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Abriendo la ficha…

Enmienda

ENMIENDA NO.1.pdf

Contratación de una compañía que brinde los servicios de catering por periodo de doce (12) meses en los diferentes eventos de esta empresa. · Empresa de Generación Hidroélectrica Dominicana

Publicado el 3 jun de 2026Fechado el 20 may de 20266 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso EGEHID-CCC-LPN-2026-0011

Lo que dice

El acta del 21 de mayo de 2026 aprueba cambios al pliego de la licitación EGEHID-CCC-LPN-2026-0011: reduce el monto estimado de RD$17,500,000 a RD$8,000,000 y sustituye la evaluación técnica de cumple/no cumple por una metodología combinada con degustación puntuable. El documento contiene una contradicción en el umbral de habilitación de la degustación y, en su resolución final, identifica otro proceso y un objeto distinto. No decide la habilitación ni la adjudicación de oferentes.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (3)

A revisarHallazgo en documentos

El umbral de degustación supera el máximo de la rúbrica detallada

Documento del 3 jun 2026 · hace 4 meses

El acta exige más de 90 puntos para habilitar el Sobre B, pero las cuatro categorías detalladas asignan como máximo 20 puntos cada una: 80 en total. Además, una tabla previa indica 25 puntos por criterio; debe aclararse cuál escala rige, pues con la rúbrica detallada ningún oferente podría alcanzar el umbral.

“estableciéndose como requisito que los oferentes obtengan una calificación superior a noventa (90) puntos para ser habilitados en la apertura del Sobre B. … Presentación impecable: armonía de colores sobresaliente, disposición estética y fu”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 118 · Reglamento 52-26, art. 116 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 118 — Criterios de evaluación

Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 116 — Reglas de valoración o ponderación

Artículo 116.- Reglas de valoración o ponderación. Las instituciones contratantes deben cumplir con las siguientes reglas de valoración o ponderación: 1. El pliego de condiciones debe establecer claramente los aspectos de la propuesta que son valorables bajo el sistema cumple/no cumple. 2. Con relación a los aspectos de la propuesta cuya valoración deba hacerse por puntaje, el pliego de condiciones debe establecer la ponderación porcentual asignada a cada criterio, así como las reglas de valoración o fórmulas matemáticas que deban aplicarse. 3. Ningún criterio puede ser incorporado o modificado durante el proceso de evaluación. 4. Cuando existan criterios de naturaleza con cierto grado de…

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

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A revisarHallazgo en documentos

La resolución final identifica otro proceso y objeto contractual

Documento del 3 jun 2026 · hace 4 meses

Aunque el cuerpo del acta desarrolla cambios para la licitación de catering EGEHID-CCC-LPN-2026-0011, la primera resolución aprueba una enmienda del proceso EGEHID-CCC-LPN-2026-0008 para servicios de transporte. La discordancia en la parte resolutiva deja incierto qué pliego se aprueba formalmente y requiere verificar el acto publicado y su registro en el expediente.

“PRIMERA RESOLUCIÓN: APRUEBA la PRIMERA enmienda o modificación al Pliego de condiciones específicas del proceso de referencia EGEHID-CCC-LPN-2026-0008, para la CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE TRANSPORTE PARA EMPLEADOS DE LAS CENTRALES HIDROELÉ”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 25 · Ley 47-25, art. 104 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 25 — Actos administrativos

Artículo 25.- Actos administrativos. Todos los actos elaborados en el procedimiento de contratación pública deberán ser formalizados y debidamente motivados por las instituciones contratantes, en especial: 1) El acto de aprobación del procedimiento de selección; 2) La aprobación de alguno de los procedimientos de excepción previstos en la presente ley; 3) La aprobación de los pliegos de condiciones; 4) La selección de los peritos; 5) Las adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones, así como las circulares de respuesta o aclaraciones; 6) Los resultados de la evaluación en sus distintas fases; 7) La precalificación y calificación de oferentes; 8) La adjudicación; 9) La decisión de…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones

Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…

ContextoHallazgo en documentosRD$8 millones

Cinco ofertas registradas coinciden con el monto estimado fijado por la enmienda

Documento del 3 jun 2026 · hace 4 meses

La Primera Enmienda fijó el monto estimado en RD$8,000,000 y fue publicada el 3 de junio de 2026, antes del cierre de ofertas del 23 de junio, por lo que el techo era conocido de los oferentes. El portal registra cinco ofertas por ese monto exacto y una por RD$8,000,001, todas pendientes de evaluación; la coincidencia con un estimado público no constituye por sí misma una anomalía, aunque el patrón uniforme puede contrastarse con las ofertas económicas originales.

“El monto estimado para esta compra asciende a ocho millones pesos dominicanos con 00/100 (RD$8,000,000.00), incluidos los impuestos de Ley y cualquier otro concepto que incida en el costo total del bien a adquirir”
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Oferentes que registra (10)

10 mencionado

OferenteResultado en el actaLote o grupoMonto
Milcys Pizza, SRLEl portal registra oferta cargada/pendiente.Mencionado—RD$0
VIP Montajes y Gourmet U&B, SRLEl portal registra oferta cargada/pendiente.Mencionado—RD$0
HV Medisolutions, SRLEl portal registra oferta cargada/pendiente.Mencionado—RD$0
Marisula MarteEl portal registra oferta cargada/pendiente.Mencionado—RD$7,788,000
Martínez Torres Traveling, SRLEl portal registra oferta cargada/pendiente.Mencionado—RD$8,000,000
Mcmony Holding, SRLEl portal registra oferta aprobada; el documento no consigna adjudicación.Mencionado—RD$8,000,000
Cantabria Brand Representative, SRLEl portal registra oferta cargada/pendiente.Mencionado—RD$8,000,000
A Fuego Lento, S.R.L.El portal registra oferta cargada/pendiente.Mencionado—RD$8,000,000
Eventos Sonia & Felix, SRLEl portal registra oferta cargada/pendiente.Mencionado—RD$8,000,000
Xiomari Veloz D' Lujo Fiesta, SRLEl portal registra oferta cargada/pendiente.Mencionado—RD$8,000,001

Cambios que introduce (3)

SecciónAntesDespuésEfecto
Sección I, numeral 4Monto estimadoRD$17,500,000.00, incluidos impuestos y otros conceptos.RD$8,000,000.00, incluidos impuestos y otros conceptos.Neutral
Sección I, numeral 14Metodología de evaluación técnica del Sobre ADocumentación legal, financiera y técnica evaluada bajo cumple/no cumple.Documentación legal y financiera bajo cumple/no cumple; documentación técnica bajo metodología combinada.Endurece
Sección I, numeral 17Evaluación de documentación técnica y degustaciónLa documentación técnica se evaluaba bajo cumple/no cumple.Se adopta metodología combinada y se añade una degustación con cuatro criterios puntuables y requisito de más de 90 puntos para habilitar la apertura del Sobre B.Endurece

Otros documentos del proceso (22)

  • FONDOS.pdfCertificación de fondos · 8 may de 2026 · 1 señal
  • PLIEGO DE CONDICIONES.pdfPliego · 8 may de 2026 · 5 señales
  • ACTA DE INICIO.pdfPliego · 8 may de 2026
  • ACTA DE DESIGNACION DE PERITOS.pdfInforme pericial · 8 may de 2026
  • SOLICITUD DE COMPRAS.pdfSolicitud de compra · 8 may de 2026
  • TARIFARIO DE SERVICIO.xlsxDocumento · 8 may de 2026
  • Compromiso-etico-de-proveedores.docxDocumento · 8 may de 2026
  • SNCC_F033_Of_Economica.docxDocumento · 8 may de 2026
  • SNCC_F034_Presentacion_de_Oferta.docxDocumento · 8 may de 2026
  • SNCC_F042_Informacion_Oferente (1).docxDocumento · 8 may de 2026
  • SNCCP-PROV-F-040- Formulario debida diligencia y conflicto de interes.docxDebida diligencia · 8 may de 2026

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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

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  • Contrato-servicios(SNCC.F0024).docxContrato · 8 may de 2026
  • especificaciones tecnicas.pdfPliego · 8 may de 2026 · 1 señal
  • SOLICITUD DE COMPRAS.pdfSolicitud de compra · 3 jun de 2026 · 1 señal
  • SNCC_D016_Respuesta_Oferentes.pdfDocumento · 10 jun de 2026
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