El Acta AC. No. 03, fechada el 9 de junio de 2026, adjudica a Air Liquide Dominicana, SAS los ítems 1 y 2 del suministro de oxígeno médico líquido por RD$5,718,133.82. Registra una certificación de fondos de RD$5,133,000.00 y que participó un solo oferente.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta consigna fondos por RD$5,133,000.00 y adjudica RD$5,718,133.82, una diferencia de RD$585,133.82 (aprox. 11.4%). La diferencia amerita verificar si existió una apropiación presupuestaria adicional o actualizada antes de formalizar el compromiso.
““…por un monto de Cinco millones ciento treinta y tres mil pesos 00/100 (RD$5,133,000.00)… …TOTAL ADJUDICADO RD$5, 718,133.82””
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 93 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 93 — Disponibilidad de apropiación presupuestaria
Artículo 93.- Disponibilidad de apropiación presupuestaria. Las instituciones contratantes, previo al inicio de un procedimiento de contratación de obras, bienes o servicios, se proveerán de una certificación de apropiación presupuestaria en la que se haga constar el monto total del egreso previsto para la contratación de que se trate. Párrafo I.- La certificación será publicada junto a la convocatoria en el Sistema Electrónico de las Contrataciones Pública. Párrafo II.- La violación a lo dispuesto en este artículo conllevará la nulidad de pleno derecho del procedimiento de contratación, salvo para los casos en que la presente ley y sus reglamentos de aplicación prevean excepciones. Párrafo…
El acta registra un solo participante, Air Liquide Dominicana, mientras que el portal indica que se notificó a 2,801 proveedores. La diferencia entre amplia difusión y participación efectiva es un dato para revisar la concurrencia y las condiciones de acceso, sin que por sí sola pruebe una irregularidad.
““…participando en total un (1) oferente:””
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 4 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 4 — Principios
Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…
La relación inicial identifica cinco integrantes del comité, pero el bloque final de firmas incluye además a Carolina M. Ellenbogen, sin indicar su cargo o calidad. Conviene verificar si intervino en la deliberación o votación y, de ser así, cuál era su fundamento para participar.
““Dr. Jose Manuel Tejada Director General HDSSD, Licda. Rosemary Hernandez, Enc. Departamento Administrativo Financiero HDSSD. Lic. Juana David Agüro, Enc. División Jurídica HDSSD. Lic. Huascar E. Nina Rodriguez, Enc. Planificación y Desarro”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 19 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 19 — Integración
Artículo 19.- Integración. Cada Comité de Contrataciones Públicas estará integrado por los cinco (5) miembros siguientes: 1) La máxima autoridad administrativa de la institución contratante, o la persona que designe como su representante, quien lo presidirá; 2) El titular del área administrativa financiera o su equivalente; 3) El titular del área jurídica de mayor jerarquía o su equivalente; 4) El titular del área de Planificación y Desarrollo Institucional o su equivalente; 5) El responsable de la Oficina de Libre Acceso a la Información Pública o su equivalente en materia de libre acceso a la información. Párrafo I.- El presidente de la República tendrá la facultad de designar un máximo…
El acta menciona una combinación de calidad y precio, pero cita como fundamento el criterio de menor precio previsto en el artículo 114.1 del Reglamento y el artículo 121 de la Ley. Como solo hubo un oferente habilitado, conviene verificar que la decisión se ajustó al criterio de adjudicación anunciado en el pliego.
““Que para fines de determinar los adjudicatarios, se procedió una evaluación técnica realizada por el perito actuante, donde se compararon los precios, cualidades y calidades del objeto de la contratación ofertadados eligiendo aquellos cuya”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 114 · Ley 47-25, art. 121 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 114 — Criterios de adjudicación
Artículo 114.- Criterios de adjudicación. Los criterios de adjudicación constituyen las reglas generales a partir de las cuales se entiende una propuesta como la más conveniente. Deben ser establecidos de manera inequívoca en el pliego de condiciones. De conformidad con el contenido de la Ley núm. 47-25, pueden ser los siguientes: 1. Adjudicación basada en menor precio: Según este criterio debe resultar adjudicada la oferta de menor precio económico, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. 2. Adjudicación basada en menor costo: Según este criterio debe resultar adjudicada la oferta de menor costo atendiendo al…
Artículo 121.- Menor precio. Cuando la propuesta más conveniente deba determinarse a partir del menor precio, la institución contratante deberá evaluar en primer lugar la oferta técnica “Sobre A” bajo el criterio cumple o no cumple, y solo aquellas propuestas que cumplan con todos los criterios establecidos, serán habilitados para la apertura y evaluación de sus ofertas económicas. Párrafo I.- La oferta más conveniente será aquella que luego de haber cumplido todo lo técnico, presente el menor precio. Párrafo II.- Para el procedimiento de contratación mediante subasta inversa, siempre será considerada como propuesta más conveniente la de menor precio ofertado.
Oferentes que registra (1)
1 adjudicado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Air Liquide Dominicana, SASÚnico oferente habilitado para la apertura del Sobre B; adjudicado para los ítems 1 y 2.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona