El pliego de abril de 2026 establece la adquisición por excepción de reactivos para equipos de laboratorio clínico del Hospital Dr. Salvador B. Gautier, con valor referencial de RD$8,906,818.00 y lote único. Define requisitos de participación, evaluación, entrega y pago; además, identifica al DAF como responsable del procedimiento y contempla descalificar ofertas cuyo monto sea inferior al presupuestado.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El pliego incluye ofertar un monto inferior a lo presupuestado entre los motivos de descalificación. La regla puede excluir propuestas de menor precio sin vincular esa exclusión a incumplimiento técnico o a falta de sostenibilidad económica.
“Si, oferta un monto inferior a lo presupuestado.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 125 · Ley 47-25, art. 118 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 125 — Adjudicación del contrato
Artículo 125.- Adjudicación del contrato. La adjudicación deberá hacerse en favor del oferente calificado cuya propuesta cumpla con los requisitos establecidos en el pliego de condiciones y sea considerada como la más conveniente, de conformidad con los criterios de adjudicación aplicados.
Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.
El pliego identifica al DAF como responsable de organizar, conducir y ejecutar el procedimiento, aunque la regulación atribuye al Comité de Contrataciones Públicas la competencia para las modalidades de excepción. Esta divergencia merece verificar quién ejerció efectivamente las decisiones esenciales; la información del proceso sí refiere actuaciones posteriores del Comité.
“el órgano responsable de la organización, conducción y ejecución es el DAF”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 150 · Ley 47-25, art. 18 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 150 — Competencia
Artículo 150.- Competencia. El Comité de Contrataciones Públicas constituido en cada institución contratante es el órgano competente para la organización, gestión y ejecución de las modalidades de excepción a los procedimientos ordinarios de selección previstas en la Ley núm. 47-25.
Ley 47-25, artículo 18 — Comités de contrataciones públicas
Artículo 18.- Comités de contrataciones públicas. Los comités de contrataciones públicas son órganos deliberativos y decisorios permanentes que conocerán, a lo interno de la estructura organizacional de las instituciones, las contrataciones sometidas al ámbito de aplicación de la presente ley, los cuales tendrán de manera indicativa y no limitativa, las funciones siguientes: 1) Aprobar mediante acto administrativo el procedimiento de selección para contratar y el pliego de condiciones correspondiente; 2) Aprobar mediante resolución motivada el uso de algunas de las excepciones a los procedimientos ordinarios de selección previstos en la presente ley; 3) Aprobar o rechazar el dictamen de…
La cláusula expresa el plazo como «sesenta (90) días», por lo que no permite identificar con certeza si el crédito máximo es de 60 o 90 días. La ambigüedad puede afectar la preparación y comparación de las ofertas.
“Sera pagado a crédito mediante transferencia al Oferente adjudicado, de forma parcial o total del monto adjudicado en un periodo no mayor a sesenta (90) días, luego de la entrega y recepción conforme de los bienes adjudicados por el almacén”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
Farmacéutica Dalmasi (FARMADAL), SRLEl acta de adjudicación reseñada en la información del proceso indica que cumplió la evaluación técnica, las especificaciones del pliego y el perfil técnico solicitado.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona