El Comité adjudicó el 25 de junio de 2026 la licitación 911-CCC-LPN-2026-0004 a Centric Mobility (CEMO), SRL, por RD$7,051,769.03, tras habilitarla como única oferente y recibir la subsanación de su declaración de oferta libre de colusión. El acta también declara que no se generó reporte de lugares ocupados y ordena constituir la garantía de fiel cumplimiento.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (17 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta afirma que CEMO fue la única oferente habilitada; los datos del portal proporcionados también registran una oferta aprobada de Suplidora Leopeña, SRL, por RD$7,719,560, aunque la lista de ofertas aceptadas indica que no hubo ofertas no aceptadas. Debe verificarse el historial del sistema y si esa oferta corresponde a este procedimiento y fue recibida dentro del plazo; los datos podrían reflejar estados o registros desactualizados.
““...del único oferente participante y habilitado: CENTRIC MOBILITY (CEMO) S.R.L....”” (pág. 1)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 126 · Reglamento 52-26, art. 118 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 126 — Notificación de la adjudicación
Artículo 126.- Notificación de la adjudicación. El acto de adjudicación deberá notificarse a todos los oferentes dentro de un plazo de cinco (5) días hábiles a partir de su dictado y deberá contener los resultados de la evaluación técnica y económica, incluyendo el informe técnico que justifique la decisión, conforme a lo establecido en los pliegos de condiciones, así como las razones de selección del oferente adjudicado y la información relativa a las evaluaciones de los demás oferentes. Párrafo.- La publicación del acto de adjudicación podrá sustituir la notificación cuando previamente se haya identificado la fecha y el medio a través del cual esta se producirá.
Reglamento 52-26, artículo 118 — Reglas generales para los informes de evaluación
Artículo 118.- Reglas generales para los informes de evaluación. Los informes elaborados por los peritos evaluadores deben presentarse por escrito, firmados y fechados, y contener al menos los siguientes elementos: 1. Identificación del procedimiento de contratación, número de referencia y objeto del contrato; 2. Nombre y cargo de los peritos participantes; 3. Descripción de la metodología aplicada para la evaluación de las ofertas, asegurando el apego irrestricto a los criterios de evaluación y reglas de valoración establecidos en el pliego de condiciones; 4. Resumen de los aspectos legales, técnicos y económicos analizados; 5. Cuadros comparativos de las puntuaciones asignadas y la…
El Comité declara que no se generó reporte porque solo se habilitó una oferente. El Reglamento dispone que el informe económico determine la relación de lugares ocupados; conviene verificar cómo quedó documentada esa evaluación y si existe una alternativa de continuidad si la adjudicataria no formaliza.
“Resoluciéon Niimero Cuatro (4): DECLARAR que, al sélo habilitarse un tinico oferente, no se genera reporte de lugares ocupados.” (pág. 6)
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 121 · Reglamento 52-26, art. 125 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 121 — Informe definitivo de evaluación de las ofertas económicas
Artículo 121.- Informe definitivo de evaluación de las ofertas económicas. Atendiendo a los criterios de evaluación determinados en el pliego de condiciones, los peritos responsables de evaluar las ofertas económicas deben proceder a su evaluación y dejar constancia de sus ponderaciones y resultados en un informe remitido al Comité de Contrataciones Públicas o al responsable del procedimiento. Párrafo. El informe debe contener la recomendación de adjudicación y determinar la relación de lugares ocupados por cada oferta.
Reglamento 52-26, artículo 125 — Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación
Artículo 125.- Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación. El Comité de Contrataciones Públicas o el responsable del procedimiento, según corresponda, aprueba, si procede, el informe de evaluación de ofertas económicas, la relación de lugares ocupados y la recomendación de adjudicación de los peritos. Posteriormente, debe emitir el acta de adjudicación correspondiente. Párrafo I. El acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación debe ser publicada de forma íntegra, con todos sus soportes, en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas y notificarse directamente a todos los oferentes participantes. Párrafo II. Cuando se trate de un…
El acta registra una sola participante. En los mensajes del portal aportados como contexto, un interesado alegó el 21 de mayo que el portal estaba inhabilitado para presentar ofertas y pidió ajustar la entrega física; la alegación no prueba que se impidiera participar, pero amerita comprobar el funcionamiento del sistema y el efecto de la enmienda sobre la concurrencia.
“resultaron con la habilitacién para la etapa de apertura y lectura de la Oferta Econémica (“Sobre B”) del unico oferente participante y habilitado: CENTRIC MOBILITY (CEMO) S.R.L.,” (pág. 1)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 4 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 4 — Principios
Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona