Referencias legales citadas no corresponden al proveedor único
· hace 3 meses
Al aprobar el procedimiento por proveedor único, el acto cita el artículo 95 de la Ley 47-25; al designar peritos, cita el artículo 78.7 y el artículo 167 del Reglamento, relativos a publicidad en medios. Son referencias distintas de las disposiciones sobre proveedor único; corresponde verificar la fundamentación normativa aplicada, aunque el documento también aprueba un informe justificativo.
“CUARTO: APROBAR el uso del procedimiento de excepción por proveedor único para la renovación del Soporte y Mantenimiento de Teammate+ para la Superintendencia de Bancos, por un periodo de un año, con la nomenclatura núm. SUPBANCO-CCC-PEPU-2”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 78 · Reglamento 52-26, art. 166 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 78 — Tipos de procedimientos de excepción
Artículo 78.- Tipos de procedimientos de excepción. Serán considerados como tipos de procedimiento de excepción los siguientes: 1) Emergencia. Las contrataciones, autorizadas a partir de un decreto presidencial, que se realicen en situaciones de emergencia, en todo o parte del territorio nacional, vinculadas a alteraciones graves de la normalidad, que se detallan a continuación: a) Catástrofes, calamidades o desgracias públicas, tales como terremotos, inundaciones, sequías, incendios urbanos y forestales o accidentes de gran magnitud; b) Crisis sanitarias, tales como pandemias, epidemias y situaciones de contaminación graves que afecten las vidas de las personas; c) Paralización de…
Reglamento 52-26, artículo 166 — Procedimiento de selección directa en caso de proveedores únicos
Artículo 166.- Procedimiento de selección directa en caso de proveedores únicos. Se entiende que existe un proveedor único, y que la contratación de bienes o servicios solo puede ser satisfecha por una determinada persona física o jurídica, cuando dicha persona es la única que ofrece el bien o servicio en el mercado, o cuando posee la titularidad o el derecho exclusivo sobre el objeto contractual. Se consideran causas válidas para configurar la condición de proveedor único las siguientes: 1. La existencia de derechos exclusivos de propiedad industrial o intelectual, tales como patentes, licencias, marcas registradas o software propietario. 2. La necesidad de compatibilidad técnica o de…
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