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Pliego

PLIEGO COMBUSTIBLE 2T Y 3T.pdf

ADQUISICION DE TICKET DE COMBUSTIBLE T2 - T3 · Dirección General de Desarrollo Fronterizo

Publicado el 30 jun de 2026Fechado el 29 jun de 202638 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso DGDF-CCC-CP-2026-0003

Lo que dice

El pliego del proceso DGDF-CCC-CP-2026-0003, fechado el 30 de junio de 2026, establece la adquisición de tickets de combustible por un valor referencial de RD$6,000,000. Prevé 4,000 tickets de RD$500 y 4,000 de RD$1,000, entregas por partidas y evaluación bajo criterios de habilitación y adjudicación que presentan inconsistencias. También incluye requisitos de solvencia, condiciones de pago y disposiciones para la ejecución y supervisión del contrato.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (5)

A revisarHallazgo en documentosRD$6 millones

Criterios económicos de adjudicación contradictorios

Documento del 30 jun 2026 · hace 3 meses

El pliego indica que la comparación económica se hará por el mayor porcentaje de descuento, pero en otra sección dispone adjudicar por el menor precio. Son criterios que pueden producir resultados distintos y dejan incierta la regla aplicable a la selección.

“Para la evaluación económica se considera como criterio de comparación el mayor porcentaje de descuento ofertado… a) Adjudicación basada en menor precio. Se adjudicará la oferta de menor precio económico, de entre aquellas ofertas técnicas ”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 118 · Reglamento 52-26, art. 114 · Reglamento 52-26, art. 116 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 118 — Criterios de evaluación

Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 114 — Criterios de adjudicación

Artículo 114.- Criterios de adjudicación. Los criterios de adjudicación constituyen las reglas generales a partir de las cuales se entiende una propuesta como la más conveniente. Deben ser establecidos de manera inequívoca en el pliego de condiciones. De conformidad con el contenido de la Ley núm. 47-25, pueden ser los siguientes: 1. Adjudicación basada en menor precio: Según este criterio debe resultar adjudicada la oferta de menor precio económico, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. 2. Adjudicación basada en menor costo: Según este criterio debe resultar adjudicada la oferta de menor costo atendiendo al…

Texto oficial completo

Reglamento 52-26, artículo 116 — Reglas de valoración o ponderación

Artículo 116.- Reglas de valoración o ponderación. Las instituciones contratantes deben cumplir con las siguientes reglas de valoración o ponderación: 1. El pliego de condiciones debe establecer claramente los aspectos de la propuesta que son valorables bajo el sistema cumple/no cumple. 2. Con relación a los aspectos de la propuesta cuya valoración deba hacerse por puntaje, el pliego de condiciones debe establecer la ponderación porcentual asignada a cada criterio, así como las reglas de valoración o fórmulas matemáticas que deban aplicarse. 3. Ningún criterio puede ser incorporado o modificado durante el proceso de evaluación. 4. Cuando existan criterios de naturaleza con cierto grado de…

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A revisarHallazgo en documentosRD$6 millones

El pliego presenta dos responsables distintos para el contrato

Documento del 30 jun 2026 · hace 3 meses

Una sección designa al consultor jurídico como responsable del contrato y otra identifica al encargado del Departamento de Operaciones como supervisor o responsable. La discrepancia deja sin una identificación única quién debe ejercer las funciones de supervisión y control contractual.

“Designa al Consultor jurídico, FELIPE TAPIA MERAN responsable del contrato número de Referencia del proceso DGDF-CCC-CP-2026-0003… La Dirección General Desarrollo Fronterizo ha designado como supervisor o responsable del contrato al Encarga”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 97 · Ley 47-25, art. 135 · Ley 47-25, art. 143 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 135 — Contenido mínimo de los contratos

