La enmienda del 3 de junio de 2026 modifica el cronograma y varios apartados del pliego de la licitación CPADB-CCC-LPN-2026-0002. El calendario fija la presentación de ofertas para el 24 de junio de 2026 a las 14:00 y la adjudicación para el 9 de julio; además, limita la subcontratación al 45% y establece condiciones para autorizarla.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El cronograma fija la notificación de errores y solicitud de aclaraciones para el 26 de junio a las 16:00, pero sitúa el período de subsanación ese mismo día a las 14:00. La secuencia podría dejar el plazo de subsanación vencido antes de que se comuniquen los errores.
“6. Notificación de errores u omisiones de naturaleza subsanables y solicitud de aclaraciones a la oferta técnica (artículos 120, 121 y 129 Reglamento núm. 416-23) | 26/6/2026 16:00 | 7. Período de subsanación para el (la) oferente y de resp”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 106 · Ley 47-25, art. 112 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 106 — Subsanación y aclaración de ofertas
Artículo 106.- Subsanación y aclaración de ofertas. Las instituciones contratantes deben garantizar que el procedimiento de evaluación preserve la igualdad de trato, la competencia y la transparencia, permitiendo la subsanación o aclaración de documentos, pero sin admitir modificaciones que alteren el contenido esencial de la oferta, su precio o sus condiciones técnicas. Párrafo I. Toda solicitud de subsanación debe realizarse formalmente, mediante el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas y el correo electrónico institucional, y notificarse por las vías correspondientes. Párrafo II. El requerimiento debe indicar de manera clara y específica los documentos o informaciones que deben…
Ley 47-25, artículo 112 — Subsanación y aclaración de las ofertas
Artículo 112.- Subsanación y aclaración de las ofertas. Todo documento relativos a la acreditación de los requisitos de calificación de los oferentes será subsanable, siempre y cuando los oferentes cumpliesen con el requisito al momento de presentación de la oferta. Párrafo I.- También serán subsanables otros documentos de soporte de la oferta, siempre que no conlleven la modificación de las especificaciones que fueron presentadas en esta. Párrafo II.- La institución contratante podrá solicitar en cualquier momento la aclaración de cualquier documento que, a su juicio, contenga información equívoca, confusa o aparentemente contradictoria, de manera que el oferente pueda explicar su sentido…
La enmienda exige una declaración de no estar comprendido en prohibiciones de la Ley 340-06, aunque el proceso fue convocado bajo la Ley 47-25. Esa referencia puede generar incertidumbre sobre las prohibiciones que debe declarar el oferente y merece cotejo con el formulario y el criterio aplicado.
“17. Declaración Jurada simple del oferente, (no requiere firma de Notario Público). Manifestando que no se encuentra dentro de las prohibiciones en el artículo 8 numeral 3 y articulo 14 de la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 22 · Ley 47-25, art. 247 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 22 — Régimen jurídico de la contratación pública
Artículo 22.- Régimen jurídico de la contratación pública. Las contrataciones públicas sujetas al ámbito de aplicación de la presente ley se regirán por: 1) La Constitución de la República; 2) Tratados y acuerdos internacionales con referencia a temas de contratación pública; 3) Las disposiciones de la presente ley; 4) Los reglamentos de aplicación de la presente ley y sus reglamentos especiales; 5) Las normas, políticas, decisiones u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas en el ámbito de su competencia; 6) Los respectivos pliegos de condiciones del procedimiento y sus enmiendas; y 7) El contrato o la orden de compras o de servicios. Párrafo…
Artículo 247.- Derogación. La presente ley deroga las leyes siguientes: 1) Ley núm. 340-06, del 18 de agosto de 2006, sobre Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones; 2) Ley núm. 449-06, del 6 de diciembre de 2006, que modifica la Ley núm. 340-06 sobre Contrataciones de Bienes, Obras, Servicios y Concesiones; 3) Ley núm. 6-21, del 20 de enero de 2021, que agrega un numeral 5 al artículo 6 de la Ley núm. 340-06, sobre Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones; 4) Decreto núm. 416-23, del 14 de septiembre de 2023, que establece el Reglamento de la Ley sobre Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones; 5) Cualquier…
Cambios que introduce (1)
Sección
Antes
Después
Efecto
SubcontrataciónPorcentaje y controles para subcontratar
El pliego previo contemplaba subcontratación de hasta 50% sin limitar ese porcentaje a subcontratos con MIPYMES, según el hallazgo previamente registrado.
Se limita a 45%, requiere autorización previa y expresa, identificación de los bienes y subcontratistas, verificación de que no estén inhabilitados y responsabilidad solidaria del contratista.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona