La certificación de CORAAPLATA, fechada el 2 de julio de 2026, reserva fondos para adquirir combustible institucional por RD$6,203,935.80, con cargo al período julio-septiembre. Aunque registra ese monto y las cantidades de cuatro productos, identifica como procedimiento «Compra Directa», mientras que el portal clasifica el proceso como Comparación de Precios.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La certificación respalda RD$6,203,935.80 y el portal registra otra convocatoria de combustible de la institución el 27/07/2026 por RD$6,088,675.80; ambas dentro de la ventana de tres meses del art. 81 de la Ley 47-25 y cada una por debajo del umbral de licitación pública indicado. El PAC 2026 planifica, sin embargo, dos períodos semestrales de compra con las mismas cantidades (inicios previstos 06/04 y 10/08), el primer proceso fue declarado desierto sin que se contratara, y el art. 82 permite la adjudicación por etapas y la contratación de bienes declarados desiertos mediante autorización motivada. Corresponde verificar esa autorización y la real separación de las necesidades de compra.
“ADQUISICION DE COMBUSTIBLE PARA USO DE LA INSTITUCION, PROVINCIA PUERTO PLATA”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 81 · Ley 47-25, art. 82 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 81 — Prohibición de fraccionamiento
Artículo 81.- Prohibición de fraccionamiento. Se prohibirá el fraccionamiento de contrataciones de bienes, servicios u obras cuando este tenga por objeto eludir los procedimientos de contratación aplicables para en cambio optar por otros de menor cuantía. Párrafo I.- Se considerará fraccionamiento la división de contrataciones para la adquisición de bienes, servicios u obras de un mismo rubro, de conformidad con la clasificación adoptada por la Dirección General de Contrataciones Públicas, dentro de un lapso menor a tres (3) meses, contados a partir del primer día de la convocatoria. Párrafo II.- La autoridad administrativa responsable no deberá permitir el fraccionamiento cuando habiendo…
Artículo 82.- Fraccionamiento permitido. Podrá permitirse el fraccionamiento cuando: 1) Se realice la adjudicación de las contrataciones por etapas, tramos o lotes posibles, o se regionalicen procedimientos de contratación en función a la naturaleza del objeto de la contratación o para propiciar la participación de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), emprendimientos innovadores y de base tecnológica, de pequeños productores agrofamiliares y la participación local; 2) Estando planificada la contratación se evidencia que no se contaba con los recursos disponibles suficientes para realizar la contratación completa; 3) Se trate de procedimientos de excepción previstos en la…
La certificación propone «Compra Directa» para RD$6,203,935.80; el portal registra Comparación de Precios. Para bienes convocados en 2026, la contratación directa sujeta al umbral llega hasta RD$268,111.37 y la contratación simplificada hasta RD$6,436,757.50. La modalidad efectivamente registrada podría explicar la diferencia, pero conviene verificar qué procedimiento aprobó el acto administrativo.
“En ese sentido y en base al presupuesto aprobado el Procedimiento de Selección a utilizar para esta compra o contratación es Compra Directa.”
Posible explicación normal: el documento no muestra efecto en quién gana ni en cuánto se paga.
Artículo 57.- Selección por cuantía. La selección por cuantía aplicará en: 1) La licitación pública cuando el valor estimado sea igual o superior al umbral mínimo determinado en aplicación del tratado internacional de libre comercio vigente, el cual deberá ser fijado por la presente ley y calculado por la Dirección General de Contrataciones Públicas; 2) La contratación simplificada cuando el valor estimado sea inferior al umbral fijado por la presente ley y calculado por la Dirección General de Contrataciones Públicas; 3) La contratación menor cuando el valor estimado sea inferior al umbral de contratación simplificada fijado por la presente ley y calculado por la Dirección General de…
Artículo 59.- Umbrales de contratación. Los umbrales topes para la modalidad de selección a aplicar en un proceso de contratación serán calculados por la Dirección General de Contrataciones Públicas anualmente, multiplicando el Presupuesto de Ingresos Corrientes del Gobierno Central, aprobado por el Congreso Nacional, por los factores siguientes, según corresponda a obras, bienes o servicios: 1) Licitación pública: a) Obras: 0.00060; b) Bienes: 0.000020; c) Servicios: 0.000020. 2) Licitación pública abreviada: a) Obras: 0.00060; b) Bienes: 0.000020; c) Servicios: 0.000020. 3) Sortero de obras: a) Obras: 0.00015. 4) Contratación simplificada: a) Obras: 0.00004; b) Bienes: 0.0000015; c)…
La certificación estima el galón de gasoil óptimo en RD$293.10, frente a una mediana de RD$166.6 en ítems de otros procesos (rango central RD$147.6–RD$182.5), unos 76% por encima. Son estimados de procesos y fechas distintas y el pliego invoca los precios oficiales semanales del MICM, por lo que la diferencia amerita contrastar las referencias de mercado usadas para presupuestar.
Artículo 87.- Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con lo dispuesto por los reglamentos de aplicación de la presente ley y con las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual, los que deben determinar, como mínimo, lo siguiente: 1) La necesidad que atender; 2) El costo estimado del bien, obra o servicio a contratar, de tal forma que se establezca el presupuesto estimado de la contratación y se identifique la partida presupuestaria a afectar; 3) La determinación del tipo de contrato a celebrar, describiendo su objeto y las prestaciones que se espera recibir del proveedor; 4) La estimación, tipificación y…
Ley 47-25, artículo 88 — Actuaciones incluidas en los estudios previos
Artículo 88.- Actuaciones incluidas en los estudios previos. Las instituciones contratantes deberán agotar para la realización de los estudios previos, una vez definida la necesidad y objeto de la contratación, de manera enunciativa y no limitativa, una o varias de las actuaciones siguientes: 1) Estudios de mercado; 2) Consultar los catálogos de bienes y servicios y sistemas de información de precios administrados por la Dirección General de Contrataciones Públicas; 3) Consultar personas con conocimiento especializado sobre el objeto del potencial contrato; 4) Publicar una solicitud de información para que el mercado provea comentarios sobre la necesidad definida por la institución; 5)…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Ley 47-25, artículo 67 — Contratación directa sujeta al umbral
Artículo 67.- Contratación directa sujeta al umbral. La contratación pública directa sujeta al umbral es el procedimiento de selección que podrá ser utilizado para la contratación de bienes y servicios comunes y estandarizados, cuando el valor estimado se encuentre por debajo del umbral mínimo establecido para la contratación menor. Párrafo.- Los reglamentos de aplicación de la presente ley determinarán el procedimiento para realizar las contrataciones de bienes y servicios comunes y estandarizados que se encuentren por debajo del umbral mínimo de contratación menor, garantizando que sea de manera pública y transparente, respetando los principios rectores de la contratación pública que le…
Artículo 92.- Presupuesto estimado. La institución contratante determinará el presupuesto estimado de la contratación a fin de establecer el procedimiento de selección correspondiente y gestionar la asignación presupuestaria necesaria.