El documento establece especificaciones técnicas para obras viales y suministro de hormigón asfáltico caliente a nivel nacional, con un monto estimado de RD$9,200,000,000 y un período estimado de contratación de seis meses. Describe requisitos para plantas, transporte, materiales, personal, equipos y controles de ejecución, y contempla la adjudicación de más de un lote mediante sorteo en ciertos supuestos.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
Señales de este documento (4)
A revisarHallazgo en documentosRD$9.2 mil millones
El portal describe el proceso como no dividido por lotes, mientras que este documento contempla lotes y sorteos entre oferentes habilitados; además, la tabla de la página 5 presenta una columna «Lote No.». La diferencia puede deberse a metadatos desactualizados, pero debe confirmarse cuál estructura rige para presentar y evaluar las ofertas.
“Los oferentes habilitados podrán ser adjudicado en más de 1 lote, mediante sorteo entre los habilitados, si se da alguno de los siguientes casos:”
Las especificaciones contemplan adjudicar a un oferente más de un lote mediante sorteo en determinadas circunstancias. El Reglamento limita el criterio de azar a los sorteos de obras y a procedimientos posteriores a la precalificación de emergencia; conviene verificar cómo se articula esta regla con la licitación pública del proceso y sus criterios de adjudicación.
“Los oferentes habilitados podrán ser adjudicado en más de 1 lote, mediante sorteo entre los habilitados, si se da alguno de los siguientes casos:”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 114 · Ley 47-25, art. 64 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 114 — Criterios de adjudicación
Artículo 114.- Criterios de adjudicación. Los criterios de adjudicación constituyen las reglas generales a partir de las cuales se entiende una propuesta como la más conveniente. Deben ser establecidos de manera inequívoca en el pliego de condiciones. De conformidad con el contenido de la Ley núm. 47-25, pueden ser los siguientes: 1. Adjudicación basada en menor precio: Según este criterio debe resultar adjudicada la oferta de menor precio económico, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. 2. Adjudicación basada en menor costo: Según este criterio debe resultar adjudicada la oferta de menor costo atendiendo al…
Artículo 64.- Sorteo de obras. El sorteo de obras es el procedimiento de selección que podrá ser utilizado para la contratación de obras no complejas y reparaciones menores, y en el cual el criterio de selección será el azar. Párrafo I.- El procedimiento de sorteo de obras solo podrá ser aplicado cuando la obra tenga diseño y presupuesto definitivo fijado previamente por la institución contratante. Párrafo II.- Los reglamentos de aplicación de la presente ley determinarán los mecanismos que se utilizarán para efectuar los sorteos de obras, garantizando que sea de manera pública, transparente y en igualdad de condiciones para todos los participantes, respetando los principios rectores de la…
El documento permite a la entidad variar los requerimientos de la fórmula por razones técnicas y económicas y comunicar los ajustes al contratista adjudicatario, sin precisar aquí el alcance de esos cambios. Conviene verificar que los ajustes no alteren elementos esenciales del objeto ni las condiciones bajo las cuales se compararon las ofertas.
“Ahora bien, la entidad contratante podrá su discreción, variar los requerimientos de la formula atendiendo a razones técnicas y económicas según considere conveniente. De ser así, la entidad comunicará al contratista que haya resultado adju”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 149 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 149 — Modificación de los contratos
Artículo 149.- Modificación de los contratos. Los contratos podrán ser modificados unilateralmente o de mutuo acuerdo, cuando existan razones de interés público y bajo la forma y condiciones previstas en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones, bajo las siguientes circunstancias mínimas: 1) Que la posibilidad de la modificación haya sido prevista en los pliegos de condiciones de manera clara, precisa e inequívoca en cuanto a su alcance, naturaleza, límites y condiciones de aplicación; 2) Que la modificación sea decidida de manera unilateral por la institución contratante, en atención a razones de interés general vinculadas con el objeto de la…
Este anexo fija un período estimado de seis meses, mientras que el resumen del pliego principal del proceso indica una ejecución máxima de doce meses. Aunque «estimado» y «máximo» podrían referirse a conceptos distintos, la diferencia puede afectar la interpretación del plazo aplicable y merece cotejo con el pliego definitivo y el contrato.
“El tiempo estimado de la contratación contempla un periodo de 6 Meses.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 97 · Reglamento 52-26, art. 101 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
Reglamento 52-26, artículo 101 — Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación
Artículo 101.- Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación. El pliego de condiciones debe asegurar la coherencia entre las especificaciones técnicas o términos de referencia, los requisitos de calificación, los criterios de evaluación y los criterios de adjudicación previstos para el procedimiento de contratación. Párrafo I. Las especificaciones técnicas y los términos de referencia no pueden contener requisitos que no guarden relación directa con el objeto contractual o con su correcta ejecución, ni establecer condiciones que contradigan los criterios de evaluación o adjudicación. Párrafo II. Los criterios de evaluación y adjudicación…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona