El pliego del proceso ASDN-DAF-CM-2026-0025 establece una contratación menor de obras, con presupuesto de RD$16,000,000 dividido en dos lotes de RD$8,000,000, y recepción de ofertas hasta el 19 de junio de 2026. Fija un plazo de ejecución de 30 a 90 días, exige una certificación bancaria de solvencia por el 30% de la oferta y dispone, entre otras condiciones, la apertura en una sola etapa de las ofertas técnicas y económicas.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
Ante indicios de inhabilidad, falsedad o prácticas prohibidas, el pliego concede tres días hábiles para responder y prevé la descalificación si el oferente no presenta argumentos o no logra demostrar que los indicios son inexactos. Para la exclusión por prácticas prohibidas, el Reglamento prevé cinco días hábiles para presentar alegatos de defensa.
“Adcmas, jc otorgara un plazo de tie.s (3) dias habiles para a.ue el oferente presente, tanbi6n por cscrjto` sus argumento`s }' ev{ciencjas cue deniucstren que no existe 1o alegado”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 110 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 110 — Exclusión de oferentes por prácticas prohibidas
Artículo 110.- Exclusión de oferentes por prácticas prohibidas. La exclusión de oferentes por haber incurrido en alguna de las prácticas prohibidas establecidas en el artículo 116 de la Ley núm. 47-25 debe cumplir con el siguiente procedimiento: 1. El procedimiento puede iniciar de oficio o a requerimiento de cualquier parte interesada o ciudadano; 2. El inicio del procedimiento debe formalizarse mediante acto administrativo motivado y notificado al oferente correspondiente, en el que se detallen las prácticas prohibidas en las que habría incurrido y las pruebas que las sustenten; 3. A partir de la notificación del acto administrativo indicado en el numeral anterior, el oferente tiene un…
El pliego exige garantía de seriedad de oferta del 1% y para las MIPYMES indica que solo se exigirá una fianza de seguro, manteniendo así la obligación de garantía. La Ley establece que no se requiere garantía de seriedad para las MIPYMES, por lo que la cláusula puede imponerles un requisito financiero que la regla legal excluye.
“Si se t_rala de iin oferentc certificado come TvflpYME solo sera exig{da la fianza de seguro.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 175 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 175 — Reglas especiales de garantías a MIPYMES
Artículo 175.- Reglas especiales de garantías a MIPYMES. Para el régimen de garantías en las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) se aplicarán las reglas siguientes: 1) Las instituciones contratantes solo podrán exigir como garantías fianzas prestadas a través de compañías aseguradoras; 2) No se requerirá la garantía de seriedad de oferta. Párrafo.- Sin perjuicio de la aplicación de las sanciones previstas en la presente ley, si el proveedor beneficiado con lo establecido en el numeral 2) de este artículo, renuncia de forma injustificada a la adjudicación o no cumple con la ejecución del contrato, perderá los beneficios allí establecidos por un período de dos (2)…
El pliego exige una certificación bancaria que acredite fondos disponibles equivalentes al 30% de la oferta y la califica como no subsanable. Para una obra con presupuesto de RD$16,000,000, esta exigencia financiera puede restringir la participación y merece revisión de su proporcionalidad con el objeto y el procedimiento.
“Certificaci6n de solvencia ecctn6mica, de un banco comercial de la reptib]jca ciominicana … quc indique que e?. c.1`ererlte 1)osee el treinta por ciento (30%) disponitile de la oferta … i)resentada. (no stibsanable”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
El pliego indica una etapa única para la presentación, recepción y apertura de las ofertas técnicas y económicas. La Ley dispone que las ofertas económicas no pueden conocerse hasta una fecha distinta y posterior a la apertura y evaluación final de las técnicas; la previsión del pliego debilita esa separación y el resguardo de la evaluación.
“Etapa iinica. 1a presen.taci6n y recepc-t'in .v apertur<i de las t)fertas tecnicas }` las ofertas economicas”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 106 · Ley 47-25, art. 113 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 106 — División de las propuestas
Artículo 106.- División de las propuestas. Las propuestas deberán contener una oferta técnica y una oferta económica. Párrafo I.- Las ofertas deberán presentarse por separado a través de los medios indicados en la presente ley y bajo las medidas tendentes a garantizar su confidencialidad. Párrafo II.- Cuando las propuestas sean presentadas en físico, la oferta técnica y la oferta económica deberán presentarse mediante sobres sellados y separados. Párrafo III.- Se deberá garantizar la encriptación de las ofertas presentadas a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas.
Artículo 113.- Apertura de ofertas. Las ofertas deberán abrirse en la fecha y hora indicadas en el pliego de condiciones o en sus alcances sobre prórrogas, en el lugar y con las formalidades que se hayan indicado; debiendo ser agotado el procedimiento siguiente: 1) Una vez agotado el horario de recepción de las ofertas, deberán abrirse las ofertas técnicas o “Sobres A” en la fecha y hora indicadas en el pliego de condiciones; 2) El acto de apertura se llevará a cabo por el Comité de Contrataciones Públicas debidamente conformado o por el responsable del procedimiento, según corresponda, y en presencia de notario público, quien se limitará a certificarlo. El acto será público para todo aquel…
La portada y la descripción del proceso aluden al Presupuesto Administrativo, pero la definición del objeto dentro del pliego lo identifica como Presupuesto Participativo. La discrepancia, junto con la división en dos lotes, merece aclaración para determinar con certeza el alcance y la base presupuestaria de la contratación.
“Contrataci6n de Obra de Infraestructura del Presupuesto Administrativn … Constituye el objeto de la presente convocatc:)riaL recibir cif.ertas Dara la Contrataci6n de Obras de”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona