Registro del plan anual posterior a la convocatoria
· hace 3 meses
La solicitud marca la contratación como planificada, pero el contexto del portal indica que el Plan Anual de Contrataciones que la incluye fue publicado el 29 de septiembre de 2026, después de la convocatoria del 24 de junio. La diferencia temporal merece verificarse para determinar cuándo estuvo disponible públicamente la planificación; el documento por sí solo no establece que la contratación estuviera fuera del plan.
“Planificada: Sí”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 86 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 86 — Plan Anual de Contrataciones (PAC)
Artículo 86.- Plan Anual de Contrataciones (PAC). Las instituciones contratantes sujetas al ámbito de aplicación de la presente ley tendrán la obligación de elaborar planes anuales de contratación de obras, bienes y servicios, de acuerdo con las políticas, normas y metodologías establecidas por los reglamentos de aplicación de la presente ley. Párrafo I.- Los planes anuales de contratación deberán ser publicados y gestionados en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas y en los portales de las instituciones contratantes. Párrafo II.- Sin perjuicio de las excepciones previstas, toda contratación deberá constar en estos planes y estos deberán ser consistentes con las apropiaciones…
Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →