La Circular núm. 01, de fecha 2026-06-12, responde 36 consultas sobre la Licitación ETED-CCC-LPN-2026-0003. Entre otras precisiones, acepta equipos con ADF de más de 200 hojas, tolera una variación de ±10 % respecto al nivel de ruido planteado y confirma que ETED no garantiza un volumen mínimo facturable. También señala que la reducción de equipos puede realizarse en cualquier momento y que ETED no se compromete a revisar los precios convenidos por ese motivo.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: No fija un límite porcentual para reducir los equipos ni un mecanismo de revisión de los precios convenidos ante esas reducciones..
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 104 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…
La circular permite reducir equipos en cualquier momento, no fija porcentaje máximo y descarta comprometerse a revisar los precios convenidos. Esto deja sin precisar el impacto económico de reducciones potencialmente relevantes; corresponde contrastar estas respuestas con las reglas de modificación previstas en el pliego y el contrato, pues la aplicación concreta podría depender de cuánto cambie el precio contractual.
“Resolución Única: no existe ningún porce11taje en reducción de los paquetes. … Resolución Única: Si puede ser realizada en cualquier mome11to. … Resolución Única: ETED no se compromete a realizar revisión de volumen mínimos para ajustar pre”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 149 · Ley 47-25, art. 150 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 149 — Modificación de los contratos
Artículo 149.- Modificación de los contratos. Los contratos podrán ser modificados unilateralmente o de mutuo acuerdo, cuando existan razones de interés público y bajo la forma y condiciones previstas en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones, bajo las siguientes circunstancias mínimas: 1) Que la posibilidad de la modificación haya sido prevista en los pliegos de condiciones de manera clara, precisa e inequívoca en cuanto a su alcance, naturaleza, límites y condiciones de aplicación; 2) Que la modificación sea decidida de manera unilateral por la institución contratante, en atención a razones de interés general vinculadas con el objeto de la…
Ley 47-25, artículo 150 — Equilibrio económico y financiero del contrato
Artículo 150.- Equilibrio económico y financiero del contrato. Las instituciones contratantes deberán adoptar las medidas necesarias para mantener, durante el desarrollo y ejecución del contrato, las condiciones técnicas, económicas y financieras existentes al momento de la adjudicación y firma del contrato, teniendo en cuenta el interés público. Párrafo.- Las instituciones contratantes, para los fines de mantener el equilibrio económico y financiero del contrato, deberán procederse de conformidad con lo dispuesto en las disposiciones relativas a los derechos de los proveedores y a la modificación del contrato.
La respuesta considera no relevantes los históricos de consumo, indica que el precio será fijo por impresión y que no se garantizará un volumen mínimo facturable. Sin datos de uso o una base mínima, la distribución del riesgo de consumo y la comparación del costo esperado entre ofertas merecen revisión; la circular menciona un estimado anual, pero no especifica aquí el volumen que lo sustenta.
“El precio por impresión deberá ser un precio fijo, no calculado por volumen por lo cual el dato solicitado no es relevante. Con el estimado por año debería ser suficiente. … La ETED 110 puede garantizar un volumen mí11imo facturable.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 87 · Ley 47-25, art. 118 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 87 — Estudios previos
Artículo 87.- Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con lo dispuesto por los reglamentos de aplicación de la presente ley y con las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual, los que deben determinar, como mínimo, lo siguiente: 1) La necesidad que atender; 2) El costo estimado del bien, obra o servicio a contratar, de tal forma que se establezca el presupuesto estimado de la contratación y se identifique la partida presupuestaria a afectar; 3) La determinación del tipo de contrato a celebrar, describiendo su objeto y las prestaciones que se espera recibir del proveedor; 4) La estimación, tipificación y…
Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.
La respuesta expresa una preferencia por software On-Premise, pero no aclara si es una condición exigida o un aspecto que se puntuará. Si esa preferencia incide en la evaluación o en la elegibilidad, la falta de precisión puede afectar la comparabilidad de las propuestas.
“Resolución Única: Siendo una empresa de las caracterlsticas de ETED, preferimos un software On-Premise.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 118 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 118 — Criterios de evaluación
Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.
Especificaciones técnicas — escáneresCapacidad del alimentador automático de documentos (ADF)
La consulta parte de un requisito mínimo de 300 hojas para el ADF.
Se aceptan equipos con ADF de más de 200 hojas.
Relaja
Especificaciones técnicas — nivel de ruidoTolerancia del nivel de ruido operativo
La consulta propone un nivel de ruido menor o igual a 68 dB.
Se aceptan equipos con nivel de ruido aproximado al valor planteado, con una tolerancia de ±10 %.
Relaja
Especificaciones técnicas — fichas y equiposPrevalencia de las fichas técnicas y definición de los plotters
Los interesados señalan diferencias entre las características de los equipos, las especificaciones y las fichas, y preguntan si los plotters deben ser multifuncionales o solo plotter.
La circular indica que rigen las características de las fichas técnicas y precisa que todos los plotters deben ser multifuncionales.
Aclara
Condiciones económicas y ejecución — volumen y reducción de equiposVolumen mínimo y variación del parque de equipos
Las consultas preguntan por volúmenes históricos, un mínimo facturable, límites y momento para reducir equipos, y revisión de precios ante reducciones.
La circular indica que no se garantiza un volumen mínimo facturable, que no hay porcentaje máximo de reducción y que esta puede realizarse en cualquier momento, sin compromiso de revisar los precios convenidos.
RelajaQuita un control: No fija un límite porcentual para reducir los equipos ni un mecanismo de revisión de los precios convenidos ante esas reducciones.
Requerimientos del softwarePreferencia por software On-Premise
La consulta pregunta si el software debe ser On-Premise o cloud.
La respuesta expresa que ETED prefiere un software On-Premise, sin indicar si es obligatorio o cómo se valorará esa preferencia.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona