millones

Requisitos de experiencia y solvencia que ameritan revisar su proporcionalidad

Documento del 6 jul 2026 · hace 3 meses

Para una contratación estimada en RD$6,203,935.80, el pliego exige cinco años de experiencia en suministros similares, tres certificaciones de contratos ejecutados y estados financieros con índices mínimos o máximos definidos, incluido endeudamiento menor a 1.50. El conjunto puede limitar la participación; conviene verificar su relación con la cuantía y la naturaleza del suministro.

“experiencia mínima acumulada de CINCO (5) años en el suministro de bienes de similar naturaleza … Presentación de un mínimo de tres (3) certificaciones de contratos ejecutados satisfactoriamente con instituciones del sector público o”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar

Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

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Criterio de descuento admite métodos distintos para ordenar las ofertas

Documento del 6 jul 2026 · hace 3 meses

El pliego presenta como alternativas el mayor porcentaje de descuento y el mayor descuento por galón, sin especificar una fórmula de comparación ponderada para las cuatro clases de combustible y sus cantidades diferentes. Si los descuentos varían por producto, ambas reglas podrían producir una clasificación distinta; definir el método de forma inequívoca permitiría verificar la adjudicación por menor precio total.

“Dado que el precio oficial de los combustibles está regulado y fijado semanalmente por el Ministerio de Industria, Comercio y … MiPymes (MICM), el menor precio se determinará de manera matemática en función del mayor porcentaje de”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 118 · Ley 47-25, art. 121 · Reglamento 52-26, art. 116 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 118 — Criterios de evaluación

Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.

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Ley 47-25, artículo 121 — Menor precio

Artículo 121.- Menor precio. Cuando la propuesta más conveniente deba determinarse a partir del menor precio, la institución contratante deberá evaluar en primer lugar la oferta técnica “Sobre A” bajo el criterio cumple o no cumple, y solo aquellas propuestas que cumplan con todos los criterios establecidos, serán habilitados para la apertura y evaluación de sus ofertas económicas. Párrafo I.- La oferta más conveniente será aquella que luego de haber cumplido todo lo técnico, presente el menor precio. Párrafo II.- Para el procedimiento de contratación mediante subasta inversa, siempre será considerada como propuesta más conveniente la de menor precio ofertado.

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Cobertura obligatoria extensa para un suministro de combustible institucional

Documento del 6 jul 2026 · hace 3 meses

La red habilitante debe incluir estaciones en Puerto Plata y otros puntos, como Santiago, Santo Domingo y una provincia de la Región Este. El alcance geográfico excede la provincia indicada en el objeto y puede restringir la participación; el expediente debería permitir verificar la necesidad operativa de exigir toda esa cobertura para este suministro.

“Eje de Conectividad Nacional (Santiago y Santo Domingo): Al menos una (1) estación de servicio activa en la Provincia de Santiago y al menos una (1) estación en el Gran Santo Domingo o el Distrito Nacional. 5. Región Este del País: Al”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar

Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…

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Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

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El cronograma programa aperturas y evaluaciones antes del cierre de ofertas

Documento del 6 jul 2026 · hace 3 meses

El pliego fija la presentación de ofertas para las 14:20, pero programa la apertura a las 14:02 y la evaluación técnica a las 14:10 del mismo día. También sitúa el informe preliminar antes del cierre; esta secuencia compromete la certeza sobre la recepción y apertura de las propuestas.

“Presentación de Credenciales/Ofertas técnicas y Ofertas Económicas | 14/7/2026 14:20 Apertura de Credenciales/Ofertas técnicas | 14/7/2026 14:02 Verificación, Validación y Evaluación de Credenciales/Ofertas técnicas | 14/7/2026 14:10”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 105 · Ley 47-25, art. 113 · Reglamento 52-26, art. 107 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 105 — Presentación de propuestas

Artículo 105.- Presentación de propuestas. Los oferentes deberán presentar sus propuestas por vía electrónica, a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas, o en soporte físico. Párrafo I.- Deberá garantizarse la confidencialidad de las propuestas hasta el momento de su apertura, en la fecha y hora fijado por el pliego de condiciones. Párrafo II.- Las propuestas presentadas fuera del plazo fijado para su recepción se considerarán irrecibibles. Párrafo III.- Al momento de preparar los documentos que conforman sus propuestas técnicas y económicas, los oferentes deberán hacer constar en sus propuestas cuáles informaciones deben ser consideradas como confidenciales, con la…

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Ley 47-25, artículo 113 — Apertura de ofertas

Artículo 113.- Apertura de ofertas. Las ofertas deberán abrirse en la fecha y hora indicadas en el pliego de condiciones o en sus alcances sobre prórrogas, en el lugar y con las formalidades que se hayan indicado; debiendo ser agotado el procedimiento siguiente: 1) Una vez agotado el horario de recepción de las ofertas, deberán abrirse las ofertas técnicas o “Sobres A” en la fecha y hora indicadas en el pliego de condiciones; 2) El acto de apertura se llevará a cabo por el Comité de Contrataciones Públicas debidamente conformado o por el responsable del procedimiento, según corresponda, y en presencia de notario público, quien se limitará a certificarlo. El acto será público para todo aquel…

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Pago previsto hasta 60 días hábiles, frente al máximo legal de 30 días

Documento del 6 jul 2026 · hace 3 meses

La cláusula establece que el pago total puede tardar hasta 60 días hábiles desde la recepción del bien. La ley establece un plazo máximo de 30 días desde que se genera la condición de pago y se presenta el requerimiento, por lo que la condición del pliego puede afectar el flujo de caja de los proveedores.

“La institución contratante procederá a realizar el pago total contra entrega de la factura en un tiempo no mayor de 60 días hábiles, a partir de la recepción del bien contratado.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 148 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 148 — Pago del precio

Artículo 148.- Pago del precio. El proveedor tendrá derecho al pago del precio convenido por la prestación realizada en los términos previstos por la presente ley, sus reglamentos de aplicación, los pliegos de condiciones y el contrato. Párrafo I.- El pago del precio podrá hacerse de manera total o parcial, con abonos a cuenta, o mediante el pago en cada uno de los vencimientos estipulados cuando se trate de contratos de tracto sucesivo. Párrafo II.- Cuando se haya establecido un anticipo de pago como condición para el inicio de la ejecución del contrato, el proveedor tendrá derecho a no iniciar dicha ejecución hasta que dicho pago sea satisfecho, en todo caso, si no se produce el pago del…

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Redacción amplia sobre la pérdida del derecho a recurrir

Documento del 6 jul 2026 · hace 3 meses

El pliego señala que presentar una oferta implica aquiescencia y que cualquier recurso posterior sería inadmisible por falta de interés. La ley prevé esa posible inadmisibilidad específicamente para impugnar el pliego después de presentar oferta, pero también reconoce recursos contra otros actos recurribles; conviene precisar que la renuncia no se extiende a esos actos.

“De acuerdo con el Artículo 202, Párrafo único de la Ley Núm. 47-25, la presentación de propuestas ante la institución contratante implicará que el oferente ha dado aquiescencia tácita, plena e incondicional al contenido de los pliegos de co”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 200 · Ley 47-25, art. 202 · Reglamento 52-26, art. 236 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 200 — Actos recurribles

Artículo 200.- Actos recurribles. Los actos dictados al amparo de la presente ley podrán ser objeto de recurso administrativo cuando se refieran a las actuaciones siguientes: 1) La aprobación del procedimiento ordinario de selección o de alguna de las excepciones previstas en la presente ley; 2) La designación de los peritos; 3) La aprobación del pliego de condiciones y de sus adendas y enmiendas, así como de cualquier documento que rija el procedimiento de contratación; 4) Los actos preparatorios o de trámite cualificados, entendidos como aquellos que deciden directa o indirectamente sobre la adjudicación, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento o produzcan indefensión o…

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Ley 47-25, artículo 202 — Legitimación

Artículo 202.- Legitimación. Podrán interponer recurso administrativo exclusivamente quienes acrediten su legitimación activa, es decir: 1) El interesado u oferente potencial afectado en sus derechos o intereses legítimos, con relación a la aprobación del procedimiento ordinario de selección o de alguna de las excepciones, de la designación de los peritos y de la aprobación de los pliegos de condiciones y de sus adendas y enmiendas, así como de cualquier documento que rija el procedimiento de contratación; 2) El oferente afectado en el procedimiento de selección por algunos de los actos preparatorios o de trámite cualificados que puedan ser objeto de recurso; 3) El oferente afectado por el…

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La vigencia de las ofertas termina antes de la firma programada

Documento del 6 jul 2026 · hace 3 meses

El pliego fija la vigencia de las ofertas hasta el 31 de julio de 2026, mientras su cronograma prevé la firma del contrato el 7 de agosto. La ley permite solicitar una prórroga antes del vencimiento, pero esta diferencia requiere gestionar y documentar la extensión para mantener las ofertas vigentes al momento de la firma.

“Las ofertas presentadas por los(as) oferentes deberán mantenerse vigentes y ser firmes e irrevocables hasta el viernes treinta y uno (31) de julio del año dos mil veintiséis (2026), fecha prevista para la suscripción del contrato conforme”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 110 · Reglamento 52-26, art. 87 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 110 — Prórroga a la validez de las propuestas

Artículo 110.- Prórroga a la validez de las propuestas. Sin perjuicio de lo previsto en el artículo 105 de la presente ley, antes de que venza el plazo de validez de la propuesta, la institución podrá solicitar una prórroga de duración determinada. Párrafo I.- El oferente podrá negarse a la solicitud sin perder por ello la garantía de mantenimiento de oferta y su validez cesará al expirar el plazo de vigencia original, en cuyo caso ya no será considerado en el procedimiento. Párrafo II.- Para que la oferta se estime prorrogada se requerirá que el oferente presente el documento de renovación de la garantía, cuando este aplique al procedimiento, determinándose que quien no entregue la…

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Reglamento 52-26, artículo 87 — Cronograma de actividades y plazos

Artículo 87.- Cronograma de actividades y plazos. El pliego de condiciones aprobado para un procedimiento de selección de proveedores debe incluir un cronograma de actividades con los plazos y fechas límites para las distintas actuaciones, tomando en cuenta las condiciones temporales previstas por la Ley núm. 47-25 para la presentación de propuestas, aclaraciones, adendas o enmiendas, subsanación y aclaración de ofertas, entre otros aspectos.

Otros documentos del proceso (15)

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  • CERTIFICACION EXISTENCIA DE FONDOS.pdfCertificación de fondos · 6 jul de 2026 · 3 señales
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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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Reglamento 52-26, artículo 116 — Reglas de valoración o ponderación

Artículo 116.- Reglas de valoración o ponderación. Las instituciones contratantes deben cumplir con las siguientes reglas de valoración o ponderación: 1. El pliego de condiciones debe establecer claramente los aspectos de la propuesta que son valorables bajo el sistema cumple/no cumple. 2. Con relación a los aspectos de la propuesta cuya valoración deba hacerse por puntaje, el pliego de condiciones debe establecer la ponderación porcentual asignada a cada criterio, así como las reglas de valoración o fórmulas matemáticas que deban aplicarse. 3. Ningún criterio puede ser incorporado o modificado durante el proceso de evaluación. 4. Cuando existan criterios de naturaleza con cierto grado de…

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Reglamento 52-26, artículo 107 — Convocatoria y lugar de apertura de ofertas

Artículo 107.- Convocatoria y lugar de apertura de ofertas. El acto de apertura de ofertas, sea del sobre A o del sobre B, debe celebrarse en la fecha, hora y lugar establecidos en el pliego de condiciones o en sus alcances sobre prórrogas, siguiendo el procedimiento previsto en el artículo 113 de la Ley núm. 47-25 y las reglas complementarias previstas en los siguientes artículos.

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Reglamento 52-26, artículo 236 — Legitimación

Artículo 236.- Legitimación. Las reglas de legitimación activa o calidad previstas en la Ley núm. 47-25 para la interposición de recursos administrativos deben tomar en cuenta los siguientes criterios: 1. Las actuaciones administrativas impugnables por interesados u oferentes potenciales pueden ser todas aquellas emitidas de manera previa a la presentación de ofertas. 2. Las actuaciones administrativas producidas luego de la presentación de ofertas solo pueden ser impugnadas por el oferente afectado por el acto preparatorio o de trámite cualificado, entendiendo por tal aquel acto que, sin poner fin al procedimiento de selección, imposibilite la continuación del oferente, le produzca…

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MODELO SNCC_F047_Autorizacion_Fabricante.docx
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