El acta identifica modalidades y umbrales incompatibles con el proceso
· hace 3 meses
El acta califica el proceso como «Compra Menor», pero su parte resolutiva lo denomina «comparación de precio» y fundamenta la selección en la Resolución PNP-01-2024 y un umbral de RD$234,908.86. Para una convocatoria de obra del 15/06/2026, la tabla vigente establece contratación menor para obras de hasta RD$53,622,276.92; la discrepancia en la modalidad y en el fundamento de umbrales merece revisión por sus efectos sobre las reglas procedimentales aplicadas.
“el procedimiento en cuesti6n ha sido realizado bajo la modalidad de Compra Menor … ADJUDICA el procedimiento por comparaci6n de precio de referencia ASDN-DAF- CM-2026-0025”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 59 · Ley 47-25, art. 66 · Reglamento 52-26, art. 145 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 59 — Umbrales de contratación
Artículo 59.- Umbrales de contratación. Los umbrales topes para la modalidad de selección a aplicar en un proceso de contratación serán calculados por la Dirección General de Contrataciones Públicas anualmente, multiplicando el Presupuesto de Ingresos Corrientes del Gobierno Central, aprobado por el Congreso Nacional, por los factores siguientes, según corresponda a obras, bienes o servicios: 1) Licitación pública: a) Obras: 0.00060; b) Bienes: 0.000020; c) Servicios: 0.000020. 2) Licitación pública abreviada: a) Obras: 0.00060; b) Bienes: 0.000020; c) Servicios: 0.000020. 3) Sortero de obras: a) Obras: 0.00015. 4) Contratación simplificada: a) Obras: 0.00004; b) Bienes: 0.0000015; c)…
Ley 47-25, artículo 66 — Contratación menor
Artículo 66.- Contratación menor. La contratación menor es el procedimiento de selección que podrá ser utilizado para la contratación de bienes y servicios comunes y estandarizados o de obras de menor cuantía y reparaciones menores, cuando el valor estimado no exceda del umbral establecido, y para el cual, dado dicho valor, resulta más eficiente agotar un procedimiento expedito de invitación de oferentes que puedan satisfacer la necesidad, sin que ello suponga violentar los principios establecidos en la presente ley. Párrafo.- Los reglamentos de aplicación de la presente ley determinarán el procedimiento para realizar esta contratación garantizando que sea de manera pública, transparente y…
Reglamento 52-26, artículo 145 — Contratación menor
Artículo 145.- Contratación menor. De conformidad con lo previsto en la Ley núm. 47-25, el procedimiento de contratación menor solo puede usarse cuando el valor estimado de la contratación no supere el umbral aplicable y en alguno de los siguientes casos: 1. Bienes y servicios comunes y estandarizados. 2. Obras de menor cuantía. 3. Reparaciones menores. Párrafo. En la aprobación de la modalidad de procedimiento, el responsable debe justificar la procedencia de la contratación menor en atención a lo previsto en la Ley núm. 47-25 y en el presente artículo.