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Enmienda

ENMIENDA .pdf

ADQUISICIÓN DE REATIVOS DE LABORATORIO ABBOTT Y ACL · Centro Cardio-Neuro Oftalmologico y Trasplante

Publicado el 18 jun de 2026Fechado el 15 jun de 20264 páginasEn el mensaje «ENMIENDA»

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso CECANOT-CCC-PEPU-2026-0001

Lo que dice

La Enmienda No. 01 del proceso CECANOT-CCC-PEPU-2026-0001 recoge observaciones de monitoreo formuladas el 12 de junio de 2026 y la respuesta del Comité, que resolvió el 16 de junio de 2026. Modifica la entrega para fijar un plazo de cinco días desde el requerimiento, sustituye la referencia a certificaciones técnicas por una certificación de proveedor único, aclara que no se requieren muestras y elimina la garantía de mantenimiento y seriedad por tratarse de selección directa.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (3)

A revisarEnmienda relaja un control

Enmienda relaja un control del pliego

Documento del 18 jun 2026 · hace 3 meses

El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Se elimina la verificación física de muestras que podía permitir comprobar las características de los bienes ofrecidos..

Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 104 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones

Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

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A revisarHallazgo en documentos

Plazo de entrega con instrucciones contradictorias

Documento del 18 jun 2026 · hace 3 meses

La enmienda fija un máximo de cinco días desde el requerimiento, pero también indica que el requerimiento tendrá un preaviso de 48 días y remite a cronogramas aprobados. Esa discrepancia deja incierta la antelación real exigida para entregar los bienes y puede afectar la planificación de las ofertas.

“"(...) los cuales se harán a requerimiento del departamento contratante y en un plazo no mayor de cinco (5) días, a partir del requerimiento del departamento contratante. Debiendo entregar la totalidad de los bienes antes de la fecha de ter”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 97 · Reglamento 52-26, art. 77 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 77 — Reglas particulares para los contratos de bienes según demanda

Artículo 77.- Reglas particulares para los contratos de bienes según demanda. En los contratos de bienes según demanda, la institución contratante puede requerir la entrega de los bienes durante el lapso de duración previsto y al precio unitario contratado, de acuerdo con sus necesidades y con una frecuencia preestablecida y acordada en el contrato. Párrafo I. En el pliego de condiciones debe advertirse que la institución contratante no asume el compromiso de requerir el total de las unidades adjudicadas, sino únicamente aquellas que sean requeridas. En consecuencia, el valor del contrato debe establecerse sobre un monto tope máximo determinable. Párrafo II. La institución contratante debe…

A revisarHallazgo en documentos

Certificación de proveedor único sin criterios de acreditación especificados

Documento del 18 jun 2026 · hace 3 meses

La respuesta concreta el requisito como una «Certificación de Proveedor Único», pero no identifica quién debe emitirla ni qué evidencia o criterios permitirían aceptarla. La falta de precisión puede dar lugar a diferencias de interpretación al verificar la condición que sustenta la selección directa.

“"certificaciones de normas (Certificación de Proveedor Unico). Se solicita la Certificación de Proveedor Unico."”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 97 · Reglamento 52-26, art. 166 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 166 — Procedimiento de selección directa en caso de proveedores únicos

Artículo 166.- Procedimiento de selección directa en caso de proveedores únicos. Se entiende que existe un proveedor único, y que la contratación de bienes o servicios solo puede ser satisfecha por una determinada persona física o jurídica, cuando dicha persona es la única que ofrece el bien o servicio en el mercado, o cuando posee la titularidad o el derecho exclusivo sobre el objeto contractual. Se consideran causas válidas para configurar la condición de proveedor único las siguientes: 1. La existencia de derechos exclusivos de propiedad industrial o intelectual, tales como patentes, licencias, marcas registradas o software propietario. 2. La necesidad de compatibilidad técnica o de…

Cambios que introduce (4)

SecciónAntesDespuésEfecto
Pliego, apartado 1.5Plazo y condiciones de entregaEl plazo sería el propuesto por el proveedor adjudicatario, conforme a cronogramas posteriores aprobados por la institución.Entrega en un plazo no mayor de cinco días desde el requerimiento; también indica que los cronogramas aprobados se harán a requerimiento con un preaviso de 48 días.Aclara
Pliego, apartado 1.10.1.1, literal C.2Certificaciones requeridasSe exigían certificaciones de normas técnicas como requisito no subsanable, sin identificar cuáles.Se exige una «Certificación de Proveedor Único».Aclara
Pliego, apartado DPresentación de muestrasSe indicaba que los oferentes debían entregar muestras en formato físico según fecha, hora y lugar del cronograma.La institución declara que no solicita muestras y dispone obviar ese punto.RelajaQuita un control: Se elimina la verificación física de muestras que podía permitir comprobar las características de los bienes ofrecidos.
Pliego, garantía de mantenimiento y seriedad de la ofertaGarantía de seriedadLa garantía debía mantenerse vigente hasta el 30 de septiembre de 2026.Se establece que no se requiere garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta por ser una selección directa.Relaja

Otros documentos del proceso (11)

  • ACTA DE INICIO.pdfActa · 9 jun de 2026 · 1 señal
  • INFORME DE JUSTIFICACION.pdfInforme justificativo · 9 jun de 2026 · 2 señales
  • SNCC_F033_Of_Economica.pdfDocumento · 9 jun de 2026
  • SNCC_F034_Presentacion_de_Oferta.pdfDocumento · 9 jun de 2026
  • SNCC_F042_Informacion_Oferente.pdfDocumento · 9 jun de 2026
  • contrato-ejecucion-de-bienes (1).pdfContrato · 9 jun de 2026
  • SOLICITUD DE COMPRA.pdfSolicitud de compra · 9 jun de 2026 · 2 señales
  • PLIEGO DE CONDICIONES CECANOT-CCC-PEPU-2026-0001.pdfPliego · 9 jun de 2026 · 5 señales
  • CONVOCATORIA.pdfDocumento · 9 jun de 2026
  • INFORME DE EVALUACION ECONOMICA.pdfInforme de evaluación · 14 jul de 2026 · 3 señales
  • Informe final del portalDocumento · —

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  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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