sábado, 17 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
ComprasPresupuestoCifrasResoluciones DGCP
El Estado bajo la lupa

Abriendo la ficha…

Informe pericial · Acta 25-2026

Acta No 25 CCCP PROCEDIMIENTO PEPU.pdf

ADQUISICION DE UN TERRENO PARA CONSTRUCCION DEL CEMENTERIO MUNICIPAL DE CEVICOS · Ayuntamiento Municipal de Cevicos

Publicado el 18 jun de 2026Fechado el 17 jun de 20262 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso AC-CCC-PEPU-2026-0002

Lo que dice

El acta núm. 25-2026, de 2026-06-18, aprueba el procedimiento de excepción por proveedor único y el pliego para adquirir un terreno destinado al cementerio municipal de Cevicos, y designa tres peritos. El acta consigna un presupuesto estimado de RD$5,000,000, mientras que el portal registra RD$12,000,000 como monto estimado y una oferta por ese mismo monto. El documento no adjudica el contrato.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (3)

A revisarHallazgo en documentosRD$12 millones

Diferencia entre el monto estimado del acta y el del portal

Documento del 18 jun 2026 · hace 3 meses

El acta cifra el presupuesto estimado en RD$5,000,000; el portal registra RD$12,000,000 como monto estimado y la oferta del proveedor único también asciende a RD$12,000,000. La diferencia requiere conciliarse con la estimación aprobada y cualquier actualización documentada del proceso.

“Que dado, que el presupuesto estimado para la compra haciende a (RD$ 5,000,000.00), y de acuerdo a las previsiones de la ley … los umbrales establecidos para el afio 2026”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 92 · Reglamento 52-26, art. 99 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 92 — Presupuesto estimado

Artículo 92.- Presupuesto estimado. La institución contratante determinará el presupuesto estimado de la contratación a fin de establecer el procedimiento de selección correspondiente y gestionar la asignación presupuestaria necesaria.

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 99 — Vinculación con los estudios previos y el presupuesto

Artículo 99.- Vinculación con los estudios previos y el presupuesto. El pliego de condiciones debe guardar coherencia directa con los estudios previos, la definición del objeto contractual, la investigación de mercado y la apropiación presupuestaria que respalda la contratación. Párrafo. La institución contratante debe dejar constancia, en el expediente administrativo, de que el pliego ha sido elaborado tomando en cuenta los estudios y datos de mercado, la estimación del valor referencial, los riesgos relevantes y la disponibilidad presupuestaria.

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →
A revisarHallazgo en documentos

Peritos designados sin identificación de un perfil legal

Documento del 18 jun 2026 · hace 3 meses

El acta designa tres peritos: un ingeniero, un contable y un contralor, pero no identifica a ninguno como perito legal. La regla general requiere peritos técnico, financiero y legal; corresponde verificar si hubo una designación adicional o si la composición se ajustó a esos perfiles.

“DESIGNAR como perito a: lng. Wilmer Enmanuel Almonte Fern5ndez, Lic. Leoncio Alvarez, contable, Lic. Hector Rafael Martinez, contralor, para que asesoren al comit6 de Compras y Contrataciones de este Ayuntamiento Municipal de Cevicos”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 90 · Reglamento 52-26, art. 89 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 90 — Designación de peritos

Artículo 90.- Designación de peritos. Para cada procedimiento de contratación, la institución contratante deberá designar los peritos que participarán en la elaboración de las especificaciones técnicas y la evaluación de las propuestas. Párrafo I.- Con excepción del procedimiento de contratación menor, deberán designarse un mínimo de tres (3) peritos: uno (1} legal, uno (1) financiero y uno (1) técnico, procurando siempre que el número total de peritos sea impar. Párrafo II.- Los reglamentos de aplicación a de la presente ley, las normas, instructivos y políticas adoptadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas, regulará los mecanismos de designación de peritos asegurando la…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 89 — Perfil y cantidad de peritos

Artículo 89.- Perfil y cantidad de peritos. Las instituciones contratantes deben designar como mínimo tres (3) peritos, procurando que el número total sea impar, integrados de la siguiente manera: 1. Un perito técnico, con conocimientos en el objeto de la contratación o en el área del conocimiento que corresponda (ingeniería, salud, tecnología, servicios, etc.); 2. Un perito financiero o económico, responsable de analizar la razonabilidad de precios, presupuestos y sostenibilidad económica de las ofertas; 3. Un perito legal, encargado de verificar la conformidad jurídica de las actuaciones y documentos legales. Párrafo I. En los procedimientos de contratación menor y de contratación directa…

A revisarHallazgo en documentos

Selección directa para adquirir un inmueble: verificar el supuesto excepcional

Documento del 18 jun 2026 · hace 3 meses

El acta aprueba proveedor único para adquirir un terreno y afirma que identificó un solo terreno que cumple las especificaciones. El Reglamento establece como regla una convocatoria pública para adquirir o arrendar inmuebles y reserva la selección directa para el caso excepcional de un único proveedor; conviene verificar que la justificación documente ese supuesto y no solo la singularidad del terreno elegido.

“se pudo identificar un solo terreno que cumpla con las especificaciones t6cnicas que busca la alcaldia, sin exceder el monto aprobado para la compra”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 163 · Ley 47-25, art. 79 · Ley 47-25, art. 78 · con ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 163 — Procedimiento para adquisición o arrendamiento de inmuebles para uso estatal

Artículo 163.- Procedimiento para adquisición o arrendamiento de inmuebles para uso estatal. Los procedimientos de contratación para la adquisición o el arrendamiento de inmuebles para uso estatal deben realizarse cuando concurran, como mínimo, las siguientes condiciones: 1. Necesidad institucional: Que sea necesario un inmueble directamente vinculado con las funciones, programas o servicios institucionales que justifican la contratación. 2. Inexistencia de alternativas: Que no existan alternativas razonables dentro del patrimonio estatal, lo cual debe acreditarse mediante un estudio técnico. 3. Justificación de la contratación: Que se acredite la necesidad de contratar la adquisición o el…

Texto oficial completo

Ley 47-25, artículo 79 — Justificación de las excepciones

Artículo 79.- Justificación de las excepciones. El uso de cualquiera de las excepciones a los procedimientos ordinarios de selección deberá estar siempre justificado y debidamente motivado mediante resolución del Comité de Contrataciones Públicas de la institución contratante para aprobar el inicio de su ejecución, previo informes técnicos y jurídicos que motiven y justifiquen su uso. Párrafo.- Los principios rectores de la contratación pública son aplicables a los procedimientos de contratación mediante excepción, de conformidad con la naturaleza y características específicas que correspondan.

Oferentes que registra (1)

1 mencionado

OferenteResultado en el actaLote o grupoMonto
Hector Manuel Sanchez UreñaEl portal registra una oferta cargada y pendiente por RD$12,000,000; el pliego anterior lo identifica como la persona a quien se solicita presentar propuesta como proveedor único o representante del propietario del terreno.Mencionado—RD$12,000,000

Otros documentos del proceso (12)

  • ACTA DE APROBACION DE PLIEGO PROCEDI Y DESIGNACION DE PERITOS.pdfInforme pericial · 18 jun de 2026
  • AUTORIZACION DE INICIO DE PROCESO.pdfActa de adjudicación · 18 jun de 2026
  • Certificacion de Existencia de Fondos.pdfCertificación de fondos · 18 jun de 2026
  • COMPROMISO ETICO DE LA INSTITUCION CONTRATANTE.pdfDocumento · 18 jun de 2026
  • INFORME TECNICO JUSTIFICATIVO.pdfInforme justificativo · 18 jun de 2026 · 3 señales
  • PLIEGO DE CONDICIONES .pdfPliego · 18 jun de 2026 · 2 señales
  • Resolucion No 002 que dispone la modalidad de excepcion PEPU.pdfResolución · 18 jun de 2026 · 1 señal
  • SOLICITUD DE COMPRA O CONTRATACION.pdfSolicitud de compra · 18 jun de 2026
  • Acta de Adjudicacion Cementerio .pdfActa de adjudicación · 27 jul de 2026 · 3 señales
  • Acta De Adjudicacion Cementerio M. .pdfActa de adjudicación · 27 jul de 2026
  • Informe final del portalDocumento · —

Sigue explorando · Dinero público

Todas las secciones →
  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 78 — Tipos de procedimientos de excepción

Artículo 78.- Tipos de procedimientos de excepción. Serán considerados como tipos de procedimiento de excepción los siguientes: 1) Emergencia. Las contrataciones, autorizadas a partir de un decreto presidencial, que se realicen en situaciones de emergencia, en todo o parte del territorio nacional, vinculadas a alteraciones graves de la normalidad, que se detallan a continuación: a) Catástrofes, calamidades o desgracias públicas, tales como terremotos, inundaciones, sequías, incendios urbanos y forestales o accidentes de gran magnitud; b) Crisis sanitarias, tales como pandemias, epidemias y situaciones de contaminación graves que afecten las vidas de las personas; c) Paralización de…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →
  • Informe final del portalDocumento · —