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Pliego

Pliego de condiciones Servicios Chimeneas .pdf

"Contratación de Servicios de Instalación de Chimeneas de Desfogue para la Extracción de Gases, para el Proyecto Construcción de Relleno Sanitario en distintos Municipios dirigido MiPymes" · ECO5RD

Publicado el 17 jun de 202654 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso ECORD-CCC-CP-2026-0002

Lo que dice

El pliego de junio de 2026 establece una contratación simplificada dirigida a MIPYMES para instalar chimeneas de desfogue en cinco lotes, con presupuesto total de RD$5,457,717.73 y 252 unidades. Fija la recepción de ofertas para el 25 de junio de 2026 y dispone adjudicar, como regla, un lote por oferente; también establece requisitos técnicos, financieros y de debida diligencia cuya aplicación merece revisión por las razones indicadas en las señales.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (10)

A revisarHallazgo en documentos

Umbral del 15 % también aplicado a ofertas por encima del presupuesto

Documento del 17 jun 2026 · hace 3 meses

El pliego permite considerar temeraria o no sustentable una oferta que supere en más de 15 % el valor referencial de cada lote, además de las ofertas inferiores. El Reglamento contempla identificar ofertas anormalmente bajas mediante un porcentaje a la baja definido en el pliego; aplicar ese mismo mecanismo a ofertas altas merece revisión, en particular si estas no exceden la apropiación presupuestaria disponible.

“En cuanto a la oferta económica, si el precio presentado es inferior o mayor en más de un quince (15%) por ciento en relación con el valor referencial de cada lote, se considerará no sustentable o … temerario, por ser anormalmente bajo o”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 123 · Reglamento 52-26, art. 124 · con ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 123 — Exclusiones por ofertas temerarias

Artículo 123.- Exclusiones por ofertas temerarias. Para considerar la posibilidad de una oferta temeraria o económicamente no sustentable, por presentar un precio o costo anormalmente bajo frente al objeto de la contratación, esta debe superar la diferencia porcentual a la baja prevista en el pliego de condiciones con relación al presupuesto base del procedimiento de contratación. Párrafo. La Dirección General de Contrataciones Públicas debe emitir manuales, instructivos y guías para identificar ofertas temerarias o económicamente no sustentables por presentar precios anormalmente bajos.

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Reglamento 52-26, artículo 124 — Procedimiento para la exclusión de ofertas temerarias

Artículo 124.- Procedimiento para la exclusión de ofertas temerarias. En caso de que se haya identificado la posibilidad de una oferta temeraria o económicamente no sustentable, el responsable de la organización, gestión y ejecución del procedimiento de contratación, es decir, el Comité de Contrataciones Públicas o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda, previo a proceder a la exclusión de la oferta por considerarse presuntamente anormalmente baja, debe agotar las siguientes actuaciones: 1. Solicitar por escrito al oferente que describa con mayor detalle todo elemento económico de su oferta que suscite dudas acerca de su aptitud para cumplir el contrato. 2. Los peritos…

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Solo tres días para responder indicios en debida diligencia

Documento del 17 jun 2026 · hace 3 meses

Para responder por escrito a indicios detectados en la debida diligencia, el pliego otorga tres días hábiles. El procedimiento reglamentario de exclusión por prácticas prohibidas concede cinco días hábiles para presentar defensa; conviene verificar cómo se armoniza este plazo con la exclusión prevista en el mismo pliego.

“Además, le otorgará un plazo de tres (3) días hábiles para que el oferente presente, también por escrito, sus argumentos y evidencias que demuestren que no existe lo alegado.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 116 · Reglamento 52-26, art. 110 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 116 — Exclusión de oferentes por prácticas prohibidas

Artículo 116.- Exclusión de oferentes por prácticas prohibidas. Los oferentes, en cualquier fase del procedimiento de selección, podrán ser excluidos cuando se compruebe que han incurrido en algunas de las prácticas prohibidas siguientes: 1) Cuando el o los oferentes se encuentre en el régimen de inhabilidades previsto en la presente ley o haya intentado eludirlo a través de maniobras; 2) Cuando el o los oferentes haya desarrollado prácticas o actuaciones tendentes a influenciar a las autoridades de la institución contratante, a fin de ser beneficiado directa o indirectamente; 3) Cuando el o los oferentes hayan ejercido actos o acuerdos nominados y sancionados por la ley sobre defensa de la…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 110 — Exclusión de oferentes por prácticas prohibidas

Artículo 110.- Exclusión de oferentes por prácticas prohibidas. La exclusión de oferentes por haber incurrido en alguna de las prácticas prohibidas establecidas en el artículo 116 de la Ley núm. 47-25 debe cumplir con el siguiente procedimiento: 1. El procedimiento puede iniciar de oficio o a requerimiento de cualquier parte interesada o ciudadano; 2. El inicio del procedimiento debe formalizarse mediante acto administrativo motivado y notificado al oferente correspondiente, en el que se detallen las prácticas prohibidas en las que habría incurrido y las pruebas que las sustenten; 3. A partir de la notificación del acto administrativo indicado en el numeral anterior, el oferente tiene un…

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Condición de estar al día para recibir pagos de MIPYMES

Documento del 17 jun 2026 · hace 3 meses

El pliego condiciona los pagos a que el proveedor adjudicatario esté al día con sus obligaciones fiscales y de seguridad social. La ley permite a las MIPYMES adjudicadas recibir pagos aun con obligaciones pendientes para que puedan regularizarse; la condición contractual podría restringir ese derecho y afectar el flujo de caja durante la ejecución.

“En adición a lo antes expuesto, los pagos serán realizados, siempre y cuando el proveedor adjudicatario esté al día con la documentación que se en lista, a continuación: 1. Obligaciones fiscales y de la seguridad social (DGII y TSS);”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 172 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 172 — Reservas de contrataciones

Artículo 172.- Reservas de contrataciones. Las instituciones contratantes, al momento de realizar su formulación presupuestaria, reservarán como mínimo el treinta por ciento (30%) de las partidas asignadas para contrataciones, para procedimientos de contratación destinados exclusivamente para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), distribuido de la forma siguiente: 1) Veinte por ciento (20%) para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) en general; 2) Diez por ciento (10%) para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) dirigidas por mujeres. Párrafo I.- Los porcentajes indicados en este artículo deben ser distribuidos trimestralmente. Párrafo II.- Los reglamentos de…

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El cronograma no incluye publicación en periódicos nacionales

Documento del 17 jun 2026 · hace 3 meses

El cronograma identifica la publicación de la convocatoria en el SECP y el portal institucional, pero no menciona los dos días consecutivos de publicación en periódicos impresos nacionales que exige la ley. Conviene verificar si esa publicación adicional fue prevista y realizada.

“1. Publicación del aviso de convocatoria en el SECP y en el portal web institucional 17 de junio del 2026”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 98 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 98 — Publicidad de la convocatoria

Artículo 98.- Publicidad de la convocatoria. La convocatoria a presentar ofertas en el procedimiento de selección correspondiente deberá generarse a través del portal de la institución contratante, en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas y en periódicos impresos de circulación nacional durante dos (2) días consecutivos. Párrafo I.- De manera conjunta con la convocatoria, deberá hacerse disponible el pliego de condiciones a través de los medios indicados. Párrafo II.- En los casos que se requiera una convocatoria internacional, deberá adicionalmente, realizarse una publicación a través de medios digitales de difusión internacional orientados al mercado público y otros mecanismos…

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Exclusión por antecedentes o procesos sancionadores pendientes

Documento del 17 jun 2026 · hace 3 meses

El pliego contempla desestimar sin más trámite por antecedentes de incumplimiento de cualquier naturaleza o por procesos de inicio de sanción, sin que el texto condicione la exclusión a una decisión firme. La ley enumera las prácticas prohibidas que permiten excluir y exige oír al oferente; esta cláusula puede ampliar los motivos de exclusión y reducir la contradicción efectiva.

“Si se determina que el oferente tiene precedentes de incumplimiento de cualquier naturaleza o antecedentes de comisión de conductas antijuridicas en procedimientos lanzados por esta Institución, o se evidencie la existencia de procesos de i”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 116 · Reglamento 52-26, art. 110 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 116 — Exclusión de oferentes por prácticas prohibidas

Artículo 116.- Exclusión de oferentes por prácticas prohibidas. Los oferentes, en cualquier fase del procedimiento de selección, podrán ser excluidos cuando se compruebe que han incurrido en algunas de las prácticas prohibidas siguientes: 1) Cuando el o los oferentes se encuentre en el régimen de inhabilidades previsto en la presente ley o haya intentado eludirlo a través de maniobras; 2) Cuando el o los oferentes haya desarrollado prácticas o actuaciones tendentes a influenciar a las autoridades de la institución contratante, a fin de ser beneficiado directa o indirectamente; 3) Cuando el o los oferentes hayan ejercido actos o acuerdos nominados y sancionados por la ley sobre defensa de la…

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Reglamento 52-26, artículo 110 — Exclusión de oferentes por prácticas prohibidas

Artículo 110.- Exclusión de oferentes por prácticas prohibidas. La exclusión de oferentes por haber incurrido en alguna de las prácticas prohibidas establecidas en el artículo 116 de la Ley núm. 47-25 debe cumplir con el siguiente procedimiento: 1. El procedimiento puede iniciar de oficio o a requerimiento de cualquier parte interesada o ciudadano; 2. El inicio del procedimiento debe formalizarse mediante acto administrativo motivado y notificado al oferente correspondiente, en el que se detallen las prácticas prohibidas en las que habría incurrido y las pruebas que las sustenten; 3. A partir de la notificación del acto administrativo indicado en el numeral anterior, el oferente tiene un…

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Declaración de no tener juicios contra el Estado

Documento del 17 jun 2026 · hace 3 meses

El pliego exige declarar que la empresa no tiene juicios con el Estado como parte de la documentación de elegibilidad. La ley establece expresamente que tener un juicio contra el Estado no constituye, por sí solo, una inhabilidad para contratar; la exigencia puede excluir a oferentes por una circunstancia que la ley no considera impedimento.

“(ii) Que no tiene juicios con el Estado Dominicano o sus entidades del Gobierno Central, instituciones descentralizadas y autónomas no financieras, y las instituciones públicas de la seguridad social;”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 38 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 38 — Inhabilidades para contratar

Artículo 38.- Inhabilidades para contratar. Se establece, bajo las condiciones y el alcance previsto en este artículo, un régimen de inhabilidades para contratar, el cual puede ser de dos tipos, por un lado absolutas, cuando el impedimento para contratar se extienda a todos los entes, órganos o instituciones, o por otro lado relativas, cuando se limiten a un determinado ente, órgano o institución; en consecuencia, no podrán ser oferentes ni contratar con los entes, los órganos o instituciones referidos en el artículo 2 de la presente ley, ni las personas físicas o jurídicas, en los términos siguientes: 1) Inhabilidades absolutas: a) El presidente y vicepresidente de la República, los…

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Exigencia de estar al día con DGII y TSS para MIPYMES

Documento del 17 jun 2026 · hace 3 meses

Aunque el proceso está dirigido a MIPYMES, el pliego pide certificaciones de DGII y TSS que acrediten estar al día como parte de la documentación financiera. La ley permite a las MIPYMES participar con obligaciones pendientes durante un período de hasta seis meses, sujeto a la acreditación de cuándo comenzó el incumplimiento; la exigencia general de estar al día puede estrechar esa posibilidad.

“Certificación de la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), que establezca que el proveedor está al día en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias. 4) Certificación de la Tesorería de la Seguridad Social (TSS), que indique e”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 172 · Reglamento 52-26, art. 223 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 172 — Reservas de contrataciones

Artículo 172.- Reservas de contrataciones. Las instituciones contratantes, al momento de realizar su formulación presupuestaria, reservarán como mínimo el treinta por ciento (30%) de las partidas asignadas para contrataciones, para procedimientos de contratación destinados exclusivamente para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), distribuido de la forma siguiente: 1) Veinte por ciento (20%) para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) en general; 2) Diez por ciento (10%) para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) dirigidas por mujeres. Párrafo I.- Los porcentajes indicados en este artículo deben ser distribuidos trimestralmente. Párrafo II.- Los reglamentos de…

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Reglamento 52-26, artículo 223 — Cumplimiento de obligaciones fiscales y de la seguridad social

Artículo 223.- Cumplimiento de obligaciones fiscales y de la seguridad social. De conformidad con lo establecido en la Ley núm. 47-25, las MIPYMES pueden participar en procedimientos de contratación aun cuando no se encuentren al día en sus obligaciones fiscales y de la seguridad social, siempre que el incumplimiento no se haya extendido por un período mayor a seis (6) meses. Párrafo I. A fin de cumplir con esta excepción, el oferente debe presentar certificación de la Dirección General de Impuestos Internos o de la Tesorería de la Seguridad Social, en la que se haga constar el momento a partir del cual inició el incumplimiento de las obligaciones. Párrafo II. A los fines de este artículo,…

ContextoHallazgo en documentosRD$5.1 millones

Diferencia entre lotes del pliego y clasificación del portal

Documento del 17 jun 2026 · hace 3 meses

El pliego presenta cinco lotes y establece como regla adjudicar uno por oferente, mientras el portal clasifica el proceso como no dividido en lotes. El contrato registrado a Ortingsa por RD$5,064,763 supera el presupuesto del lote individual de mayor valor (RD$3,064,326.57); aunque el pliego admite excepcionalmente adjudicar más de un lote, corresponde conciliar la clasificación y el alcance contractual con el resultado por lote.

“Solo se adjudicará un LOTE por oferente conforme a su oferta.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 83 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 83 — Lotificación

Artículo 83.- Lotificación. Para todas las contrataciones establecidas en la presente ley, tratándose de bienes, servicios y obras individualizables, los procedimientos podrán realizarse por lotes, cuando, de conformidad con los estudios previos, se haya identificado tal posibilidad, de manera que, sin afectar el interés público, se busque la inclusión de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES). Párrafo.- Los pliegos de condiciones, en el caso previsto en este artículo, deberán haber establecido los lotes a adjudicar y la posibilidad o no de hacer adjudicaciones parciales, según la naturaleza de la contratación a realizar.

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ContextoHallazgo en documentosPosible explicación normal

La evaluación añade documentación no enumerada en los requisitos iniciales

Documento del 17 jun 2026 · hace 3 meses

El pliego indica que no pueden exigirse documentos que no hayan sido indicados en la sección de documentación, pero la tabla de evaluación legal incorpora, entre otros, estatutos sociales que no aparecen en la lista inicial. Esta discrepancia puede generar incertidumbre sobre los documentos exigibles y sobre la evaluación de las ofertas.

“No podrá exigirse a los oferentes presentar documentos que no hayan sido indicados en esta sección. … Copia de los Estatutos sociales vigentes debidamente registrados en la Cámara de Comercio y Producción correspondiente.”

Posible explicación normal: el documento no muestra efecto en quién gana ni en cuánto se paga.

Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 97 · Reglamento 52-26, art. 101 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

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Reglamento 52-26, artículo 101 — Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación

Artículo 101.- Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación. El pliego de condiciones debe asegurar la coherencia entre las especificaciones técnicas o términos de referencia, los requisitos de calificación, los criterios de evaluación y los criterios de adjudicación previstos para el procedimiento de contratación. Párrafo I. Las especificaciones técnicas y los términos de referencia no pueden contener requisitos que no guarden relación directa con el objeto contractual o con su correcta ejecución, ni establecer condiciones que contradigan los criterios de evaluación o adjudicación. Párrafo II. Los criterios de evaluación y adjudicación…

ContextoHallazgo en documentos

Experiencia del coordinador incluye áreas no claramente vinculadas al objeto

Documento del 17 jun 2026 · hace 3 meses

Para el profesional que coordinará la instalación de chimeneas se exige experiencia en monitoreo ambiental, medición de emisiones gaseosas, calidad de agua y ruido ambiental. La relación de los requisitos de agua y ruido con la instalación descrita no queda clara en el pliego y merece revisión de proporcionalidad y vínculo directo con el servicio.

“Experiencia comprobable en la prestación de servicios de monitoreo ambiental, medición de emisiones gaseosas, calidad de agua y ruido ambiental.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Reglamento 52-26, art. 101 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar

Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 101 — Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación

Artículo 101.- Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación. El pliego de condiciones debe asegurar la coherencia entre las especificaciones técnicas o términos de referencia, los requisitos de calificación, los criterios de evaluación y los criterios de adjudicación previstos para el procedimiento de contratación. Párrafo I. Las especificaciones técnicas y los términos de referencia no pueden contener requisitos que no guarden relación directa con el objeto contractual o con su correcta ejecución, ni establecer condiciones que contradigan los criterios de evaluación o adjudicación. Párrafo II. Los criterios de evaluación y adjudicación…

Oferentes que registra (2)

1 mencionado · 1 adjudicado

OferenteResultado en el actaLote o grupoMonto
Ingenieria JDO, SRLEl portal registra la oferta como cargada y pendiente, con monto mostrado de RD$0; el documento es un pliego y no determina su habilitación.Mencionado—RD$0
Ortingsa, SRLEl portal registra un contrato activo y confirmado para el proceso; el pliego no contiene el acto de adjudicación.Adjudicado—RD$5,064,763

Otros documentos del proceso (23)

  • Formularios.zipDocumento · 17 jun de 2026
  • Solicitud de compras.pdfSolicitud de compra · 17 jun de 2026 · 1 señal
  • Certificación Presupuestaria de Apropiación.zipCertificación de fondos · 17 jun de 2026
  • Especifcaciones técnicas-Bonao.pdfPliego · 17 jun de 2026 · 1 señal
  • Especificaciones técnicas- Guayubín.pdfPliego · 17 jun de 2026 · 1 señal
  • Especificaciones técnicas- Valverde Mao.pdfPliego · 17 jun de 2026
  • Especificaciones técnicas-Yaque y canela.pdfPliego · 17 jun de 2026 · 1 señal
  • Especificaciones técnicas-San ignacio.pdfPliego · 17 jun de 2026 · 1 señal
  • Estudios Previos.pdfEstudio previo · 17 jun de 2026 · 2 señales
  • Acta de Inicio.pdfPliego · 17 jun de 2026
  • Acta de Inicio.pdfInforme pericial · 17 jun de 2026

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  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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Documento · 17 jun de 2026
  • Plano-Hato del Yaque y la Canela.pdfDocumento · 17 jun de 2026
  • Plano-San Ignacio de Sabaneta.pdfDocumento · 17 jun de 2026
  • Plano-Valverde Mao.pdfDocumento · 17 jun de 2026
  • Plano -Guayubín.pdfDocumento · 17 jun de 2026
  • Acta Administrativa No. 045-2026 que recomienda Adjudicación.pdfActa de adjudicación · 28 jul de 2026
  • Acta Administrativa No. 045-2026 que recomienda Adjudicación.pdfActa de adjudicación · —
  • CONTRATO_0001.pdfContrato · —
  • Cuota a comprometer.pdfDocumento · —
  • Informe Económico de adjudicación.pdfActa de adjudicación · —
  • Informe final del portalDocumento · —
  • Scan Acto auténtico comprobación apertura sobre B.pdfDocumento · —