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Abriendo la ficha…

Acta

DGAP-CCC-PEPU-2026-0008 Acta de inicio.pdf

Renovación del contrato de alquiler del local utilizado por el Departamento Investigación de Crímenes y Delitos de Alta Tecnología (DICAT) · Dirección General de Aduanas y Puertos

Publicado el 8 jun de 2026Fechado el 2 jun de 20265 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso DGAP-CCC-PEPU-2026-0008

Lo que dice

El Comité de Contrataciones Públicas de la Dirección General de Aduanas aprobó el informe justificativo y autorizó la contratación directa por proveedor único para renovar por dos años el alquiler del local utilizado por el DICAT. El acta consigna una apropiación presupuestaria de RD$9,423,768.00, impuestos incluidos, y designa tres peritos para evaluar la oferta. También instruye solicitar una propuesta al proveedor indicado en el informe.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (2)

A revisarHallazgo en documentosRD$9.4 millones

La motivación transcrita no acredita por sí sola la condición de proveedor único

Documento del 8 jun 2026 · hace 5 meses

El acta autoriza la selección directa para el alquiler de un inmueble. La motivación que reproduce destaca que el local es adecuado y ofrece una relación costo-beneficio favorable, pero no expresa que solo un proveedor pueda satisfacer la necesidad ni que la selección directa sea necesaria frente a una convocatoria competitiva; conviene verificar el informe completo y el fundamento de esa excepcionalidad.

“Como resultado de las evaluaciones técnicas, operacionales y logísticas realizadas, se ha determinado que el referido inmueble continúa reuniendo condiciones adecuadas para el desarrollo de las funciones del DICAT, considerando factores com” (pág. 2)
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 163 · Reglamento 52-26, art. 166 · con ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 163 — Procedimiento para adquisición o arrendamiento de inmuebles para uso estatal

Artículo 163.- Procedimiento para adquisición o arrendamiento de inmuebles para uso estatal. Los procedimientos de contratación para la adquisición o el arrendamiento de inmuebles para uso estatal deben realizarse cuando concurran, como mínimo, las siguientes condiciones: 1. Necesidad institucional: Que sea necesario un inmueble directamente vinculado con las funciones, programas o servicios institucionales que justifican la contratación. 2. Inexistencia de alternativas: Que no existan alternativas razonables dentro del patrimonio estatal, lo cual debe acreditarse mediante un estudio técnico. 3. Justificación de la contratación: Que se acredite la necesidad de contratar la adquisición o el…

Texto oficial completo

Reglamento 52-26, artículo 166 — Procedimiento de selección directa en caso de proveedores únicos

Artículo 166.- Procedimiento de selección directa en caso de proveedores únicos. Se entiende que existe un proveedor único, y que la contratación de bienes o servicios solo puede ser satisfecha por una determinada persona física o jurídica, cuando dicha persona es la única que ofrece el bien o servicio en el mercado, o cuando posee la titularidad o el derecho exclusivo sobre el objeto contractual. Se consideran causas válidas para configurar la condición de proveedor único las siguientes: 1. La existencia de derechos exclusivos de propiedad industrial o intelectual, tales como patentes, licencias, marcas registradas o software propietario. 2. La necesidad de compatibilidad técnica o de…

Texto oficial completo

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A revisarHallazgo en documentos

La aprobación inicial consignada antecede a la fecha del informe justificativo

Documento del 8 jun 2026 · hace 5 meses

El acta indica que el procedimiento de excepción ya había sido aprobado el 11 de mayo, mientras que el informe justificativo que sustenta la modalidad está fechado el 12 de mayo. Aunque esta acta aprobó ese informe el 3 de junio, la secuencia consignada merece comprobarse en el expediente para establecer qué se aprobó el 11 de mayo y si la justificación precedió a la autorización del procedimiento.

“CONSIDERANDO: Que el proceso de excepción por proveedor único DGAP-CCC-PEPU-2026-0008 “Renovación del contrato de alquiler del local utilizado por el Departamento Investigación de Crímenes y Delitos de Alta Tecnología (DICAT)”, fue aprobado” (pág. 1)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 79 · Reglamento 52-26, art. 151 · Reglamento 52-26, art. 152 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 79 — Justificación de las excepciones

Artículo 79.- Justificación de las excepciones. El uso de cualquiera de las excepciones a los procedimientos ordinarios de selección deberá estar siempre justificado y debidamente motivado mediante resolución del Comité de Contrataciones Públicas de la institución contratante para aprobar el inicio de su ejecución, previo informes técnicos y jurídicos que motiven y justifiquen su uso. Párrafo.- Los principios rectores de la contratación pública son aplicables a los procedimientos de contratación mediante excepción, de conformidad con la naturaleza y características específicas que correspondan.

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 151 — Justificación de la excepción

Artículo 151.- Justificación de la excepción. El informe justificativo tiene por objeto demostrar la procedencia, necesidad y legalidad del uso de una excepción a los procedimientos ordinarios de selección, garantizando que dicha decisión esté motivada, documentada y aprobada formalmente por el Comité de Contrataciones Públicas de la institución contratante. El informe debe contener, como mínimo, lo siguiente: 1) Identificación de la contratación. a) Nombre o descripción del objeto a contratar. b) Unidad requirente. c) Monto estimado e identificación de la disponibilidad de apropiación presupuestaria, salvo en los casos justificados de emergencia o seguridad nacional. d) Modalidad de…

Otros documentos del proceso (15)

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  • DEP-CCO-003-FO Debida Diligencia.docxDebida diligencia · 8 jun de 2026
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  • DGAP-CCC-PEPU-2026-0008 CAP.pdfCertificación de fondos · 8 jun de 2026 · 1 señal

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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Texto oficial completo

Reglamento 52-26, artículo 152 — Trámites y actuaciones comunes a las excepciones

Artículo 152.- Trámites y actuaciones comunes a las excepciones. Salvo los casos de excepción por emergencia y por seguridad nacional, que deben iniciar con decreto del Presidente de la República, el primer trámite de los procedimientos de excepción es el requerimiento de compra o contratación, seguido de los estudios previos, conforme a las disposiciones establecidas en la Ley núm. 47-25 y este reglamento. Posteriormente, deben realizarse las siguientes actuaciones: 1. Informe que justifique el uso de la excepción: La Unidad Operativa de Contrataciones Públicas debe gestionar la realización de un informe pericial, que puede ser requerido a la unidad requirente o a un experto en el tema, en…

Texto oficial completo

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DGAP-CCC-PEPU-2026-0008 CEF.pdfDocumento · 8 jun de 2026
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