Artículo 135.- Contenido mínimo de los contratos. Para ser considerados válidos, los contratos deberán tener el siguiente contenido mínimo: 1) Identificación de las partes contratantes; 2) Acreditación de la calidad de los suscribientes a los fines de la formalización del contrato; 3) Antecedentes de la contratación; 4) Definición del objeto contractual y tipo de contrato; 5) La duración del contrato, la fecha de inicio de su ejecución, el cronograma de entrega o prestaciones y la posibilidad de prórrogas a la duración; 6) La determinación del riesgo previsible y el esquema bajo el cual estará distribuido entre las partes; 7) El precio cierto o el modo de determinarlo, los criterios para el…

A revisarHallazgo en documentosRD$6 millones

Facturación prevista no coincide con los porcentajes de pago

Documento del 30 jun 2026 · hace 3 meses

El pliego primero pide dos facturas, cada una por el 50%, pero luego establece pagos de 35% por cada una de las dos partidas cuando se concede el anticipo de 30%. Esa diferencia debe aclararse para que la documentación de recepción y facturación permita verificar los pagos contra lo efectivamente entregado.

“Nota: El suplidor deberá entregar dos facturas en original, cada una correspondiente al 50%… La primera corresponderá al treinta y cinco por ciento (35%) del monto total contratado… El treinta y cinco por ciento (35) restante equivalente a ”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 97 · Ley 47-25, art. 135 · Ley 47-25, art. 143 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

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Ley 47-25, artículo 135 — Contenido mínimo de los contratos

Artículo 135.- Contenido mínimo de los contratos. Para ser considerados válidos, los contratos deberán tener el siguiente contenido mínimo: 1) Identificación de las partes contratantes; 2) Acreditación de la calidad de los suscribientes a los fines de la formalización del contrato; 3) Antecedentes de la contratación; 4) Definición del objeto contractual y tipo de contrato; 5) La duración del contrato, la fecha de inicio de su ejecución, el cronograma de entrega o prestaciones y la posibilidad de prórrogas a la duración; 6) La determinación del riesgo previsible y el esquema bajo el cual estará distribuido entre las partes; 7) El precio cierto o el modo de determinarlo, los criterios para el…

A revisarHallazgo en documentosRD$1.8 millones

El anticipo a MIPYMES se formula como sujeto a solicitud

Documento del 30 jun 2026 · hace 3 meses

El pliego condiciona el anticipo del 30% a que la MIPYME adjudicataria lo solicite y lo describe como opcional. La ley establece que las instituciones deben otorgar ese anticipo en las contrataciones con MIPYMES, por lo que la redacción puede presentar como discrecional un beneficio previsto como obligatorio para la institución.

“cuando el adjudicatario sea una Micro, Pequeña o Mediana Empresa (MIPYME) debidamente certificada, podrá solicitar un anticipo equivalente al treinta por ciento (30%) del monto total del contrato… La solicitud del anticipo será opcional par”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 174 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 174 — Anticipo de pago a MIPYMES

Artículo 174.- Anticipo de pago a MIPYMES. Las instituciones contratantes deberán otorgar un treinta por ciento (30%) de anticipo con la suscripción del contrato, orden de compra o de servicio correspondiente, en todas las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), sin necesidad de que sea presentada factura alguna.

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A revisarHallazgo en documentos

Los requisitos financieros contienen fórmulas e instrucciones incompatibles

Documento del 30 jun 2026 · hace 3 meses

Los límites de solvencia y endeudamiento combinan signos de desigualdad contradictorios, por ejemplo, «mayor o igual que >» y «menor o igual que >». Esto puede afectar de forma desigual la determinación de quién cumple los requisitos financieros.

“Límite establecido: Mayor 1.20 Mayor o igual que > 1.20 (Cumple) Menor que < 1.20 (No cumple… Límite establecido: Menor 1.50 Menor o igual que > 1.50 (Cumple) Mayor que < 1.50 (No cumple)”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 118 · Reglamento 52-26, art. 116 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar

Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 118 — Criterios de evaluación

Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.

Oferentes que registra (1)

1 adjudicado

OferenteResultado en el actaLote o grupoMonto
Estación de Servicio Doña Catalina Cabral, S.R.L.El acta de adjudicación consignada entre los documentos del proceso indica que cumplió los requisitos legales, técnicos, financieros y documentales y que su oferta fue considerada la más conveniente.Adjudicado—RD$6,000,000

Otros documentos del proceso (17)

  • estudios previos.pdfEstudio previo · 30 jun de 2026 · 2 señales
  • SOLICITUD 01.pdfSolicitud de compra · 30 jun de 2026
  • ACTO DE APROBACION DE ESPECIFICIONES.pdfPliego · 30 jun de 2026
  • sncc 001.pdfSolicitud de compra · 30 jun de 2026 · 1 señal
  • COMPROMISO ETICO INSTITUCIONAL.pdfDocumento · 30 jun de 2026
  • ACTA APROBACIÓN DE INFORME CCP.pdfInforme pericial · 30 jun de 2026 · 1 señal
  • Codigo de Etica.pdfDocumento · 30 jun de 2026
  • compromiso-etico-de-proveedores.docxDocumento · 30 jun de 2026
  • SNCC_F033_Of_Economica (1).docxDocumento · 30 jun de 2026
  • SNCC_F042_Informacion_Oferente.docxDocumento · 30 jun de 2026
  • SNCC_F034_Presentacion_de_Oferta (1).docxDocumento · 30 jun de 2026
  • ACTA DE ADJUDICACION.pdf

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  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Texto oficial completo

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Ley 47-25, artículo 143 — Responsables del contrato

Artículo 143.- Responsables del contrato. La institución contratante, al momento de la adjudicación, indicará los funcionarios o servidores responsables del contrato, a los cuales corresponderá supervisar su ejecución, adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias para asegurar la correcta realización de la prestación pactada, dentro del ámbito de las facultades que le sean atribuidas y estos cumplirán las actividades mínimas siguientes: 1) Revisar y certificar que las garantías exigidas según lo dispuesto en el procedimiento de contratación se encuentren vigentes; 2) Inspeccionar que los bienes, servicios y obras son entregados según lo establecido en el contrato; 3)…

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Ley 47-25, artículo 143 — Responsables del contrato

Artículo 143.- Responsables del contrato. La institución contratante, al momento de la adjudicación, indicará los funcionarios o servidores responsables del contrato, a los cuales corresponderá supervisar su ejecución, adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias para asegurar la correcta realización de la prestación pactada, dentro del ámbito de las facultades que le sean atribuidas y estos cumplirán las actividades mínimas siguientes: 1) Revisar y certificar que las garantías exigidas según lo dispuesto en el procedimiento de contratación se encuentren vigentes; 2) Inspeccionar que los bienes, servicios y obras son entregados según lo establecido en el contrato; 3)…

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Reglamento 52-26, artículo 116 — Reglas de valoración o ponderación

Artículo 116.- Reglas de valoración o ponderación. Las instituciones contratantes deben cumplir con las siguientes reglas de valoración o ponderación: 1. El pliego de condiciones debe establecer claramente los aspectos de la propuesta que son valorables bajo el sistema cumple/no cumple. 2. Con relación a los aspectos de la propuesta cuya valoración deba hacerse por puntaje, el pliego de condiciones debe establecer la ponderación porcentual asignada a cada criterio, así como las reglas de valoración o fórmulas matemáticas que deban aplicarse. 3. Ningún criterio puede ser incorporado o modificado durante el proceso de evaluación. 4. Cuando existan criterios de naturaleza con cierto grado de…

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Acta de adjudicación · 20 jul de 2026 · 3 señales
  • ACTA APROBACION INFORME PERICIAL DEFINITIVO EVALUACION SOBRE B.pdfInforme de evaluación · —
  • ACTA NOTARIAL APERTURA DE OFERTA ECONOMICA.pdfActa · —
  • COMITE APERTURA SOBRE B.pdfDocumento · —
  • CONTRATO TICKETS COMBUSTIBLE.pdfContrato · —
  • Informe final del portalDocumento · —