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Pliego

Pliego Servicios Transporte de Agua.pdf

SERVICIO DE TRANSPORTE Y DISTRIBUCION DE AGUA EN EL MUNICIPIO DE SANTIAGO. · Corporación de Acueducto y Alcantarillado de Santiago

Publicado el 24 jun de 202640 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso CORAASAN-CCC-LPN-2026-0023

Lo que dice

El pliego establece las condiciones de la Licitación Pública Nacional CORAASAN-CCC-LPN-2026-0023 para transportar y distribuir agua en Santiago, con un presupuesto de RD$37,180,000 dividido en dos lotes de RD$18,590,000 cada uno. Prevé una duración de hasta un año o hasta agotar el monto, y adjudicación por lote al oferente habilitado que presente el menor precio. Incluye requisitos de participación, evaluación técnica y financiera, garantías y condiciones de ejecución.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (4)

A revisarHallazgo en documentos

Exige garantía de seriedad también a MIPYMES

Documento del 24 jun 2026 · hace 3 meses

El pliego exige garantía de seriedad a los oferentes sin excluir a las MIPYMES, aunque la Ley 47-25 dispone que no se les requiera. El proceso no está reservado a MIPYMES, pero estas pueden participar en procedimientos generales.

“los oferentes/proponentes deberán constituir una garantía de seriedad de su oferta”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 175 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 175 — Reglas especiales de garantías a MIPYMES

Artículo 175.- Reglas especiales de garantías a MIPYMES. Para el régimen de garantías en las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) se aplicarán las reglas siguientes: 1) Las instituciones contratantes solo podrán exigir como garantías fianzas prestadas a través de compañías aseguradoras; 2) No se requerirá la garantía de seriedad de oferta. Párrafo.- Sin perjuicio de la aplicación de las sanciones previstas en la presente ley, si el proveedor beneficiado con lo establecido en el numeral 2) de este artículo, renuncia de forma injustificada a la adjudicación o no cumple con la ejecución del contrato, perderá los beneficios allí establecidos por un período de dos (2)…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

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A revisarHallazgo en documentos

Inconsistencia en los documentos financieros exigidos

Documento del 24 jun 2026 · hace 3 meses

El pliego enumera declaraciones anuales y certificación de línea de crédito, pero luego permite optar por estados financieros o línea de crédito; la tabla de evaluación vuelve a incluir ambos documentos como criterios separados. Esa discrepancia puede producir decisiones distintas sobre qué debe acreditar cada oferente.

“El oferente podrá optar por presentar los estados financieros o la certificación de línea de crédito, esto con el fin de acreditar su capacidad financiera. … Copia de las Declaraciones Juradas Anuales del Impuesto Sobre la Renta de Sociedad”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Reglamento 52-26, art. 101 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar

Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 101 — Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación

Artículo 101.- Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación. El pliego de condiciones debe asegurar la coherencia entre las especificaciones técnicas o términos de referencia, los requisitos de calificación, los criterios de evaluación y los criterios de adjudicación previstos para el procedimiento de contratación. Párrafo I. Las especificaciones técnicas y los términos de referencia no pueden contener requisitos que no guarden relación directa con el objeto contractual o con su correcta ejecución, ni establecer condiciones que contradigan los criterios de evaluación o adjudicación. Párrafo II. Los criterios de evaluación y adjudicación…

A revisarHallazgo en documentos

Carta de conformidad de CORAASAN como requisito no subsanable

Documento del 24 jun 2026 · hace 3 meses

A quienes hayan tenido contratos previos con CORAASAN se les exige una carta emitida por la propia institución y la omisión implica descalificación automática sin subsanación. La condición especial, limitada a proveedores con antecedentes contractuales con CORAASAN, merece revisión por su efecto habilitante y por depender de una certificación de la entidad contratante.

“La no presentación de la misma descalifica al oferente del proceso. … dará lugar a la descalificación automática del oferente, sin posibilidad de subsanación”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 4 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 4 — Principios

Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

ContextoHallazgo en documentosPosible explicación normal

Certificado de no antecedentes penales exigido a múltiples personas

Documento del 24 jun 2026 · hace 3 meses

El pliego requiere certificación de no antecedentes penales para el oferente o representante y para directivos, representantes y socios principales con más del 10% del capital. Merece revisión si este alcance excede las inhabilidades legales, que se refieren a determinados delitos y condiciones, y si resulta proporcional al objeto contractual.

“Certificación de no antecedentes penales del oferente y/o representante y/o de los directivos, representantes y accionistas/socios principales que representen más del (10%) del capital social”

Posible explicación normal: la ley o el reglamento podría permitirlo.

Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 38 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 38 — Inhabilidades para contratar

Artículo 38.- Inhabilidades para contratar. Se establece, bajo las condiciones y el alcance previsto en este artículo, un régimen de inhabilidades para contratar, el cual puede ser de dos tipos, por un lado absolutas, cuando el impedimento para contratar se extienda a todos los entes, órganos o instituciones, o por otro lado relativas, cuando se limiten a un determinado ente, órgano o institución; en consecuencia, no podrán ser oferentes ni contratar con los entes, los órganos o instituciones referidos en el artículo 2 de la presente ley, ni las personas físicas o jurídicas, en los términos siguientes: 1) Inhabilidades absolutas: a) El presidente y vicepresidente de la República, los…

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Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

Otros documentos del proceso (38)

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  • 3. Formulario de compromiso ético DGCP.docxDocumento · 9 jun de 2026
  • 9. SNCC_F034 Formulario Presentación de Oferta.docxDocumento · 9 jun de 2026
  • 10. SNCC_F036 Formulario Equipos del Oferente.docxDocumento · 9 jun de 2026
  • 8. SNCC_F033 Formulario De Oferta Económica.docxDocumento · 9 jun de 2026
  • 12. SNCC_F042 Informacion Del Oferente.docxDocumento · 9 jun de 2026
  • Declaración Jurada De Oferta Libre De Colusión.docxDocumento · 9 jun de 2026
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  • Acta de Aprobación del Pliego.pdfPliego · 10 jun de 2026

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  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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4. SNCC_C024 Contrato para Ejecución de Servicios..docxContrato · 18 jun de 2026
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