El pliego del proceso MIVHED-CCC-LPN-2026-0009 establece una licitación pública nacional para servicios de administración de contenido publicitario, convocada el 24 de junio de 2026, con presupuesto referencial de RD$30,000,000.00 y vigencia contractual de un año. Fija requisitos de experiencia empresarial y del equipo, evaluación técnica y financiera por «Cumple/No cumple», y adjudicación al menor precio entre las ofertas conformes.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
Para un contrato estimado en RD$30,000,000, el pliego exige al menos tres contratos previos con instituciones gubernamentales, cada uno por RD$25,000,000 o más, además de cinco años de experiencia y cinco años de constitución como central de medios. Este conjunto de filtros puede limitar significativamente la participación y merece revisión de su proporcionalidad con el objeto.
“Experiencia mínima de cinco (5) años en colocación de medios masivos, incluyendo al menos tres (3) contratos de colocación de publicidad para campañas en instituciones gubernamentales, con montos iguales o superiores a RD$25,000,000.00 (vei”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
El pliego condiciona el primer pago del 30% a un plazo de hasta 30 días hábiles desde el registro del contrato en la Contraloría, mientras la ley dispone el anticipo con la suscripción del contrato u orden. La diferencia temporal puede afectar el acceso oportuno de una MIPYME al flujo de caja previsto; el pliego también exige garantía por el total del anticipo.
“En caso de que el adjudicatario sea una Micro, Pequeña o Mediana Empresa (MIPYMES), se realizará un primer pago correspondiente al treinta por ciento (30%) del monto total del contrato, en un plazo máximo de treinta (30) días hábiles, conta”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 174 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 174 — Anticipo de pago a MIPYMES
Artículo 174.- Anticipo de pago a MIPYMES. Las instituciones contratantes deberán otorgar un treinta por ciento (30%) de anticipo con la suscripción del contrato, orden de compra o de servicio correspondiente, en todas las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), sin necesidad de que sea presentada factura alguna.
El objeto abarca medios tradicionales y digitales, eventos y otros medios alternativos, pero el pliego pide cotizar un precio global sin definir cantidades de campañas, inserciones o colocaciones por canal. Esa falta de una base cuantificada puede dificultar comparar precios y verificar el gasto y los entregables durante la ejecución.
“Se requiere la contratación de una central de medios para la planificación, gestión y colocación de contenido publicitario en medios tradicionales y digitales, con el objetivo de garantizar una ejecución coordinada de las campañas instituci”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 87 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 87 — Estudios previos
Artículo 87.- Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con lo dispuesto por los reglamentos de aplicación de la presente ley y con las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual, los que deben determinar, como mínimo, lo siguiente: 1) La necesidad que atender; 2) El costo estimado del bien, obra o servicio a contratar, de tal forma que se establezca el presupuesto estimado de la contratación y se identifique la partida presupuestaria a afectar; 3) La determinación del tipo de contrato a celebrar, describiendo su objeto y las prestaciones que se espera recibir del proveedor; 4) La estimación, tipificación y…
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona