El Comité de Contrataciones Públicas de la CAASD aprobó el pliego y sus anexos, designó cinco peritos y autorizó iniciar la licitación pública nacional CAASD-CCC-LPN-2026-0006. El acta está fechada el 13 de mayo de 2026; según el portal, la convocatoria se publicó el 2 de junio y el monto estimado fue RD$62,000,000. El portal muestra actualmente el proceso como cancelado.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
Este documento identifica el acta de inicio como AA-2026-256, mientras que otros documentos del mismo proceso resumidos en el expediente la identifican como AA-2026-257. Esta nueva referencia concreta debe cotejarse para confirmar la trazabilidad de la aprobación del pliego y del inicio del procedimiento.
“ACTA NUM: AA-2026-256 DEL COMITÉ DE CONTRATACIONES PÚBLICAS MEDIANTE LA CUAL SE APRUEBA EL PLIEGO DE CONDICIONES, SE CONOCE EL INICIO DEL PROCEDIMIENTO Y SE DESIGNAN LOS PERITOS” (pág. 1, escaneada)
El acta, fechada el 13 de mayo, aprueba el pliego; el registro del proceso identifica el archivo del pliego con fecha 1 de junio de 2026. Conviene verificar que la versión aprobada por el comité sea la misma que se publicó y rigió la convocatoria del 2 de junio.
“En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, siendo el día trece (13) de mayo del año dos mil veintiséis (2026), se reunieron los miembros del Comité de Compras y Contrataciones… RESUELVE PRIMERO: AP” (págs. 1-6, escaneada)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 95 · Reglamento 52-26, art. 103 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 95 — Aprobación del procedimiento de selección y de los pliegos de condiciones
Artículo 95.- Aprobación del procedimiento de selección y de los pliegos de condiciones. Previo a la publicación de la convocatoria, la institución contratante deberá aprobar, mediante acto administrativo, el procedimiento de selección y los pliegos de condiciones que hayan sido elaborados; el cual dará inicio al procedimiento de selección.
Reglamento 52-26, artículo 103 — Aprobación interna del pliego de condiciones
Artículo 103.- Aprobación interna del pliego de condiciones. Previo a la convocatoria del procedimiento de selección de proveedores, el pliego de condiciones debe ser aprobado por el Comité de Contrataciones Públicas debidamente conformado o por el responsable del procedimiento, mediante acto administrativo de la institución contratante, de conformidad con el artículo 95 de la Ley núm. 47-25 y las reglas internas de delegación de competencia que se hayan establecido. Párrafo I. El acto de aprobación debe indicar, como mínimo, el procedimiento de selección de proveedores aprobado, el objeto contractual, el valor referencial y la identificación del pliego de condiciones definitivo que regirá…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona