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El Estado bajo la lupa

Abriendo la ficha…

Pliego

Pliego de condiciones de servicios modificado.pdf

Contratación alquiler de local para las oficinas administrativas que aloja esta Dirección General del Servicio Militar Voluntario. · Servicio Militar voluntario FFAA

Publicado el 1 jul de 202631 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso MILITARVOLUNTARIO-CCC-PEIN-2026-0001

Lo que dice

El pliego del proceso MILITARVOLUNTARIO-CCC-PEIN-2026-0001 regula el alquiler de un local para las oficinas administrativas del Servicio Militar Voluntario y fija inicialmente un valor referencial de RD$12,586,656.00 y un plazo de cuatro años. Sin embargo, la información del proceso indica que la Enmienda 002-2026 redujo el plazo a 24 meses y el valor a RD$6,293,328.00; el texto del pliego también conserva requisitos y fórmulas de evaluación que no corresponden claramente a un arrendamiento. El proceso terminó adjudicado a José De Los Santos De Los Santos por RD$6,293,327.04, según los datos aportados.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (6)

A revisarHallazgo en documentosRD$12.6 millones

El pliego conserva datos sustituidos por la Enmienda 002-2026

Documento del 1 jul 2026 · hace 3 meses

El pliego mantiene cuatro años, 800 m² de terreno y un valor referencial de RD$12,586,656.00, mientras que los datos aportados sobre la enmienda del 6 de julio señalan 24 meses, 585 m² y RD$6,293,328.00. La discrepancia entre las bases y las condiciones posteriores merece verificarse frente a la versión que rigió la recepción y la formalización del contrato.

“El valor referencial para esta compra asciende a RD$12,586,656.00 (Doce Millones Quinientos Ochenta Y Seis Mil Seiscientos Cincuenta Y Seis Pesos Con 00/100 incluidos los impuestos de Ley y cualquier otro concepto que incida en el costo”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 97 · Reglamento 52-26, art. 99 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 99 — Vinculación con los estudios previos y el presupuesto

Artículo 99.- Vinculación con los estudios previos y el presupuesto. El pliego de condiciones debe guardar coherencia directa con los estudios previos, la definición del objeto contractual, la investigación de mercado y la apropiación presupuestaria que respalda la contratación. Párrafo. La institución contratante debe dejar constancia, en el expediente administrativo, de que el pliego ha sido elaborado tomando en cuenta los estudios y datos de mercado, la estimación del valor referencial, los riesgos relevantes y la disponibilidad presupuestaria.

Texto oficial completo

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A revisarHallazgo en documentos

Evaluación económica contiene criterios de otro tipo de contratación

Documento del 1 jul 2026 · hace 3 meses

El pliego vincula la evaluación del precio a descuentos sobre galones y a un precio oficial establecido por el MICM, pese a que el objeto es alquilar un local. La regla no permite identificar con claridad cómo se compararía económicamente el arrendamiento.

“La evaluación de las ofertas económicas será bajo la metodología cumple/no cumple, bajo el criterio de menor precio ofertado definido en descuento, esto es el mayor descuento ofertado sobre el valor de la cantidad de galones o del monto con”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 118 · Reglamento 52-26, art. 101 · Reglamento 52-26, art. 114 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 118 — Criterios de evaluación

Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 101 — Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación

Artículo 101.- Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación. El pliego de condiciones debe asegurar la coherencia entre las especificaciones técnicas o términos de referencia, los requisitos de calificación, los criterios de evaluación y los criterios de adjudicación previstos para el procedimiento de contratación. Párrafo I. Las especificaciones técnicas y los términos de referencia no pueden contener requisitos que no guarden relación directa con el objeto contractual o con su correcta ejecución, ni establecer condiciones que contradigan los criterios de evaluación o adjudicación. Párrafo II. Los criterios de evaluación y adjudicación…

A revisarHallazgo en documentos

Plazo contractual previsto para la firma duplica el máximo legal

Documento del 1 jul 2026 · hace 3 meses

El pliego permite hasta 20 días hábiles para suscribir el contrato desde la notificación de adjudicación; la Ley 47-25 fija un máximo de 10 días hábiles. La cláusula amplía el plazo previsto para formalizar la contratación.

“El contrato entre la Dirección del Servicio Militar Voluntario y el adjudicatario deberá ser suscrito en la fecha que establece el cronograma de actividades del presente pliego de condiciones, el cual no deberá ser mayor a 20 días hábiles c”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 134 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 134 — Plazo máximo para suscripción de los contratos y formalización de las órdenes de compras o de servicios

Artículo 134.- Plazo máximo para suscripción de los contratos y formalización de las órdenes de compras o de servicios. Los contratos deberán ser suscritos en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles, contados a partir de la notificación del acto de adjudicación. Párrafo I.- Las órdenes de compras o de servicios deberán formalizarse con la notificación al adjudicatario, en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles, contados a partir de la notificación del acto de adjudicación. Párrafo II.- Vencidos los plazos sin que se haya producido la suscripción del contrato o la notificación de la orden de compra o de servicio, la institución contratante o el proveedor, según corresponda, podrá…

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A revisarHallazgo en documentos

Permite subcontratar hasta 50 % sin limitarlo a MIPYMES

Documento del 1 jul 2026 · hace 3 meses

El pliego permite subcontratar hasta el 50 % del monto de las tareas sin condicionar ese límite a que las subcontratistas sean MIPYMES. La Ley permite hasta 45 % como regla general y hasta 50 % de manera especial cuando las subcontratadas sean MIPYMES.

“El contratista podrá subcontratar la ejecución de hasta el 50% del monto de las tareas comprendidas en este pliego de condiciones, con la previa y expresa autorización de la institución contratante de acuerdo con la Ley núm. 47-25.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 152 · Ley 47-25, art. 176 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 152 — Subcontratación

Artículo 152.- Subcontratación. Los proveedores podrán subcontratar la realización parcial de las prestaciones requeridas por hasta un cuarenta y cinco por ciento (45%) del monto del contrato, siempre que la persona propuesta cumpla con los requisitos de calificación que resulten adecuados y proporcionales a las obligaciones contractuales pendientes de ejecutar y a la responsabilidad que deba asumir y no se encuentre incurso en el régimen de prohibiciones previsto en la presente ley. Párrafo I.- Autorizada la subcontratación, el proveedor contratado mantendrá su responsabilidad frente a la institución contratante por el cumplimiento del contrato. Párrafo II.- En ningún caso la…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 176 — Porcentaje subcontratación entre MIPYMES

Artículo 176.-Porcentaje subcontratación entre MIPYMES. El porcentaje de subcontratación permitido podrá alcanzar hasta el cincuenta por ciento (50%), de manera especial, cuando las empresas subcontratadas sean Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES).

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

A revisarHallazgo en documentos

El pliego identifica de antemano un inmueble y su titular

Documento del 1 jul 2026 · hace 3 meses

Las especificaciones señalan una ubicación concreta y nombran al titular del inmueble. Esto delimita la oferta a una propiedad identificada; conviene contrastarlo con la motivación y el pliego aplicable para verificar cómo se mantuvo la posibilidad de competencia en la convocatoria pública prevista para arrendamientos.

“Ubicación: Inmueble ubicado en ubicada en la calle Orquídeas, , del sector Gala, Santo Domingo, Distrito Nacional. José de los Santos de los Santos-Titular del Inmueble.”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 163 · con ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 163 — Procedimiento para adquisición o arrendamiento de inmuebles para uso estatal

Artículo 163.- Procedimiento para adquisición o arrendamiento de inmuebles para uso estatal. Los procedimientos de contratación para la adquisición o el arrendamiento de inmuebles para uso estatal deben realizarse cuando concurran, como mínimo, las siguientes condiciones: 1. Necesidad institucional: Que sea necesario un inmueble directamente vinculado con las funciones, programas o servicios institucionales que justifican la contratación. 2. Inexistencia de alternativas: Que no existan alternativas razonables dentro del patrimonio estatal, lo cual debe acreditarse mediante un estudio técnico. 3. Justificación de la contratación: Que se acredite la necesidad de contratar la adquisición o el…

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ContextoHallazgo en documentos

Exige registro mercantil sin distinguir entre personas físicas y jurídicas

Documento del 1 jul 2026 · hace 3 meses

El pliego invita a personas naturales y jurídicas, pero exige a todos los oferentes copia de un registro mercantil vigente y que su actividad coincida con el objeto. La exigencia puede resultar incompatible con la participación de personas físicas que no estén sujetas a ese registro y merece revisión por su efecto habilitante.

“La Dirección del Servicio Militar Voluntario, en virtud de lo establecido en la Ley 47-25, sobre Contrataciones Públicas de Bienes, Obras, Servicios y Concesiones, sus modificaciones y su Reglamento de aplicación”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 35 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 35 — Oferentes

Artículo 35.- Oferentes. Podrán participar como oferentes en los procedimientos de contrataciones públicas previstos en la presente ley las personas siguientes: 1) Las personas físicas o jurídicas, nacionales o extranjeras, u otras entidades con capacidad jurídica para contratar y asumir obligaciones, que hagan oferta de obras, bienes o servicios requeridos por las instituciones contratantes; y 2) Dos o más personas de las indicadas en el numeral 1) de este artículo, que presenten oferta como un conjunto y actuando como una sola persona y que, en consecuencia, serán consideradas como un consorcio, asumiendo responsabilidad solidaria frente a la institución contratante; a tales fines,…

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Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

Oferentes que registra (1)

1 adjudicado

OferenteResultado en el actaLote o grupoMonto
José De Los Santos De Los SantosSegún los resultados del proceso aportados, cumplió la evaluación técnica y fue adjudicado.AdjudicadoLote únicoRD$6,293,327

Otros documentos del proceso (21)

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  • SNCC_F034_Presentacion_de_Oferta.docxDocumento · 26 jun de 2026
  • SNCC_F042_Informacion_Oferente.docxDocumento · 26 jun de 2026
  • contrato-ejecucion-de-servicios.docxContrato · 26 jun de 2026
  • Contrato de Alquiler.pdfContrato · 26 jun de 2026
  • titulo de alquiler.pdfDocumento · 26 jun de 2026
  • Acto de aprobacion de modalidad y desigacion de peritos.pdfInforme pericial · 26 jun de 2026 · 1 señal
  • Ficha tecnica.pdfPliego · 26 jun de 2026
  • Informe percial que justica la excepcion.pdfInforme justificativo · 26 jun de 2026 · 1 señal
  • Pliego de servicios.pdfPliego · 26 jun de 2026 · 2 señales
  • Resolucion del Comite de Contrataciones.pdfResolución · 26 jun de 2026 · 2 señales

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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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Reglamento 52-26, artículo 114 — Criterios de adjudicación

Artículo 114.- Criterios de adjudicación. Los criterios de adjudicación constituyen las reglas generales a partir de las cuales se entiende una propuesta como la más conveniente. Deben ser establecidos de manera inequívoca en el pliego de condiciones. De conformidad con el contenido de la Ley núm. 47-25, pueden ser los siguientes: 1. Adjudicación basada en menor precio: Según este criterio debe resultar adjudicada la oferta de menor precio económico, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. 2. Adjudicación basada en menor costo: Según este criterio debe resultar adjudicada la oferta de menor costo atendiendo al…

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Solicitud de compra · 26 jun de 2026
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  • CERTIFICADO DE TITULO 2.pdfDocumento · 6 jul de 2026
  • ACTA DE ADJUDICACION.pdfActa de adjudicación · 9 jul de 2026 · 2 señales
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  • Informe final del portalDocumento · —
  • Orden de Servicio_9/7/2026_4_24 p.m..PdfDocumento · —