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Pliego

Pliego Base de Condiciones Edificio CM-2026-0011 Revisada Final.pdf

Contratación de servicios de remodelación de los edificios 1,2,3 de Villa Panamericana · Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones

Publicado el 12 jun de 202637 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso INDOTEL-DAF-CM-2026-0011

Lo que dice

El pliego establece una contratación menor de obras no complejas, dividida en tres lotes para remodelar los edificios 1, 2 y 3 de Villa Panamericana, con presupuesto total de RD$26,835,835.62. La convocatoria del proceso INDOTEL-DAF-CM-2026-0011 fue publicada el 12 de junio de 2026 y el cierre de ofertas se fijó para el 22 de junio. Define requisitos técnicos, financieros y de experiencia, además de una evaluación de hasta 70 puntos técnicos y 30 económicos.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (4)

A revisarHallazgo en documentos

La fórmula económica puede exceder el máximo de 30 puntos

Documento del 12 jun 2026 · hace 4 meses

El pliego fija 30 puntos como máximo, pero la fórmula divide el monto del lote entre la oferta y multiplica por 30. Para cualquier oferta inferior al monto asignado al lote, el resultado supera 30 puntos, por lo que la ponderación económica anunciada puede no coincidir con la aplicada y alterar la clasificación.

“La puntuación total asignada a estos criterios es de setenta (70) puntos. Pi = (ML/OI) x PMPE” (págs. 22-26)
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 116 · Ley 47-25, art. 118 · con ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 116 — Reglas de valoración o ponderación

Artículo 116.- Reglas de valoración o ponderación. Las instituciones contratantes deben cumplir con las siguientes reglas de valoración o ponderación: 1. El pliego de condiciones debe establecer claramente los aspectos de la propuesta que son valorables bajo el sistema cumple/no cumple. 2. Con relación a los aspectos de la propuesta cuya valoración deba hacerse por puntaje, el pliego de condiciones debe establecer la ponderación porcentual asignada a cada criterio, así como las reglas de valoración o fórmulas matemáticas que deban aplicarse. 3. Ningún criterio puede ser incorporado o modificado durante el proceso de evaluación. 4. Cuando existan criterios de naturaleza con cierto grado de…

Texto oficial completo

Ley 47-25, artículo 118 — Criterios de evaluación

Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

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A revisarHallazgo en documentos

Criterio del RPE cambia entre requisito obligatorio y preferente

Documento del 12 jun 2026 · hace 4 meses

En la convocatoria se indica que los oferentes deberán contar con la actividad comercial 72100000 en el RPE; en la tabla de evaluación se presenta 72100000 como familia y la actividad 72101507 como preferible. La diferencia entre una condición de habilitación y una preferencia puede generar incertidumbre sobre qué se verifica para admitir o excluir ofertas.

“los oferentes/proponentes deberán contar con la actividad comercial (Servicios de mantenimiento y reparaciones de construcciones e instalaciones), en su Registro de Proveedores del Estado (RPE).” (pág. 14)
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 101 · Ley 47-25, art. 118 · con ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 101 — Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación

Artículo 101.- Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación. El pliego de condiciones debe asegurar la coherencia entre las especificaciones técnicas o términos de referencia, los requisitos de calificación, los criterios de evaluación y los criterios de adjudicación previstos para el procedimiento de contratación. Párrafo I. Las especificaciones técnicas y los términos de referencia no pueden contener requisitos que no guarden relación directa con el objeto contractual o con su correcta ejecución, ni establecer condiciones que contradigan los criterios de evaluación o adjudicación. Párrafo II. Los criterios de evaluación y adjudicación…

Texto oficial completo

Ley 47-25, artículo 118 — Criterios de evaluación

Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.

A revisarHallazgo en documentos

Requisitos de experiencia y crédito podrían restringir la participación

Documento del 12 jun 2026 · hace 4 meses

Para cada lote se exige acreditar al menos cinco años de servicios similares y dos certificaciones; además, se requieren referencias de crédito por 15% o 20% del presupuesto del lote y una línea de crédito o fondos por al menos 20%. La acumulación de estas condiciones merece comprobarse frente al valor y la naturaleza de cada lote.

“Experiencia como contratista (SNCC.D.049) con el fin de acreditar que posee mínimo cinco años prestando servicios similares al Estado o al sector privado. Mínimo dos certificaciones que indiquen nombre de la institución contratante, el Cont” (pág. 17)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar

Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

A revisarHallazgo en documentos

Referencias de marcas específicas en las especificaciones

Documento del 12 jun 2026 · hace 4 meses

Las partidas eléctricas mencionan «levinton» y «deco-levinton» sin incluir una alternativa equivalente. Conviene verificar si esas referencias son necesarias para describir técnicamente el objeto o si limitan la competencia entre productos sustituibles.

“Suministro e instalación de Interruptor Sencillo (levinton … Suministro e instalación de TC polarizado 110 V (deco-levinton” (pág. 5)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 91 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 91 — Determinación de especificaciones técnicas

Artículo 91.- Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas que resulten de los estudios previos deberán garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento, para lo cual deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo I.- Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. Párrafo II.- No deberán exigirse o mencionarse marcas o nombres comerciales, diseños o modelos,…

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Otros documentos del proceso (41)

  • Convocatoria CM-2026-0011.firmada.pdfDocumento · 11 jun de 2026
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  • Memo_de_contratacion_de_una_empresa_para_la_remodelacion_de_Villa_panamericana_signed.pdfPliego · 11 jun de 2026
  • Solicud de compra CM-2026-0011 firmada.pdfSolicitud de compra · 11 jun de 2026 · 1 señal
  • 2026-219_Certificado_de_Apropiacion_Presupuestaria_signed-CM-2026-0011.pdfCertificación de fondos · 11 jun de 2026
  • SNCC_F034_Presentacion_de_Oferta (1).docxDocumento · 11 jun de 2026
  • SNCC_F042_Informacion_Oferente (1).docxDocumento · 11 jun de 2026
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  • SNCC.C.024 – Modelo de contrato de ejecución de servicios.docxContrato · 11 jun de 2026
  • compromiso-etico-de-proveedores (1).docxDocumento · 11 jun de 2026
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Sigue explorando · Dinero público

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  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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Documento · 11 jun de 2026
  • SNCC_D049_Experiencia_contratista.docxDocumento · 11 jun de 2026
  • SNCC_D045_Curriculo_Personal.docxDocumento · 11 jun de 2026
  • PLANTILLA LISTADO DE PARTIDAS LOTE 2 EDIFICIO 2 PANAMERICANA.xlsxDocumento · 11 jun de 2026
  • PLANTILLA LISTADO DE PARTIDAS LOTE 1 EDIFICIO 1 PANAMERICANA.xlsxDocumento · 11 jun de 2026
  • PLANTILLA LISTADO DE PARTIDAS LOTE 3 EDIFICIO 3 PANAMERICANA.xlsxDocumento · 11 jun de 2026
  • Planta Dimens. Villaparamericana.pdfDocumento · 12 jun de 2026
  • Planta confunto 1re Nivel VP.pdfDocumento · 12 jun de 2026
  • Planta superior Villaparamericana.pdfDocumento · 12 jun de 2026
  • Planta DimenS. 2.pdfDocumento · 12 jun de 2026
  • Zonificacio´n VP.pdfDocumento · 12 jun de 2026
  • Detalle VP.pdfDocumento · 12 jun de 2026
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  • Adjuducacion final firmada.pdfDocumento · 27 jul de 2026
  • Adjuducacion final firmada.pdfDocumento · 28 jul de 2026
  • Adjudicacion final firmada-CM-2026-0011.pdfActa de adjudicación · —
  • Adjudicacion final firmada-CM-2026-0011.pdfActa de adjudicación · —
  • Adjudicacion final firmada.pdfActa de adjudicación · —
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  • CUOTA LOTE I CM-2026-0011-METPRO.pdfDocumento · —
  • CUOTA LOTE II CM-2026-0011-ESDIJE.pdfDocumento · —
  • CUOTA LOTE III CM-2026-0011-CONSEVISA.pdfDocumento · —
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  • METPRO.pdfDocumento · —
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  • Orden de servicio formato firma digital_29/7/2026_2_28 p.m..PdfDocumento · —