El documento, fechado el 30 de junio de 2026, responde consultas sobre la licitación del puente basculante. Confirma que no se entregará un BOQ oficial y que cada oferente preparará sus propios metrajes y partidas; también fija el capital de trabajo mínimo en el 10% del monto estimado. Entre otras respuestas, admite el uso de experiencia y personal de subcontratistas bajo ciertas condiciones, confirma una extensión de 30 días calendario y establece un mecanismo de ajuste por variaciones cambiarias superiores al 5%.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
Señales de este documento (7)
A revisarHallazgo en documentosRD$4.5 mil millones
La entidad confirma que no entregará un BOQ oficial y que cada oferente calculará sus propias cantidades. Aunque exige desglose y revisión de consistencia, bases cuantitativas distintas pueden dificultar la comparación de precios y la verificación de que las ofertas cubran el mismo alcance.
“La Entidad no proporcionará un BOQ oficial, ya que el pliego no contempla su entrega como documento integrante del proceso. 2. Cada oferente deberá desarrollar su propio cómputo métrico y listado de partidas, tomando como base el alcance” (pág. 2, escaneada)
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 66 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 66 — Estudios previos
Artículo 66. Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas o las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual. En todo caso, como mínimo, a través de estos estudios se debe determinar: 1. La necesidad a atender. 2. Identificar el objeto del contrato, su naturaleza, características y sus especificaciones. 3. Las particularidades del mercado, en cuanto a cómo y en cuáles plazos se ofrece ese bien, se presta el servicio o se ejecuta la obra. 4. El costo estimado del bien, obra o servicio a…
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
La respuesta fija el capital de trabajo en al menos el 10% del monto estimado de RD$4,500,000,000, equivalente a RD$450,000,000, incluyendo líneas de crédito potenciales según la definición citada. Por su magnitud, conviene revisar su proporcionalidad respecto de la complejidad y forma de ejecución del contrato.
“Debe ser mayor o igual a un 10% del monto estimado en el presente pliego de condiciones.” (pág. 3, escaneada)
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 82 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales
Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
La respuesta exige trabajar ambos lados del puente simultáneamente y no expone en este pasaje el fundamento técnico de esa restricción. Es un requisito de método que podría limitar alternativas de construcción y debe contrastarse con los estudios y el cronograma del proyecto.
“Deben trabajarse ambos lados simultáneamente con equipos de alta calidad y precisión para cumplir con los tiempos.” (pág. 30, escaneada)
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 73 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Se debilita la exigencia de que la experiencia y el personal clave sean propios del oferente; la disponibilidad se verifica mediante el compromiso contractual del subcontratista.; Se amplía el conjunto de títulos aceptables para verificar la especialización académica del perfil..
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
Se incorpora la posibilidad de reconocer en los pagos una variación cambiaria superior al 5%, pero la respuesta no precisa cómo se calculará el ajuste ni qué parte del costo contractual quedaría expuesta. Conviene verificar la fórmula aplicable y su impacto potencial sobre el monto finalmente pagado.
“No obstante, con el propósito de preservar el equilibrio económico-financiero del contrato y mitigar los efectos derivados de variaciones significativas en el tipo de cambio, se dispone que, en caso de que la tasa oficial del dólar de los E” (pág. 25, escaneada)
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 66 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 66 — Estudios previos
Artículo 66. Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas o las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual. En todo caso, como mínimo, a través de estos estudios se debe determinar: 1. La necesidad a atender. 2. Identificar el objeto del contrato, su naturaleza, características y sus especificaciones. 3. Las particularidades del mercado, en cuanto a cómo y en cuáles plazos se ofrece ese bien, se presta el servicio o se ejecuta la obra. 4. El costo estimado del bien, obra o servicio a…
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
La respuesta descarta alternativas al proyecto conceptual y cambios en la posición de las pilas, y fija la longitud del tramo basculante. Conviene verificar la justificación técnica de estas restricciones, porque delimitan las soluciones de diseño que pueden competir.
“1. No es factible, hacer cambios 2. No es factible cambiar la posición de las PILAS” (pág. 35, escaneada)
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 73 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…
La respuesta indica que los datos de redes se entregarán al oferente ganador, pero también que su intervención debe considerarse incluida en el alcance del contratista. La diferencia en la información disponible antes de ofertar y la incertidumbre sobre interferencias pueden afectar la comparabilidad de costos y la asignación de riesgos.
“Estas informaciones serán gestionadas con las instituciones responsables y entregadas al oferente ganador … La intervención sobre redes existentes no está excluida expresamente, por lo que, bajo la naturaleza integral del contrato, debe” (págs. 8-9, escaneada)
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Reglamento 416-23, artículo 66 — Estudios previos
Artículo 66. Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas o las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual. En todo caso, como mínimo, a través de estos estudios se debe determinar: 1. La necesidad a atender. 2. Identificar el objeto del contrato, su naturaleza, características y sus especificaciones. 3. Las particularidades del mercado, en cuanto a cómo y en cuáles plazos se ofrece ese bien, se presta el servicio o se ejecuta la obra. 4. El costo estimado del bien, obra o servicio a…
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Cambios que introduce (8)
Sección
Antes
Después
Efecto
Oferta económica, cómputos y presupuestoSin BOQ oficial; cómputos propios y precios unitarios
No queda definido en las respuestas si se entregará un listado oficial de partidas y cantidades ni cómo se estructurará la comparación económica.
Se confirma que no habrá BOQ oficial; cada oferente preparará sus propios metrajes y partidas. La respuesta también establece precios unitarios para compensar los trabajos.
Aclara
Experiencia y personal claveAcreditación mediante subcontratistas
Las consultas señalan que el pliego exige experiencia y personal clave del oferente, sin que las respuestas previas indiquen esta vía de acreditación.
Se permite acreditar experiencia y personal clave mediante subcontratista si existe contrato formal, expreso y vinculante que garantice su participación; cambiarlo luego sin autorización puede fundamentar la terminación del contrato.
RelajaQuita un control: Se debilita la exigencia de que la experiencia y el personal clave sean propios del oferente; la disponibilidad se verifica mediante el compromiso contractual del subcontratista.
Personal claveMaestrías académicamente afines
El perfil citado por el consultante requería una maestría en Sismorresistencia con aplicación en puentes.
Se consideran afines, entre otras, maestrías en Ingeniería Estructural con énfasis sísmico, Estructuras y Construcción de Puentes, Ingeniería Sísmica, Análisis y Diseño de Estructuras y Dinámica Estructural.
RelajaQuita un control: Se amplía el conjunto de títulos aceptables para verificar la especialización académica del perfil.
Cronograma de presentación de ofertasAmpliación de plazo
El plazo de presentación vigente antes de la ampliación era el establecido en el cronograma del proceso.
La respuesta informa que el plazo fue ampliado en 30 días calendario mediante enmienda cargada en el sistema.
Relaja
Pagos y equilibrio económicoAjuste por variación del tipo de cambio
Los pagos se efectuarían en pesos dominicanos, sin que esta respuesta precisara un ajuste por variación cambiaria.
Se permite reconocer para ajuste de pagos una variación del dólar superior al 5% respecto de la tasa de referencia indicada, aplicable a cubicaciones o hitos aprobados; no autoriza pagos en moneda extranjera.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
El consultante pidió flexibilidad para elegir los frentes de trabajo, sin que la respuesta indique que el pliego ya impusiera simultaneidad.
La respuesta exige trabajar ambos lados simultáneamente con equipos de alta calidad y precisión.
Endurece
Diseño conceptualRestricciones a alternativas geométricas
El consultante preguntó si podía proponerse una solución distinta y cambiar la posición de las pilas.
La respuesta indica que no se permiten cambios al proyecto conceptual ni a la posición de las pilas y que debe respetarse la longitud del tramo basculante.
Endurece
Capacidad financieraCapital de trabajo mínimo
La consulta pidió identificar el monto mínimo de patrimonio aplicable y su ubicación en el pliego.
La respuesta remite al requisito de capital de trabajo igual o superior al 10% del monto estimado del pliego.