Verificar la autorización y coordinación del procedimiento menor
· hace 3 meses
El acta consigna que participaron el Administrador General y la Directora de Compras y que se aprobó la Contratación Menor. El artículo 68.2 de la Ley atribuye este procedimiento a la Dirección Administrativa en coordinación con la Jurídica, previa autorización de la máxima autoridad; el acta no identifica esa coordinación ni una autorización separada, por lo que conviene verificar el respaldo en el expediente.
“se reunieron los señores Ing. Rafael Salazar, Administrador General de la EGEHID y Licda. Sonia Arane Ng Bautista, Directora Compras y Contrataciones de la EGEHID, para conocer y decidir sobre los asuntos consistentes a las funciones que le”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 68 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 68 — Competencia para la organización, gestión y ejecución
Artículo 68.- Competencia para la organización, gestión y ejecución. La competencia para la organización, gestión y ejecución de los procedimientos de selección previstos en los artículos 60, 62, 63, 64, 65, 66 y 67 de la presente ley, se distribuirá de la forma siguiente: 1) Para los procedimientos de licitación pública, licitación pública abreviada, subasta inversa, sorteo de obras y contratación simplificada, serán competentes los Comités de Contrataciones Públicas de las instituciones contratantes; 2) Para el procedimiento de contratación menor será competente la Dirección Administrativa en coordinación con la Dirección Jurídica, o las unidades equivalentes, previa autorización de la…
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