El Acta núm. 2026-339, de fecha 2026-06-01, aprueba el informe económico y adjudica el Lote 1 a Antillean Construction Corporation, SRL por RD$290,628,497.78, el Lote 2 a Typhon Soluciones TYS, SRL por RD$278,392,222.34 y el Lote 3 a Typhon por RD$296,742,009.82. Descalifica a BIILUKA, SRL en el Lote 3 porque modificó la plantilla presupuestaria e incorporó partidas ajenas al presupuesto oficial; en los Lotes 1 y 2 queda como suplente. El acta también consigna que Antillean obtuvo el mayor puntaje del Lote 1 y que Typhon fue considerado para el Lote 3 tras la descalificación de BIILUKA.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
Los montos consignados para Antillean y Typhon en el Lote 1 exceden el 1% de sus respectivos precios ofertados; además, Typhon tiene el mismo monto de garantía en sus tres lotes pese a presentar precios distintos. El reglamento fija la garantía en 1% de la oferta, por lo que conviene verificar el cálculo aplicado y su uniformidad entre oferentes y lotes.
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 194 · Reglamento 416-23, art. 196 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 194 — Características de las garantías
Artículo 194. Características de las garantías. Salvo las condiciones especiales en favor de las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES), las características de las garantías requeridas por los entes y órganos contratantes serán las mismas para todos los oferentes y adjudicatarios, en atención al principio de igualdad que rige el Sistema Nacional de Compras y Contrataciones Públicas, salvo las disposiciones particulares que establezca la ley, el presente reglamento o las políticas emitidas por la Dirección General de Contrataciones Públicas.
Reglamento 416-23, artículo 196 — Monto de la garantía de mantenimiento y seriedad la oferta
Artículo 196. Monto de la garantía de mantenimiento y seriedad la oferta. El monto de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta será de un 1 % del monto de la oferta presentada, esta es de cumplimiento obligatorio y vendrá incluida dentro del sobre contentivo de la oferta económica o “Sobre B”.
El acta afirma que el proceso se celebró conforme al artículo 6, numeral 4, relativo a situaciones de urgencia, mientras que el portal lo registra como proceso ordinario y el documento lo identifica como licitación pública nacional. La discrepancia merece verificar qué fundamento procedimental se aplicó; el acta no explica la relación entre ambos.
“Que el procedimiento de referencia fue celebrado de conformidad con las disposiciones del numeral 4, del artículo 6 de la Ley núm. 340-06, sobre Compras y Contrataciones Públicas de Bienes, Servicios y Obras, de fecha dieciocho (18) de agos”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 6 · Reglamento 416-23, art. 53 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 6
ART. 6. Se excluyen de la aplicación de la presente ley los procesos de compras y contrataciones relacionados con: 1) Los acuerdos de préstamos o donaciones con otros Estados o entidades de derecho público internacional, cuando se estipule en dichos acuerdos, en cuyos casos se regirán por las reglas convenidas, en caso contrario se aplicará la presente ley. 2) Operaciones de crédito público y la contratación de empleo público, que se rigen por sus respectivas normas y leyes; 3) Las compras con fondos de caja chica, las que se efectuarán de acuerdo con el régimen correspondiente; 4) La actividad que se contrate entre entidades del sector público. PÁRRAFO. Serán considerados casos de…
Reglamento 416-23, artículo 53 — Procedimiento de excepción por urgencia
Artículo 53. Procedimiento de excepción por urgencia. Se consideran urgentes los procedimientos para adquirir bienes, servicios u obras para atender necesidades provocadas por acontecimientos fortuitos, inesperados, imprevisibles, inmediatos, concretos y probados, que impactan al interés público y se encuentran en el ámbito de acción de una institución pública. En estos casos, no resulta posible la aplicación de los procedimientos de selección ordinarios en tiempo oportuno. No serán considerados criterios válidos para declarar la urgencia de la compra o contratación las razones establecidas en la ley, que son las siguientes: 1. La dilación en el accionar de los funcionarios intervinientes.…
BIILUKA, SRLRecomendado para tercer lugar ocupado en el Lote 1.
Suplente
Lote 1
RD$305,798,457
BIILUKA, SRLRecomendado para segundo lugar ocupado en el Lote 2.
Suplente
Lote 2
RD$305,846,438
BIILUKA, SRLEl acta consigna que modificó la plantilla de presupuesto e incorporó partidas que no forman parte del presupuesto oficial; la descalificación corresponde al Lote 3.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona