Las fichas técnicas, fechadas el 23 de junio de 2026, establecen especificaciones para camionetas, minibuses y motocicletas, incluidos requisitos de presencia comercial en el país, centros de servicio y plazo de entrega. El proceso figura en el portal con un presupuesto estimado de RD$150,000,000 y estado «Cancelado».
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
Las fichas exigen cinco años de presencia demostrable en el país y al menos cinco centros de servicio autorizados, uno en el Distrito Nacional, para los tres tipos de vehículos. Son condiciones que pueden restringir la participación de proveedores nuevos o con cobertura distinta; corresponde verificar su proporcionalidad y relación con las necesidades de servicio del objeto.
“PRESENCIA DEMOSTRABLE EN EL PAIS CON UN MINIMO DE 5 AÑOS, MEDIANTE COPIAS DE FACTURAS, ÓRDENES DE COMPRA Y/O CONTRATO. … MÍNIMO CINCO (5) CENTROS DE SERVICIOS Y/O TALLERES AUTORIZADOS; AL MENOS UNO DEBE ESTAR UBICADO EN EL DN.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
Para las motocicletas se exige alimentación por carburador y «tipo saltamontes», sin que la ficha defina este último término. La combinación puede reducir el universo de modelos que cumplen o generar interpretaciones dispares; conviene verificar su necesidad, disponibilidad de mercado y forma objetiva de comprobación.
“- 4 tiempos - Monocilindro - 145 cc en adelante enfriado por aire - Alimentación por carburador - Tipo saltamontes”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 91 · Ley 47-25, art. 4 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 91 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 91.- Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas que resulten de los estudios previos deberán garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento, para lo cual deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo I.- Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. Párrafo II.- No deberán exigirse o mencionarse marcas o nombres comerciales, diseños o modelos,…
Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…
Si el oferente no dispone de todas las unidades, la ficha limita el cronograma de entrega a 30 días calendario. Para un suministro de múltiples vehículos, el plazo puede favorecer a proveedores con existencias inmediatas y limitar a quienes deban abastecerse; sería pertinente verificar que sea compatible con la disponibilidad del mercado y la cantidad requerida.
“EN CASO DE QUE EL OFERENTE NO CUENTE CON LA DISPONIBILIDAD TOTAL DE LAS UNIDADES, DEBE ESTABLECER UN CRONOGRAMA DE ENTREGA QUE NO EXCEDA LOS TREINTA (30) DÍAS CALENDARIO.”
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Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona