El pliego de junio de 2026 establece las bases de la Licitación Pública Nacional MEM-CCC-LPN-2026-0006 para adquirir cuatro unidades de aire de precisión con instalación, con valor referencial de RD$9,653,285.00. Fija evaluación técnica y financiera de cumple/no cumple y adjudicación al menor precio entre las ofertas que cumplan; también consigna disponibilidad presupuestaria inicial de 50% y contratación con prestaciones previstas hasta 2027. Según los datos aportados del proceso, la adjudicación posterior fue a CECOMSA, S.R.L. por RD$8,629,026.56.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El pliego declara disponibilidad para 50% del monto estimado en 2026 y remite el otro 50% a apropiaciones del ejercicio 2027. La Ley 47-25 establece, como regla previa al inicio, certificación de apropiación por el monto total del egreso previsto; el documento identifica el proceso como ordinario, no como una excepción de emergencia o seguridad nacional.
“El presente procedimiento cuenta con disponibilidad presupuestaria parcial equivalente al 50% del monto total estimado de RD … 9,653,285.00 … El 50% restante será cubierto con cargo a las apropiaciones presupuestarias correspondientes al”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 93 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 93 — Disponibilidad de apropiación presupuestaria
Artículo 93.- Disponibilidad de apropiación presupuestaria. Las instituciones contratantes, previo al inicio de un procedimiento de contratación de obras, bienes o servicios, se proveerán de una certificación de apropiación presupuestaria en la que se haga constar el monto total del egreso previsto para la contratación de que se trate. Párrafo I.- La certificación será publicada junto a la convocatoria en el Sistema Electrónico de las Contrataciones Pública. Párrafo II.- La violación a lo dispuesto en este artículo conllevará la nulidad de pleno derecho del procedimiento de contratación, salvo para los casos en que la presente ley y sus reglamentos de aplicación prevean excepciones. Párrafo…
A los oferentes que no sean MIPYMES se les exige acreditar cartas bancarias y líneas de crédito por al menos 30% del presupuesto base, equivalente a RD$2,895,985.50 sobre el valor referencial indicado. Junto con los índices financieros exigidos, este requisito puede limitar la participación y amerita verificar su proporcionalidad respecto del objeto y los riesgos contractuales.
“Dichas cartas no pueden ser por valores inferiores a: (i) Para las grandes empresas, el treinta por ciento (30%) del presupuesto base o valor referencial y (ii) Para las MIPYMES, el quince por ciento (15%) del presupuesto base o valor refer”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Para un contrato estimado en RD$9,653,285, el pliego exige certificación de distribuidor autorizado de marcas reconocidas, un centro de servicio y más de cinco años de experiencia en proyectos similares. La combinación puede restringir la concurrencia; corresponde verificar que cada exigencia sea proporcional y esté vinculada a la capacidad necesaria para ejecutar el objeto.
“Los oferentes deben presentar certificación de centro de distribuidor autorizado de marcas reconocidas en el país. ... El oferente debe mostrar experiencia de más de 5 años en proyectos similares.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
El pliego establece un pago de anticipo de 20%, pero en otra sección señala que a las MIPYMES les corresponde un anticipo de 30%. La diferencia deja incierta la condición económica aplicable si la adjudicataria tiene esa condición y puede afectar la preparación de ofertas y el flujo financiero previsto.
“se otorgará un pago de un 20% relacionado al anticipo según lo indicado en el punto 6”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 174 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 174 — Anticipo de pago a MIPYMES
Artículo 174.- Anticipo de pago a MIPYMES. Las instituciones contratantes deberán otorgar un treinta por ciento (30%) de anticipo con la suscripción del contrato, orden de compra o de servicio correspondiente, en todas las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), sin necesidad de que sea presentada factura alguna.
El pliego impide participar simultáneamente a empresas distintas si comparten algún accionista, además de restringir la participación simultánea de una persona física y una empresa en la que sea socio. La prohibición legal de multiplicidad se refiere a la participación de una misma persona y a integrantes de consorcios; la extensión a empresas jurídicamente distintas puede excluir oferentes y merece revisión de su alcance y fundamento.
“De igual manera, no podrán participar simultáneamente empresas que: 1) posean la misma identidad de socios o accionistas, o 2) coincidan en alguno de los socios. En ese sentido, deberán participar por una sola de las empresas.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 36 · Ley 47-25, art. 4 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 36 — Prohibición de multiplicidad de participación
Artículo 36.- Prohibición de multiplicidad de participación. Se prohíbe la multiplicidad de participación de una misma persona, ya sea física o jurídica, en un mismo procedimiento de contratación. Párrafo.- Las personas físicas o jurídicas que formasen parte de un consorcio no podrán presentar otras ofertas en forma individual o como integrante de otro consorcio, siempre que se tratare del mismo procedimiento de contratación.
Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…
Una sección exige entrega en 10 a 15 días desde la orden de compra o firma del contrato, mientras otras fijan un máximo de 30 días calendario desde el registro del contrato en Contraloría. Los puntos de inicio y los plazos difieren, lo que puede generar incertidumbre sobre la obligación exigible y las ofertas comparables.
“Tiempo de entrega: 10 a 15 días una vez recibida orden de compra o firma de contrato. ... El plazo para la entrega de los bienes es de hasta treinta (30) días calendario, a partir del registro del contrato por ante la Contraloría General de”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
CECOMSA, S.R.L.Según el acta de adjudicación reseñada en los antecedentes del proceso, fue el único oferente habilitado para la apertura y evaluación del Sobre B.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona