El pliego establece las bases de la licitación pública nacional 911-CCC-LPN-2026-0004 para adquirir instrumentos de medición, fusión y repuestos de fibra óptica; la convocatoria figura con fecha 2026-03-31 y el monto estimado del portal es RD$8,076,104.08. Define la evaluación técnica y económica bajo cumple/no cumple y la adjudicación por menor precio entre las ofertas técnicamente habilitadas. El texto incluye requisitos de compatibilidad con marcas y modelos determinados y presenta discrepancias internas sobre la garantía y las certificaciones de satisfacción exigidas.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El pliego requiere compatibilidad con equipos y componentes identificados por marcas y modelos, incluidos Fujikura, EXFO y MAX-TESTER, sin que en los pasajes citados se indique «o equivalente». Esa precisión puede limitar la participación a oferentes cuyos productos sean compatibles con esos fabricantes; conviene verificar su necesidad técnica y la disponibilidad de alternativas equivalentes.
“Electrodos de fusion compatibles con fusionadora Fujikura 90S+ (ELCT2-16B). … Tipo Microscopio de inspeccion de fibra auténomo compatible con EXFO FTB-1 Dual Carrier” (pág. 6)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 91 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 91 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 91.- Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas que resulten de los estudios previos deberán garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento, para lo cual deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo I.- Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. Párrafo II.- No deberán exigirse o mencionarse marcas o nombres comerciales, diseños o modelos,…
Las especificaciones técnicas indican una garantía de tres años para equipos, mientras que la tabla de evaluación técnica prevé una carta de garantía de dos años por el fabricante. La divergencia deja incierto qué plazo debe cumplir y verificarse para habilitar una oferta.
“Garantia tres (3) afios por el fabricante. … Que el oferente haya presentado carta o documento de garantia de dos (2) afios por el fabricante.” (págs. 5-21)
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 101 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 101 — Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación
Artículo 101.- Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación. El pliego de condiciones debe asegurar la coherencia entre las especificaciones técnicas o términos de referencia, los requisitos de calificación, los criterios de evaluación y los criterios de adjudicación previstos para el procedimiento de contratación. Párrafo I. Las especificaciones técnicas y los términos de referencia no pueden contener requisitos que no guarden relación directa con el objeto contractual o con su correcta ejecución, ni establecer condiciones que contradigan los criterios de evaluación o adjudicación. Párrafo II. Los criterios de evaluación y adjudicación…
El pliego exige tres años de experiencia, al menos dos contratos u órdenes similares y tres certificaciones de satisfacción de instituciones públicas respaldadas por contratos u órdenes. Sin embargo, la tabla de evaluación técnica establece dos certificaciones; además de la contradicción, la combinación de requisitos merece revisión por su proporcionalidad respecto de la adquisición de bienes.
“Experiencia como contratista (SNCC.D.049), Demostrar minimo tres (03) afios de experiencia, mediante por lo menos dos (2) contratos u oOrdenes de compras con caracteristicas similares a los bienes requeridos en este proceso (No” (pág. 12)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Reglamento 52-26, art. 101 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Reglamento 52-26, artículo 101 — Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación
Artículo 101.- Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación. El pliego de condiciones debe asegurar la coherencia entre las especificaciones técnicas o términos de referencia, los requisitos de calificación, los criterios de evaluación y los criterios de adjudicación previstos para el procedimiento de contratación. Párrafo I. Las especificaciones técnicas y los términos de referencia no pueden contener requisitos que no guarden relación directa con el objeto contractual o con su correcta ejecución, ni establecer condiciones que contradigan los criterios de evaluación o adjudicación. Párrafo II. Los criterios de evaluación y adjudicación…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona