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Pliego

7.Pliego de Condiciones.pdf

Contratación de Servicios de Consultoría Comunicación Estratégica, Reputación Sostenible e Inteligencia Mediática del Fondo Nacional de la Vivienda (FONVIVIENDA). · Fideicomiso Fonvivienda

Publicado el 29 jun de 202656 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso FF-CCC-LPN-2026-0002

Lo que dice

El pliego de la licitación FF-CCC-LPN-2026-0002 establece las condiciones para contratar servicios de consultoría en comunicación estratégica, reputación sostenible e inteligencia mediática, con presupuesto base de RD$15,000,000 y ejecución prevista de nueve meses. La convocatoria figura para el 29 de junio de 2026; la evaluación combina 80% de puntuación técnica y 20% económica.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (4)

A revisarHallazgo en documentos

Puntuación de requisitos también exigidos como mínimos

Documento del 29 jun 2026 · hace 3 meses

El pliego exige como mínimos formación, experiencia profesional, campaña similar y referencias, y luego asigna puntos a esos mismos elementos. La regla general es evaluar la calificación con cumple/no cumple; la puntuación de esos requisitos es excepcional y debe justificarse por la especialidad o complejidad, o porque la experiencia sea indispensable.

““Mínimo tres (3) años de Experiencia Demostrable en Reputación Sostenible.” … “1. Experiencia comprobada de al menos tres (3) años en cconsultoría Reputación Sostenible.””
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 114 · Reglamento 52-26, art. 113 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar

Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 114 — Objeto de evaluación

Artículo 114.- Objeto de evaluación. Serán objeto de evaluación de las propuestas los aspectos siguientes: 1) Los requisitos de calificación; 2) La calidad y condiciones técnicas de la oferta; y 3) La economía de la oferta. Párrafo I.- El incumplimiento de los requisitos de calificación que persista, no obstante haberse agotado la fase de subsanación de ofertas, conllevará la exclusión del oferente de manera previa a la apertura de la oferta económica. Párrafo II.- El incumplimiento de los requisitos o del puntaje mínimo establecido con relación a la calidad o condiciones técnicas de la oferta, a fin de ser habilitado para la apertura del sobre económico, conllevará la exclusión del…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 113 — Naturaleza y tratamiento de los requisitos de calificación y de la experiencia del oferente

Artículo 113.- Naturaleza y tratamiento de los requisitos de calificación y de la experiencia del oferente. Los requisitos de calificación constituyen condiciones de habilitación del oferente y no forman parte de los criterios técnicos, económicos ni especiales de evaluación. Su verificación debe realizarse, como regla general, mediante la metodología “cumple/no cumple”, conforme a los artículos 37 y 114 de la Ley núm. 47-25. Párrafo I. Los requisitos de calificación solo pueden ser objeto de ponderación por puntaje en las circunstancias excepcionales previstas en la ley, debidamente justificadas en el pliego de condiciones, cuando la especialidad o complejidad del objeto contractual haga…

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A revisarHallazgo en documentos

Requisito fiscal sin excepción expresa para MIPYMES

Documento del 29 jun 2026 · hace 3 meses

El pliego incluye estar al día con DGII entre los requisitos de elegibilidad sin mencionar la excepción legal que permite a MIPYMES participar si el incumplimiento fiscal o de seguridad social no supera seis meses. Tal como está redactado, podría excluir a MIPYMES que reúnen las condiciones de esa excepción.

““Estar al día con sus obligaciones fiscales en la Dirección General de Impuestos Internos (DGII).””
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 172 · Reglamento 52-26, art. 223 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 172 — Reservas de contrataciones

Artículo 172.- Reservas de contrataciones. Las instituciones contratantes, al momento de realizar su formulación presupuestaria, reservarán como mínimo el treinta por ciento (30%) de las partidas asignadas para contrataciones, para procedimientos de contratación destinados exclusivamente para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), distribuido de la forma siguiente: 1) Veinte por ciento (20%) para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) en general; 2) Diez por ciento (10%) para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) dirigidas por mujeres. Párrafo I.- Los porcentajes indicados en este artículo deben ser distribuidos trimestralmente. Párrafo II.- Los reglamentos de…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 223 — Cumplimiento de obligaciones fiscales y de la seguridad social

Artículo 223.- Cumplimiento de obligaciones fiscales y de la seguridad social. De conformidad con lo establecido en la Ley núm. 47-25, las MIPYMES pueden participar en procedimientos de contratación aun cuando no se encuentren al día en sus obligaciones fiscales y de la seguridad social, siempre que el incumplimiento no se haya extendido por un período mayor a seis (6) meses. Párrafo I. A fin de cumplir con esta excepción, el oferente debe presentar certificación de la Dirección General de Impuestos Internos o de la Tesorería de la Seguridad Social, en la que se haga constar el momento a partir del cual inició el incumplimiento de las obligaciones. Párrafo II. A los fines de este artículo,…

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Declaración exigida sobre ausencia de litigios con el Estado

Documento del 29 jun 2026 · hace 3 meses

El pliego exige declarar que la empresa no tiene juicio con el Estado, como parte de la documentación legal evaluada. La Ley establece expresamente que tener un juicio contra el Estado no se considera una inhabilidad; conviene verificar que esta declaración no se aplique como causa de exclusión.

““Que no tiene juicio con el Estado Dominicano o sus entidades del Gobierno Central, de las Instituciones Descentralizadas y Autónomas no financieras, y de las Instituciones Públicas de la Seguridad Social;””
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 38 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 38 — Inhabilidades para contratar

Artículo 38.- Inhabilidades para contratar. Se establece, bajo las condiciones y el alcance previsto en este artículo, un régimen de inhabilidades para contratar, el cual puede ser de dos tipos, por un lado absolutas, cuando el impedimento para contratar se extienda a todos los entes, órganos o instituciones, o por otro lado relativas, cuando se limiten a un determinado ente, órgano o institución; en consecuencia, no podrán ser oferentes ni contratar con los entes, los órganos o instituciones referidos en el artículo 2 de la presente ley, ni las personas físicas o jurídicas, en los términos siguientes: 1) Inhabilidades absolutas: a) El presidente y vicepresidente de la República, los…

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Condiciones de pago distintas para MIPYMES y regla general

Documento del 29 jun 2026 · hace 3 meses

El pliego presenta un esquema general de 20% contra entrega del diagnóstico y 80% en pagos mensuales, pero también prevé para adjudicatarios MIPYME un anticipo del 30% dentro de los 45 días posteriores al registro contractual. La coexistencia de ambos esquemas y ese plazo posterior al registro requieren aclaración frente a la regla legal del anticipo MIPYME al suscribir el contrato u orden, sin factura.

““Se realizará un pago inicial del 20% contra la entrega del Producto 1: Diagnóstico.” … “se realizará un primer pago de un 30% del monto total del contrato en un plazo no mayor a cuarenta y cinco (45) días contados a partir del Registro del”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 174 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 174 — Anticipo de pago a MIPYMES

Artículo 174.- Anticipo de pago a MIPYMES. Las instituciones contratantes deberán otorgar un treinta por ciento (30%) de anticipo con la suscripción del contrato, orden de compra o de servicio correspondiente, en todas las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), sin necesidad de que sea presentada factura alguna.

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Otros documentos del proceso (23)

  • 1.Requerimiento FV-DC-0004-26.pdfDocumento · 29 jun de 2026
  • 3.Solicitud de Compras.pdfSolicitud de compra · 29 jun de 2026 · 2 señales
  • 6.Certificación de Apropiación de Fondos.pdfCertificación de fondos · 29 jun de 2026
  • 3.Formularios.zipDocumento · 29 jun de 2026
  • 8.Convocatoria.pdfDocumento · 29 jun de 2026
  • 9.Acta de Inicio.pdfPliego · 29 jun de 2026 · 1 señal
  • 11.Compromiso ético Peritos.pdfInforme pericial · 29 jun de 2026
  • 10.Compromiso ético del Comité.pdfDocumento · 29 jun de 2026
  • 2.SNCC.F.034 - Presentación de Oferta.docxDocumento · 8 jul de 2026
  • 8.1 Nuevo Diario 29-06-2026.pdfDocumento · 8 jul de 2026
  • 8.1 Nuevo Diario 30-06-2026.pdfDocumento · 8 jul de 2026
  • 8.2 Caribe 29-06-2026.pdf

Sigue explorando · Dinero público

Todas las secciones →
  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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Documento · 8 jul de 2026
  • 8.2 Caribe 30-06-2026.pdfDocumento · 8 jul de 2026
  • 13.Circular 01 de Respuesta a los Oferentes.pdfEnmienda · 31 jul de 2026
  • Acta de Enmienda.pdfEnmienda · 31 jul de 2026
  • Enmienda No.001.pdfEnmienda · 31 jul de 2026
  • 22.Enmienda 02.pdfEnmienda · 9 sept de 2026
  • 24.Acto de Enmienda 02.pdfEnmienda · 9 sept de 2026 · 2 señales
  • 16.1Acta que Aprueba Informe Preliminar.pdfInforme de evaluación · 14 sept de 2026
  • 16.Informe Preliminar.pdfInforme de evaluación · 14 sept de 2026 · 1 señal
  • 21.1Acta que Aprueba Informe Definitivo.pdfInforme de evaluación · 14 sept de 2026
  • 21.Informe Definitivo.pdfInforme de evaluación · 14 sept de 2026
  • 25.Notificación de Oferentes Habilitados y No habilitados.pdfInforme de evaluación · 14 sept de 2026 · 1 señal