miércoles, 14 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
ComprasPresupuestoCifrasResoluciones DGCP
El Estado bajo la lupa

Abriendo la ficha…

Informe justificativo

INFORME DE ESTUDIOS PREVIOS Y JUSTIFICACION TECNICA .pdf

Contratación para el Remozamiento General de la Biblioteca Nacional Pedro Henríquez Ureña · Ministerio de la Vivienda, Hábitat y Edificaciones

Publicado el 15 jun de 20266 páginasEn el mensaje «INFORME DE ESTUDIOS PREVIOS Y JUSTIFICACION TECNICA»

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso MIVHED-CCC-LPN-2026-0007

Lo que dice

El informe de estudios previos y justificación técnica, formulado en junio de 2026, describe la rehabilitación integral de la Biblioteca Nacional y recomienda tramitar la contratación, destacando que HVAC representa el 75.12% del presupuesto. Estima el proyecto en RD$235,150,253.36, mientras que el portal registra RD$264,212,068.09; además, el informe indica que la documentación legal del inmueble aún estaba en revisión. El documento no contiene número de acta ni fecha exacta.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (4)

A revisarHallazgo en documentosRD$237.8 millones

Presupuesto del estudio difiere del estimado del proceso

Documento del 15 jun 2026 · hace 3 meses

El estudio estima RD$235,150,253.36, frente a RD$264,212,068.09 en el portal. La adjudicación posterior registrada en el expediente fue de RD$237,801,001.37: supera en RD$2,650,748.01 el estimado del estudio, aunque queda bajo el estimado del portal; conviene verificar qué base económica sustentó la contratación.

“El costo estimado para la ejecución total del proyecto asciende a los RD$ 235,150,253.36.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 87 · Ley 47-25, art. 92 · Reglamento 52-26, art. 99 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 87 — Estudios previos

Artículo 87.- Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con lo dispuesto por los reglamentos de aplicación de la presente ley y con las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual, los que deben determinar, como mínimo, lo siguiente: 1) La necesidad que atender; 2) El costo estimado del bien, obra o servicio a contratar, de tal forma que se establezca el presupuesto estimado de la contratación y se identifique la partida presupuestaria a afectar; 3) La determinación del tipo de contrato a celebrar, describiendo su objeto y las prestaciones que se espera recibir del proveedor; 4) La estimación, tipificación y…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 92 — Presupuesto estimado

Artículo 92.- Presupuesto estimado. La institución contratante determinará el presupuesto estimado de la contratación a fin de establecer el procedimiento de selección correspondiente y gestionar la asignación presupuestaria necesaria.

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 99 — Vinculación con los estudios previos y el presupuesto

Artículo 99.- Vinculación con los estudios previos y el presupuesto. El pliego de condiciones debe guardar coherencia directa con los estudios previos, la definición del objeto contractual, la investigación de mercado y la apropiación presupuestaria que respalda la contratación. Párrafo. La institución contratante debe dejar constancia, en el expediente administrativo, de que el pliego ha sido elaborado tomando en cuenta los estudios y datos de mercado, la estimación del valor referencial, los riesgos relevantes y la disponibilidad presupuestaria.

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

Ver todos los detalles →
A revisarHallazgo en documentosRD$235.2 millones

Partida de imprevistos no identificada en el desglose presupuestario

Documento del 15 jun 2026 · hace 3 meses

El informe afirma que el presupuesto incluye una partida de 5% para imprevistos, pero el desglose presenta componentes cuyos subtotales suman el total indicado y no identifica una línea separada para esa partida. Puede estar integrada en otros renglones; corresponde verificar su ubicación y cálculo.

“Este riesgo se mitiga mediante levantamientos periciales continuos durante la obra y se encuentra respaldado económicamente por la partida del 5.0% destinada a imprevistos en el presupuesto base.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 87 · Reglamento 52-26, art. 99 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 87 — Estudios previos

Artículo 87.- Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con lo dispuesto por los reglamentos de aplicación de la presente ley y con las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual, los que deben determinar, como mínimo, lo siguiente: 1) La necesidad que atender; 2) El costo estimado del bien, obra o servicio a contratar, de tal forma que se establezca el presupuesto estimado de la contratación y se identifique la partida presupuestaria a afectar; 3) La determinación del tipo de contrato a celebrar, describiendo su objeto y las prestaciones que se espera recibir del proveedor; 4) La estimación, tipificación y…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 99 — Vinculación con los estudios previos y el presupuesto

Artículo 99.- Vinculación con los estudios previos y el presupuesto. El pliego de condiciones debe guardar coherencia directa con los estudios previos, la definición del objeto contractual, la investigación de mercado y la apropiación presupuestaria que respalda la contratación. Párrafo. La institución contratante debe dejar constancia, en el expediente administrativo, de que el pliego ha sido elaborado tomando en cuenta los estudios y datos de mercado, la estimación del valor referencial, los riesgos relevantes y la disponibilidad presupuestaria.

A revisarHallazgo en documentos

Estudio formulado después de publicada la convocatoria

Documento del 15 jun 2026 · hace 3 meses

El informe consigna que fue formulado en junio de 2026, mientras el portal fecha la convocatoria el 7 de mayo de 2026. La secuencia deja por verificar si los estudios previos que sustentaron la licitación estaban completos y aprobados antes de convocar.

“FECHA DE FORMULACIÓN: JUNIO 2026”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 87 · Reglamento 52-26, art. 85 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 87 — Estudios previos

Artículo 87.- Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con lo dispuesto por los reglamentos de aplicación de la presente ley y con las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual, los que deben determinar, como mínimo, lo siguiente: 1) La necesidad que atender; 2) El costo estimado del bien, obra o servicio a contratar, de tal forma que se establezca el presupuesto estimado de la contratación y se identifique la partida presupuestaria a afectar; 3) La determinación del tipo de contrato a celebrar, describiendo su objeto y las prestaciones que se espera recibir del proveedor; 4) La estimación, tipificación y…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 85 — Estudios previos

Artículo 85.- Estudios previos. Los estudios previos que sean desarrollados como parte de la planificación contractual de cada institución deben elaborarse por escrito, con la firma de los responsables técnicos, financieros y jurídicos de la institución, y deben formar parte integral del expediente administrativo del procedimiento de contratación. Deben contener, como mínimo, los aspectos establecidos en el artículo 87 de la Ley núm. 47-25. Párrafo. Cuando se produzcan variaciones sustanciales en las condiciones del mercado, del presupuesto o del objeto contractual, los estudios previos deben ser actualizados antes de la publicación del procedimiento.

Texto oficial completo

A revisarHallazgo en documentos

Documentación jurídica del inmueble seguía en revisión

Documento del 15 jun 2026 · hace 3 meses

El informe indica que el estatus de la documentación legal del inmueble estaba en revisión o depuración, pese a que la convocatoria ya se había publicado. Conviene comprobar la disponibilidad jurídica del terreno y la documentación técnica necesaria antes de iniciar la obra.

“El estatus de la documentación legal se encuentra en revisión/depuración por la Dirección Jurídica del Ministerio De Vivienda, Hábitat y Edificaciones (MIVHED de manera coordinada para los fines del código SNIP.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 87 · Reglamento 52-26, art. 86 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 87 — Estudios previos

Artículo 87.- Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con lo dispuesto por los reglamentos de aplicación de la presente ley y con las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual, los que deben determinar, como mínimo, lo siguiente: 1) La necesidad que atender; 2) El costo estimado del bien, obra o servicio a contratar, de tal forma que se establezca el presupuesto estimado de la contratación y se identifique la partida presupuestaria a afectar; 3) La determinación del tipo de contrato a celebrar, describiendo su objeto y las prestaciones que se espera recibir del proveedor; 4) La estimación, tipificación y…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 86 — Estudios técnicos y de ingeniería en contratos de obra

Artículo 86.- Estudios técnicos y de ingeniería en contratos de obra. En los casos de contratos de obra pública, los estudios previos deben incluir, además de los aspectos establecidos en el artículo 87 de la Ley núm. 47-25: 1. Proyecto de ingeniería de detalle, con planos definitivos, especificaciones técnicas, memorias de cálculo y presupuesto desagregado; 2. Estudios de prefactibilidad y factibilidad, según la magnitud y complejidad de la obra; 3. Estudio de impacto ambiental, conforme a la normativa ambiental vigente, incluyendo medidas de mitigación y compensación; 4. Análisis de suelos, topografía, geotecnia, clima y accesibilidad, según corresponda; 5. Estimación del cronograma…

Otros documentos del proceso (32)

  • Formularios.zipDocumento · 5 may de 2026
  • Convocatoria.pdfDocumento · 7 may de 2026
  • Pliego de Condiciones.pdfPliego · 7 may de 2026 · 6 señales
  • Resolución de Inicio.pdfPliego · 7 may de 2026 · 1 señal
  • Solicitud de compras.pdfSolicitud de compra · 7 may de 2026 · 1 señal
  • Resolución de Inicio.pdfInforme pericial · 7 may de 2026
  • Anexos.zipDocumento · 7 may de 2026
  • Periódicos.zipDocumento · 11 may de 2026
  • Formularios.zipDocumento · 11 may de 2026
  • Circular de preguntas y respuestas.pdfCircular · 10 jun de 2026 · 1 señal
  • Enmienda.pdfEnmienda · 10 jun de 2026 · 1 señal
  • Circular de preguntas y respuestas.pdfCircular · 10 jun de 2026 · 1 señal

Sigue explorando · Dinero público

Todas las secciones →
  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →
Enmienda.pdfEnmienda · 10 jun de 2026 · 1 señal
  • Enmienda.pdfEnmienda · 10 jun de 2026 · 1 señal
  • Circular de subsanación.pdfInforme de evaluación · 9 jul de 2026
  • Informe Preliminar.pdfInforme de evaluación · 9 jul de 2026 · 2 señales
  • Resolucion de subsanación LPN-2026-0007.pdfInforme de evaluación · 9 jul de 2026
  • Informe Definitivo.pdfInforme de evaluación · 24 jul de 2026 · 1 señal
  • Resolucion de Habilitación LPN-2026-0007.pdfInforme de evaluación · 24 jul de 2026
  • Reconsideración Frantercons.pdfReconsideración · 28 jul de 2026 · 1 señal
  • Reconsideración Rancier Castillo.pdfReconsideración · 28 jul de 2026 · 1 señal
  • Recurso de reconsideración.pdfReconsideración · 28 jul de 2026
  • Resolución Prórroga del Cronograma LPN-2026-0007.pdfResolución · 17 ago de 2026 · 1 señal
  • Resolución Prórroga del Cronograma LPN-2026-0007.pdfResolución · 18 ago de 2026 · 1 señal
  • Reconsideración Nu Energy.pdfReconsideración · 20 ago de 2026 · 1 señal
  • Recurso de reconsideración Nu Energy.pdfReconsideración · 20 ago de 2026
  • Resolución extensión cronograma de actividades.pdfResolución · 28 ago de 2026 · 1 señal
  • Resolución extensión cronograma de actividades...pdfResolución · 8 sept de 2026 · 2 señales
  • Resolución de extensión cronograma..pdfResolución · 15 sept de 2026
  • Resolución de Adjudicación.pdfActa de adjudicación · 23 sept de 2026 · 2 señales
  • Resolución de Adjudicación.pdfActa de adjudicación · 25 sept de 2026
  • Informe final del portalDocumento · —