El informe de estudios previos, fechado el 12 de junio de 2026, reconstruye la contratación y comparación de propuestas de firmas jurídicas efectuada en 2024, y recomienda contratar a Clark Hill para el proceso arbitral CPA 2020-50. También consigna que Webuild desistió de la instancia en septiembre de 2024 y que el Tribunal declaró concluido el arbitraje, aunque el procedimiento de 2026 busca servicios para una nueva etapa; el informe afirma que el presupuesto de 2026 previó el importe del procedimiento, sin indicar aquí la cifra.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El informe afirma que GST recibió solicitudes de información desde enero de 2021 y que ello evidencia el inicio de trabajos antes de la firma del contrato, que el propio documento sitúa el 25 de noviembre de 2022. Es un antecedente de la contratación previa que merece verificarse en los registros de autorización, prestación y pagos; no determina por sí mismo una irregularidad en la adjudicación de 2026.
“Desde el mes de enero del 2021 se ha documentado la petición de informaciones de GST al INDRHI, vía el MIC, lo cual evidencia el inicio de los trabajos antes de la firma del contrato de servicios.”
El estudio recomienda contratar servicios para el proceso arbitral, pero también afirma que el arbitraje concluyó y registra un desistimiento de Webuild y un acuerdo para terminar la disputa en 2024. La diferencia temporal podría tener explicación en actuaciones posteriores o tareas pendientes, pero el informe no reconcilia esos hechos con la necesidad de contratar en 2026 para una nueva etapa; conviene verificar el alcance actual requerido antes de respaldar el gasto de RD$32,000,000.
“El presente arbitraje ha concluido de conformidad con el artículo 34(1) del Reglamento CNUDMJ5 … la demandante Webuild firmó con el INDRHI un acto de desistimiento de la instancia arbitral identificada como CPA”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 87 · Reglamento 52-26, art. 85 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 87 — Estudios previos
Artículo 87.- Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con lo dispuesto por los reglamentos de aplicación de la presente ley y con las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual, los que deben determinar, como mínimo, lo siguiente: 1) La necesidad que atender; 2) El costo estimado del bien, obra o servicio a contratar, de tal forma que se establezca el presupuesto estimado de la contratación y se identifique la partida presupuestaria a afectar; 3) La determinación del tipo de contrato a celebrar, describiendo su objeto y las prestaciones que se espera recibir del proveedor; 4) La estimación, tipificación y…
Artículo 85.- Estudios previos. Los estudios previos que sean desarrollados como parte de la planificación contractual de cada institución deben elaborarse por escrito, con la firma de los responsables técnicos, financieros y jurídicos de la institución, y deben formar parte integral del expediente administrativo del procedimiento de contratación. Deben contener, como mínimo, los aspectos establecidos en el artículo 87 de la Ley núm. 47-25. Párrafo. Cuando se produzcan variaciones sustanciales en las condiciones del mercado, del presupuesto o del objeto contractual, los estudios previos deben ser actualizados antes de la publicación del procedimiento.
Oferentes que registra (2)
1 adjudicado · 1 mencionado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Clark Hill PLCEl informe la recomienda con base en la comparación de propuestas de 2024; según el acta de adjudicación indicada en los antecedentes del proceso, resultó adjudicada en 2026 por cumplir los requisitos del pliego.
Adjudicado
—
RD$29,348,000
GST LLPEl informe la identifica como firma contratada anteriormente y compara su propuesta histórica de 2024 con la de Clark Hill; no consigna que participara como oferente en la convocatoria de 2026.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona