La Enmienda núm. 1, fechada el 25 de junio de 2026, modifica el pliego de la licitación DIGEPRES-CCC-LPN-2026-0001: eleva la cantidad aproximada de servicios de alimentación a 70,000 y cambia los documentos y metodologías de evaluación de las ofertas. También incorpora una declaración sobre autenticidad y buena fe de la oferta, asigna hasta 10 puntos al precio según el orden de menor precio y fija la garantía de seriedad en 1% de la oferta, vigente hasta el 31 de agosto de 2026.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La escala asigna puntos por orden de precio, sin vincular el puntaje a la magnitud del ahorro. En el contexto del proceso, los dos oferentes habilitados registraron RD$22,000,000 y RD$22,715,000: una diferencia de RD$715,000 produce solo un punto de diferencia bajo la escala, por lo que conviene verificar el efecto de esta ponderación sobre el resultado frente a la evaluación técnica.
“- Menor precio: 10 puntos. - Segundo menor precio: 9 puntos. - Tercer menor precio: 8 puntos.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 118 · Reglamento 52-26, art. 116 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 118 — Criterios de evaluación
Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.
Reglamento 52-26, artículo 116 — Reglas de valoración o ponderación
Artículo 116.- Reglas de valoración o ponderación. Las instituciones contratantes deben cumplir con las siguientes reglas de valoración o ponderación: 1. El pliego de condiciones debe establecer claramente los aspectos de la propuesta que son valorables bajo el sistema cumple/no cumple. 2. Con relación a los aspectos de la propuesta cuya valoración deba hacerse por puntaje, el pliego de condiciones debe establecer la ponderación porcentual asignada a cada criterio, así como las reglas de valoración o fórmulas matemáticas que deban aplicarse. 3. Ningún criterio puede ser incorporado o modificado durante el proceso de evaluación. 4. Cuando existan criterios de naturaleza con cierto grado de…
El pliego anterior contemplaba aproximadamente 60,000 servicios, según el resumen de otros documentos del proceso.
Establece aproximadamente 70,000 unidades durante el período contratado.
Endurece
Numeral 8.2.3, página 15 — Documentos de la oferta económica, Sobre BDeclaración de autenticidad y buena fe
La enmienda no reproduce la regla anterior sobre esta declaración.
Agrega una declaración jurada o certificación de que la oferta es auténtica, de buena fe y libre de conducta o práctica colusoria.
Endurece
Numeral 9.1, página 16 — Evaluación de la oferta técnica, Sobre AMetodología de evaluación técnica
La enmienda no reproduce la metodología anterior.
Documentación legal y financiera: cumple/no cumple; documentación técnica: metodología combinada.
Neutral
Numeral 9.2, página 23 — Evaluación económicaRequisito de presentación de la oferta y garantía de seriedad
La enmienda no reproduce íntegramente la regla anterior.
Exige oferta en RD$, con dos decimales e impuestos y gastos incluidos; establece garantía de seriedad de 1% mediante póliza de aseguradora autorizada, vigente hasta el 31/08/2026.
Endurece
Numeral 9.2, página 23 — Metodología de evaluación económicaPuntaje por orden de precio
La enmienda no reproduce la escala anterior.
Asigna 10 puntos al menor precio, 9 al segundo menor, 8 al tercero, 7 al cuarto y 6 al quinto, continuando sucesivamente.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona