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Pliego

PLIEGO HFMP-CCC-LPN-MODIFICADO.pdf

COMPRA DE REACTIVOS E INSUMOS PARA LABORATORIO Y BANCO DE SANGRE PARA USO DEL HOSPITAL POR OCHO MESES” · Hospital Docente Universitario Doctor Francisco E, Moscoso Puello

Publicado el 11 jun de 202632 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso HFMP-CCC-LPN-2026-0001

Lo que dice

El pliego de la licitación HFMP-CCC-LPN-2026-0001 establece la compra de reactivos e insumos para laboratorio y banco de sangre, con valor referencial de RD$31,673,800 y convocatoria del 8 de mayo de 2026. Define requisitos técnicos, evaluación cumple/no cumple y entrega bajo demanda; también establece un plazo de hasta 20 días hábiles para suscribir el contrato y concede tres días hábiles para responder a indicios surgidos en la debida diligencia.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (3)

A revisarHallazgo en documentos

La debida diligencia fija tres días para responder a indicios

Documento del 11 jun 2026 · hace 4 meses

El pliego concede tres días hábiles para que el oferente responda a indicios y prevé su descalificación si no los rebate. El Reglamento 52-26 establece un plazo de cinco días hábiles para presentar alegatos en el procedimiento de exclusión por prácticas prohibidas; corresponde revisar cómo se aplicaría esa diferencia y si la decisión garantizaría audiencia y defensa.

“Además, le otorgará un plazo de tres (3) días hábiles para que el oferente presente, también por escrito, sus argumentos y evidencias que demuestren que no existe lo alegado. Si el oferente no presenta sus argumentos dentro del plazo estipu”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 116 · Reglamento 52-26, art. 110 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 116 — Exclusión de oferentes por prácticas prohibidas

Artículo 116.- Exclusión de oferentes por prácticas prohibidas. Los oferentes, en cualquier fase del procedimiento de selección, podrán ser excluidos cuando se compruebe que han incurrido en algunas de las prácticas prohibidas siguientes: 1) Cuando el o los oferentes se encuentre en el régimen de inhabilidades previsto en la presente ley o haya intentado eludirlo a través de maniobras; 2) Cuando el o los oferentes haya desarrollado prácticas o actuaciones tendentes a influenciar a las autoridades de la institución contratante, a fin de ser beneficiado directa o indirectamente; 3) Cuando el o los oferentes hayan ejercido actos o acuerdos nominados y sancionados por la ley sobre defensa de la…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 110 — Exclusión de oferentes por prácticas prohibidas

Artículo 110.- Exclusión de oferentes por prácticas prohibidas. La exclusión de oferentes por haber incurrido en alguna de las prácticas prohibidas establecidas en el artículo 116 de la Ley núm. 47-25 debe cumplir con el siguiente procedimiento: 1. El procedimiento puede iniciar de oficio o a requerimiento de cualquier parte interesada o ciudadano; 2. El inicio del procedimiento debe formalizarse mediante acto administrativo motivado y notificado al oferente correspondiente, en el que se detallen las prácticas prohibidas en las que habría incurrido y las pruebas que las sustenten; 3. A partir de la notificación del acto administrativo indicado en el numeral anterior, el oferente tiene un…

Texto oficial completo

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A revisarHallazgo en documentos

El pliego permite hasta 20 días para suscribir el contrato

Documento del 11 jun 2026 · hace 4 meses

El pliego fija un plazo máximo de 20 días hábiles desde la notificación de la adjudicación, mientras que la Ley 47-25 establece un máximo de 10 días hábiles. La diferencia puede prolongar la formalización y requiere revisión frente al plazo legal.

“Suscripción del Contrato. | No mayor a 20 días hábiles contados a partir de la Notificación de Adjudicación.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 134 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 134 — Plazo máximo para suscripción de los contratos y formalización de las órdenes de compras o de servicios

Artículo 134.- Plazo máximo para suscripción de los contratos y formalización de las órdenes de compras o de servicios. Los contratos deberán ser suscritos en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles, contados a partir de la notificación del acto de adjudicación. Párrafo I.- Las órdenes de compras o de servicios deberán formalizarse con la notificación al adjudicatario, en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles, contados a partir de la notificación del acto de adjudicación. Párrafo II.- Vencidos los plazos sin que se haya producido la suscripción del contrato o la notificación de la orden de compra o de servicio, la institución contratante o el proveedor, según corresponda, podrá…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

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A revisarHallazgo en documentos

Exige que las empresas se dediquen exclusivamente a esta actividad

Documento del 11 jun 2026 · hace 4 meses

El pliego exige dedicación exclusiva a la actividad comercial, además de requerir que los ganadores suministren equipos o máquinas de reactivos. La exclusividad puede excluir empresas con actividades comerciales diversas aunque tengan capacidad para proveer; conviene verificar su proporcionalidad y vínculo con el objeto.

“NOTA: Para garantizar la calidad de este proceso las empresas deben ser exclusivamente dedicadas a esta actividad comercial. | Exclusividad Comercial: Las empresas participantes deben El o los oferentes ganadores deberan suplir sus equipos ”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 4 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar

Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 4 — Principios

Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…

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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

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