El pliego fija un presupuesto base de RD$9,200,000,000 para contratar obras viales y suministro de hormigón asfáltico caliente a nivel nacional, con ofertas previstas por ítem y ejecución máxima de doce meses. Establece requisitos técnicos, financieros y de experiencia, y dispone adjudicar por menor precio junto con factores de cobertura y ubicación. El cronograma del pliego fija la recepción de ofertas para el 13 de agosto de 2026 y la adjudicación para el 17 de septiembre de 2026.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El pliego exige certificaciones de ejecución para seis programas anteriores del MOPC, con umbrales que llegan al 100%, y también prevé no adjudicar a ciertas plantas con contratos previos que no superen determinados niveles de ejecución. La exigencia puede limitar la participación de empresas sin historial contractual con el MOPC y requiere revisar cómo se aplica a esos oferentes.
“Certificación de cumplimiento de contratos activos entre el proveedor y el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones MOPC para los contratos base producto de los siguientes procesos de contratación:”
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Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…
Para la planta de HAC, el pliego permite presentar una constancia de solicitud del permiso ambiental y el estado del trámite en lugar del permiso vigente. Conviene verificar que la autorización esté obtenida antes de iniciar la producción o ejecución correspondiente.
“Presentar permiso del Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales (MIMARENA) vigente, exclusivo para cada planta y expedido para fines de producción de HAC. En caso de no poseer el permiso emitido, deberá depositar la constancia de so”
Se exige solvencia superior a 1.20, liquidez superior a 0.9 y capital de trabajo equivalente al menos al 25% del valor estimado del ítem. Para ítems de RD$300–350 millones, este último requisito equivale a RD$75–87.5 millones; conviene revisar su proporcionalidad y efecto sobre la concurrencia.
“Índice de solvencia = ACTIVO TOTAL / PASIVO TOTAL Límite establecido: Mayor 1.20 … Capital de Trabajo (Activos Corrientes - Pasivos Corrientes + (Cuentas bancarias, certificados de depósitos o de inversión, líneas de Crédito Bancarias Aprob”
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Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…
El pliego anuncia adjudicación por menor precio, pero también incorpora cobertura regional, ubicación y costos de distancia como factores, sin precisar ponderaciones ni una fórmula para aplicarlos. Esto puede dejar margen de valoración desigual entre ofertas que cumplan los requisitos.
“La Adjudicación será decidida por ítem a favor del Oferente/Proponente cuya propuesta sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales, teniendo en cuenta que haya cumplido con todos los requerimientos, las especifi”
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Ley 47-25, artículo 118 — Criterios de evaluación
Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.
Artículo 121.- Menor precio. Cuando la propuesta más conveniente deba determinarse a partir del menor precio, la institución contratante deberá evaluar en primer lugar la oferta técnica “Sobre A” bajo el criterio cumple o no cumple, y solo aquellas propuestas que cumplan con todos los criterios establecidos, serán habilitados para la apertura y evaluación de sus ofertas económicas. Párrafo I.- La oferta más conveniente será aquella que luego de haber cumplido todo lo técnico, presente el menor precio. Párrafo II.- Para el procedimiento de contratación mediante subasta inversa, siempre será considerada como propuesta más conveniente la de menor precio ofertado.
El pliego prevé que los pagos parciales se realicen hasta 60 días calendario después de remitir las facturas. La Ley establece un plazo máximo de 30 días desde que se genera la condición de pago contractual y se presenta el requerimiento; las fechas y condiciones concretas deben contrastarse al formalizar y ejecutar el contrato.
“La suma restante será pagada en pagos parciales al proveedor, a partir del bien contratado. Estos pagos se harán en un período no mayor de sesenta (60) días calendarios contados a partir de que el proveedor remita al supervisor o responsabl”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 148 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 148 — Pago del precio
Artículo 148.- Pago del precio. El proveedor tendrá derecho al pago del precio convenido por la prestación realizada en los términos previstos por la presente ley, sus reglamentos de aplicación, los pliegos de condiciones y el contrato. Párrafo I.- El pago del precio podrá hacerse de manera total o parcial, con abonos a cuenta, o mediante el pago en cada uno de los vencimientos estipulados cuando se trate de contratos de tracto sucesivo. Párrafo II.- Cuando se haya establecido un anticipo de pago como condición para el inicio de la ejecución del contrato, el proveedor tendrá derecho a no iniciar dicha ejecución hasta que dicho pago sea satisfecho, en todo caso, si no se produce el pago del…
El pliego primero exige que ciertos equipos sean propiedad exclusiva del oferente y, en una sección posterior, indica que esos equipos pueden ser propios o arrendados. La inconsistencia puede producir criterios distintos al verificar disponibilidad y titularidad de equipos.
“Los siguientes equipos deberán ser propiedad exclusiva del oferente, la misma será verificada mediante factura de venta con comprobante fiscal o matricula a nombre del proveedor … Los siguientes equipos podrán ser propiedad del proveedor o ”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 101 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 101 — Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación
Artículo 101.- Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación. El pliego de condiciones debe asegurar la coherencia entre las especificaciones técnicas o términos de referencia, los requisitos de calificación, los criterios de evaluación y los criterios de adjudicación previstos para el procedimiento de contratación. Párrafo I. Las especificaciones técnicas y los términos de referencia no pueden contener requisitos que no guarden relación directa con el objeto contractual o con su correcta ejecución, ni establecer condiciones que contradigan los criterios de evaluación o adjudicación. Párrafo II. Los criterios de evaluación y adjudicación…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona