lunes, 19 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto Ciego®MediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto Ciego®MediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto Ciego®Medios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
ComprasPresupuestoCifrasResoluciones DGCP
El Estado bajo la lupa

Abriendo la ficha…

Pliego

PLIEGO DE CONDICIONES PEIN-2026-0040.pdf

CONTRATACIÓN DE ALQUILER DE UN INMUEBLE PARA REUBICAR Y ALBERGAR LA TANDA VESPERTINA DE LA ESCUELA PORVENIR 1, DISTRITO EDUCATIVO 05-01, SAN PEDRO DE MACORÍS. · Ministerio de Educación

Publicado el 12 jun de 20263 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso MINERD-CCC-PEIN-2026-0040

Lo que dice

El pliego del proceso MINERD-CCC-PEIN-2026-0040 establece las condiciones para alquilar por 12 meses un inmueble destinado a la tanda vespertina de la Escuela Porvenir 1, con un monto total estimado de RD$6,140,800, incluidos RD$760,000 por depósitos. Fija un plazo de pago de hasta 60 días, señala que la vigencia contractual comenzaría el 20 de octubre de 2025 y prevé la rescisión de pleno derecho ante incumplimiento del adjudicatario.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (4)

A revisarHallazgo en documentosRD$6.1 millones

Vigencia contractual anterior a la convocatoria

Documento del 12 jun 2026 · hace 4 meses

El pliego fija el inicio de la vigencia el 20 de octubre de 2025, aunque la convocatoria del proceso fue publicada el 12 de junio de 2026. Conviene verificar si esa fecha implica reconocer servicios o pagos por un período anterior a la formalización del contrato.

“La vigencia del Contrato será del día 20 de octubre del 2025 y hasta su fiel cumplimiento, de conformidad con el Cronograma de Entrega de Cantidades Adjudicadas, el cual formará parte integral y vinculante del mismo.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 132 · Ley 47-25, art. 134 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 132 — Perfección del contrato

Artículo 132.- Perfección del contrato. Los contratos sujetos a la aplicación de la presente ley y sus reglamentos de aplicación se perfeccionarán con su formalización.

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 134 — Plazo máximo para suscripción de los contratos y formalización de las órdenes de compras o de servicios

Artículo 134.- Plazo máximo para suscripción de los contratos y formalización de las órdenes de compras o de servicios. Los contratos deberán ser suscritos en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles, contados a partir de la notificación del acto de adjudicación. Párrafo I.- Las órdenes de compras o de servicios deberán formalizarse con la notificación al adjudicatario, en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles, contados a partir de la notificación del acto de adjudicación. Párrafo II.- Vencidos los plazos sin que se haya producido la suscripción del contrato o la notificación de la orden de compra o de servicio, la institución contratante o el proveedor, según corresponda, podrá…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →
A revisarHallazgo en documentosRD$6.1 millones

Plazo de pago de hasta 60 días

Documento del 12 jun 2026 · hace 4 meses

El pliego permite hasta 60 días para pagar, mientras que la Ley núm. 47-25 establece un máximo de 30 días desde que se genera la condición de pago y se presenta el requerimiento. La diferencia puede afectar el flujo de caja y las condiciones económicas de los oferentes.

“Este pago se hará en un período no mayor de sesenta días (60) contados a partir de que el proveedor remita al supervisor o responsable del contrato las facturas del servicio ofrecido previsto en el artículo 148 párrafo III de la Ley núm. 47”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 148 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 148 — Pago del precio

Artículo 148.- Pago del precio. El proveedor tendrá derecho al pago del precio convenido por la prestación realizada en los términos previstos por la presente ley, sus reglamentos de aplicación, los pliegos de condiciones y el contrato. Párrafo I.- El pago del precio podrá hacerse de manera total o parcial, con abonos a cuenta, o mediante el pago en cada uno de los vencimientos estipulados cuando se trate de contratos de tracto sucesivo. Párrafo II.- Cuando se haya establecido un anticipo de pago como condición para el inicio de la ejecución del contrato, el proveedor tendrá derecho a no iniciar dicha ejecución hasta que dicho pago sea satisfecho, en todo caso, si no se produce el pago del…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →
A revisarHallazgo en documentosRD$6.1 millones

Rescisión prevista automáticamente ante incumplimiento

Documento del 12 jun 2026 · hace 4 meses

La cláusula establece rescisión de pleno derecho y ausencia de responsabilidad para el MINERD ante un incumplimiento del adjudicatario. La Ley núm. 47-25 prevé un procedimiento administrativo con audiencia previa y decisión motivada para ejercer potestades especiales, incluida la rescisión.

“En caso de incumplimiento del adjudicatario, el contrato será rescindido de pleno derecho, sin que esta conlleve ningún tipo de responsabilidad para el Ministerio de Educación (MINERD).”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 141 · Ley 47-25, art. 158 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 141 — Procedimiento para el ejercicio de potestades especiales

Artículo 141.- Procedimiento para el ejercicio de potestades especiales. La institución contratante que se acoja al ejercicio de las potestades especiales previstas en el artículo 140 de la presente ley estará sujeta a un procedimiento administrativo en el cual resulta obligatoria la audiencia previa del proveedor, con excepción de la suspensión temporal por razones de fuerza mayor o caso fortuito; este procedimiento se regirá por las reglas siguientes: 1) Evidenciada la necesidad de recurrir a una de las potestades especiales descritas en la presente ley, la institución contratante deberá notificar su intención al proveedor; 2) En la notificación deberá hacerse mención expresa de los…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 158 — Condiciones aplicables a la rescisión del contrato

Artículo 158.- Condiciones aplicables a la rescisión del contrato. Toda institución contratante que ejerza la potestad de recisión del contrato, sin perjuicio de lo establecido en la presente ley, deberá observar y aplicar las condiciones siguientes: 1) La rescisión del contrato deberá ser decidida por la máxima autoridad de la institución contratante; 2) La rescisión podrá ser declarada a iniciativa de la institución contratante, para lo cual se agotará el procedimiento previsto para el ejercicio de las potestades especiales o a solicitud del proveedor en los supuestos que lo habilitan al efecto; 3) La solicitud de rescisión comunicada por el proveedor deberá estar debidamente fundamentada…

A revisarHallazgo en documentos

Se exige un acto de venta bajo firma privada

Documento del 12 jun 2026 · hace 4 meses

Entre los documentos técnicos obligatorios se exige un acto de venta bajo firma privada. Para el alquiler, esa forma documental específica puede excluir a titulares que acrediten la propiedad o la facultad de arrendar mediante otros documentos; la regla aplicable contempla titularidad registral o habilitación contractual para arrendar o subarrendar.

“• Acto de venta bajo firma privada.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 97 · Reglamento 52-26, art. 163 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 163 — Procedimiento para adquisición o arrendamiento de inmuebles para uso estatal

Artículo 163.- Procedimiento para adquisición o arrendamiento de inmuebles para uso estatal. Los procedimientos de contratación para la adquisición o el arrendamiento de inmuebles para uso estatal deben realizarse cuando concurran, como mínimo, las siguientes condiciones: 1. Necesidad institucional: Que sea necesario un inmueble directamente vinculado con las funciones, programas o servicios institucionales que justifican la contratación. 2. Inexistencia de alternativas: Que no existan alternativas razonables dentro del patrimonio estatal, lo cual debe acreditarse mediante un estudio técnico. 3. Justificación de la contratación: Que se acredite la necesidad de contratar la adquisición o el…

Oferentes que registra (1)

1 mencionado

OferenteResultado en el actaLote o grupoMonto
Sainril Berlus JosaphatEl pliego lo menciona en la descripción de los renglones de alquiler y depósitos, pero no decide sobre su oferta ni adjudica el contrato.MencionadoLote único—

Otros documentos del proceso (15)

  • Acto administrativo núm. 006-1 alquiler tanda vespertina Escuela Porvenir I.pdfPliego · 12 jun de 2026 · 1 señal
  • DA.DGA.284-2026-FICHA TECNICA.pdfPliego · 12 jun de 2026 · 1 señal
  • ESTUDIO PREVIO ALQUILERES.pdfEstudio previo · 12 jun de 2026
  • INFORME CONSOLIDADO PEIN-2026-0040.pdfActa de adjudicación · 12 jun de 2026 · 2 señales
  • INFORME JUSTIFICATIVO SAINRIL BERLUS JOSAPHAT-0009.pdfInforme justificativo · 12 jun de 2026 · 1 señal
  • SOLICITUD DE COMPRA PEIN-2026-0040.pdfSolicitud de compra · 12 jun de 2026
  • Acto administrativo núm. 006-1 alquiler tanda vespertina Escuela Porvenir I.pdfResolución · 12 jun de 2026
  • COMISION DEL INMUEBLE.pdfContrato · 29 jun de 2026
  • DECLARACION.pdfContrato · 29 jun de 2026
  • FORMULARIO.zipContrato · 29 jun de 2026
  • MODELO DE CONTRATO.zipContrato · 29 jun de 2026

Sigue explorando · Dinero público

Todas las secciones →
  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →
ACTA DE ENMIENDA -PEIN-2026-0040.pdfEnmienda · 1 jul de 2026
  • ENMIENDA -PEIN-2026-0040.pdfEnmienda · 1 jul de 2026
  • ACTA DE ADJUDICACION PEIN-2026-0040.pdfActa de adjudicación · 10 sept de 2026 · 1 señal
  • Informe final del portalDocumento · —