La Enmienda No. 01, fechada el 10 de junio de 2026, modifica el pliego de la licitación para la renovación de la plataforma de ciberseguridad y respaldo del MOPC. Establece límites de subcontratación de 45% —hasta 50% para subcontratistas MIPYMES—, reglas de garantías y una vigencia contractual de 36 meses; además, reduce a un máximo de 10 días hábiles el plazo para suscribir el contrato.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La enmienda dispone que la falta de garantía de fiel cumplimiento puede considerarse renuncia y dar lugar a ejecutar la garantía de seriedad, sin precisar que a las MIPYMES no se les requiere esta última. La regla legal exime a las MIPYMES de la garantía de seriedad de oferta; conviene aclarar el alcance de esta consecuencia para esos oferentes.
“Si el(la) o los(las) adjudicatarios(as) no presenta la garantía de fiel cumplimiento de [firma] contrato en el plazo señalado, se considerará una renuncia a la adjudicación que dará paso a que la institución contratante ejecute su garantía ”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 175 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 175 — Reglas especiales de garantías a MIPYMES
Artículo 175.- Reglas especiales de garantías a MIPYMES. Para el régimen de garantías en las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) se aplicarán las reglas siguientes: 1) Las instituciones contratantes solo podrán exigir como garantías fianzas prestadas a través de compañías aseguradoras; 2) No se requerirá la garantía de seriedad de oferta. Párrafo.- Sin perjuicio de la aplicación de las sanciones previstas en la presente ley, si el proveedor beneficiado con lo establecido en el numeral 2) de este artículo, renuncia de forma injustificada a la adjudicación o no cumple con la ejecución del contrato, perderá los beneficios allí establecidos por un período de dos (2)…
El texto anterior no se reproduce; los antecedentes del proceso resumen que el porcentaje permitido excedía el límite legal ordinario.
Permite subcontratar hasta 45% del monto de las tareas; hasta 50% si las empresas subcontratadas son MIPYMES. Exige autorización previa, identificación de las tareas y subcontratistas en la oferta, y mantiene la responsabilidad del contratista.
Aclara
Numeral 9Garantía de fiel cumplimiento
El texto anterior no se reproduce en la enmienda.
Fija garantía de 4% de la adjudicación (1% para MIPYMES, mediante fianza de seguro), plazos de cinco días hábiles o diez para adjudicatarios extranjeros y vigencia mínima de 36 meses hasta la liquidación.
Aclara
Numeral 1Plazo para suscribir el contrato
El pliego permitía hasta 20 días hábiles, según los antecedentes del proceso.
El contrato debe suscribirse en la fecha del cronograma, que no puede exceder 10 días hábiles desde la notificación de la adjudicación.
Endurece
Numeral 4Vigencia del contrato
El texto anterior no se reproduce en la enmienda.
Establece vigencia de 36 meses desde la suscripción, hasta el cumplimiento y liquidación, conforme al cronograma de entregas.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona