El Acta núm. 04, de 2026-06-16, designa peritos e instruye iniciar y publicar la contratación menor para la primera etapa de la construcción de la funeraria municipal. El portal identifica el objeto como obra no compleja y registra un monto estimado de RD$6,500,000; esa combinación de modalidad y clasificación merece revisión conforme al régimen aplicable desde 2026.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta dispone una contratación menor para construir la funeraria; el portal clasifica el objeto como obra no compleja y estima RD$6,500,000. La ley establece contratación simplificada para obras no complejas, mientras que la contratación menor contempla obras de menor cuantía y reparaciones menores; corresponde verificar la clasificación técnica que fundamentó la modalidad.
“Que la entidad cuenta con los fondos destinados para la ejecución del presente proceso mediante CONTRATACION MENOR que corresponden a la primera etapa de la CONSTRUCCION DE LA FUNERARIA MUNICIPAL DE LAS LAGUNAS ABAJO, MOCA.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 57 · Ley 47-25, art. 66 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 57 — Selección por cuantía
Artículo 57.- Selección por cuantía. La selección por cuantía aplicará en: 1) La licitación pública cuando el valor estimado sea igual o superior al umbral mínimo determinado en aplicación del tratado internacional de libre comercio vigente, el cual deberá ser fijado por la presente ley y calculado por la Dirección General de Contrataciones Públicas; 2) La contratación simplificada cuando el valor estimado sea inferior al umbral fijado por la presente ley y calculado por la Dirección General de Contrataciones Públicas; 3) La contratación menor cuando el valor estimado sea inferior al umbral de contratación simplificada fijado por la presente ley y calculado por la Dirección General de…
Artículo 66.- Contratación menor. La contratación menor es el procedimiento de selección que podrá ser utilizado para la contratación de bienes y servicios comunes y estandarizados o de obras de menor cuantía y reparaciones menores, cuando el valor estimado no exceda del umbral establecido, y para el cual, dado dicho valor, resulta más eficiente agotar un procedimiento expedito de invitación de oferentes que puedan satisfacer la necesidad, sin que ello suponga violentar los principios establecidos en la presente ley. Párrafo.- Los reglamentos de aplicación de la presente ley determinarán el procedimiento para realizar esta contratación garantizando que sea de manera pública, transparente y…
El acta asigna la función pericial a dos técnicos y una persona del área financiera, sin identificar un perito legal, aunque encomienda a la comisión elaborar el pliego y evaluar ofertas. El reglamento permite una designación simplificada para contratación menor; conviene verificar cómo se cubrió la revisión legal del procedimiento.
“Designar Ing. Emilio Antonio Pérez García y Lic. Luis Antonio Martínez, como peritos técnicos autorizados; Lic. Paloma García Ureña, como perito del área financiera.”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 89 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 89 — Perfil y cantidad de peritos
Artículo 89.- Perfil y cantidad de peritos. Las instituciones contratantes deben designar como mínimo tres (3) peritos, procurando que el número total sea impar, integrados de la siguiente manera: 1. Un perito técnico, con conocimientos en el objeto de la contratación o en el área del conocimiento que corresponda (ingeniería, salud, tecnología, servicios, etc.); 2. Un perito financiero o económico, responsable de analizar la razonabilidad de precios, presupuestos y sostenibilidad económica de las ofertas; 3. Un perito legal, encargado de verificar la conformidad jurídica de las actuaciones y documentos legales. Párrafo I. En los procedimientos de contratación menor y de contratación directa…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona