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Abriendo la ficha…

Pliego

PLIEGO DE CONDICIONES.pdf

Contratación de una compañía que brinde los servicios de catering por periodo de doce (12) meses en los diferentes eventos de esta empresa. · Empresa de Generación Hidroélectrica Dominicana

Publicado el 8 may de 202628 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso EGEHID-CCC-LPN-2026-0011

Lo que dice

El pliego de mayo de 2026 establece las bases de una licitación pública nacional para contratar servicios de catering durante doce meses y fija un monto estimado inicial de RD$17,500,000. El portal registra posteriormente un monto estimado de RD$8,000,000, cambio ya asociado a una enmienda del proceso. El pliego combina degustación y costo por plato como criterio de adjudicación, y contempla requisitos legales, financieros y de experiencia para los oferentes.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (5)

A revisarHallazgo en documentos

Se exige garantía de seriedad también a oferentes MIPYME

Documento del 8 may 2026 · hace 5 meses

El pliego exige garantía de seriedad de la oferta y limita para las MIPYMES el tipo de garantía a una fianza de seguro, sin eximirlas de presentarla. La Ley 47-25 establece que a las MIPYMES no se les requiere esa garantía.

“los oferentes/proponentes deberán constituir una garantía de seriedad de su oferta, que esté vigente hasta veinte (20) días después de la fecha prevista en el cronograma para la suscripción del contrato… Si se trata de un oferente certifica”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 175 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 175 — Reglas especiales de garantías a MIPYMES

Artículo 175.- Reglas especiales de garantías a MIPYMES. Para el régimen de garantías en las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) se aplicarán las reglas siguientes: 1) Las instituciones contratantes solo podrán exigir como garantías fianzas prestadas a través de compañías aseguradoras; 2) No se requerirá la garantía de seriedad de oferta. Párrafo.- Sin perjuicio de la aplicación de las sanciones previstas en la presente ley, si el proveedor beneficiado con lo establecido en el numeral 2) de este artículo, renuncia de forma injustificada a la adjudicación o no cumple con la ejecución del contrato, perderá los beneficios allí establecidos por un período de dos (2)…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

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A revisarHallazgo en documentos

Requisito de actividad comercial presenta códigos distintos

Documento del 8 may 2026 · hace 5 meses

El pliego identifica el servicio como 90101603, pero en la matriz de evaluación legal exige a las personas jurídicas tener inscrito en el RPE el código 90101802. La diferencia puede generar incertidumbre sobre cuál actividad habilita y afectar la participación de oferentes de catering.

“Servicios de Banquetes y Catering - por lo que los oferentes deberán tener preferiblemente la actividad comercial -Restaurantes y Catering. … Registro de Proveedores del Estado (RPE), emitido por la Dirección General de Contrataciones Públi”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar

Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

A revisarHallazgo en documentos

Criterio de adjudicación no define cómo ponderar degustación y precio

Documento del 8 may 2026 · hace 5 meses

El criterio combina degustación, menor costo por plato y cantidad de platos, pero no precisa pesos, escala ni regla para resolver resultados contrapuestos. Además, la metodología económica indica que se usará el menor precio, por lo que las bases dejan indeterminada la comparación final.

“El criterio de adjudicación para determinar la oferta más conveniente entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones, será basado en la degustación y el menor costo por plat”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 118 · Reglamento 52-26, art. 116 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 118 — Criterios de evaluación

Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 116 — Reglas de valoración o ponderación

Artículo 116.- Reglas de valoración o ponderación. Las instituciones contratantes deben cumplir con las siguientes reglas de valoración o ponderación: 1. El pliego de condiciones debe establecer claramente los aspectos de la propuesta que son valorables bajo el sistema cumple/no cumple. 2. Con relación a los aspectos de la propuesta cuya valoración deba hacerse por puntaje, el pliego de condiciones debe establecer la ponderación porcentual asignada a cada criterio, así como las reglas de valoración o fórmulas matemáticas que deban aplicarse. 3. Ningún criterio puede ser incorporado o modificado durante el proceso de evaluación. 4. Cuando existan criterios de naturaleza con cierto grado de…

A revisarHallazgo en documentos

El pliego se contradice sobre si la documentación financiera es subsanable

Documento del 8 may 2026 · hace 5 meses

La sección financiera la rotula como «NO SUBSANABLE», aunque el requisito de estados financieros aparece marcado como «Subsanable» en esa misma sección y también en la lista documental. Esa contradicción puede producir decisiones diferentes ante una omisión documental.

“CRITERIO A EVALUAR: DOCUMENTACIÓN FINANCIERA (NO SUBSANABLE) … Estados Financieros Auditados de los dos (2) últimos ejercicios fiscales consecutivos. Obligatoriamente estarán firmados por un Contador Público Autorizado. Acompañados por los ”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 112 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 112 — Subsanación y aclaración de las ofertas

Artículo 112.- Subsanación y aclaración de las ofertas. Todo documento relativos a la acreditación de los requisitos de calificación de los oferentes será subsanable, siempre y cuando los oferentes cumpliesen con el requisito al momento de presentación de la oferta. Párrafo I.- También serán subsanables otros documentos de soporte de la oferta, siempre que no conlleven la modificación de las especificaciones que fueron presentadas en esta. Párrafo II.- La institución contratante podrá solicitar en cualquier momento la aclaración de cualquier documento que, a su juicio, contenga información equívoca, confusa o aparentemente contradictoria, de manera que el oferente pueda explicar su sentido…

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ContextoHallazgo en documentos

Experiencia mínima de más de cinco años para prestar catering

Documento del 8 may 2026 · hace 5 meses

Se requiere acreditar más de cinco años de operación en el mercado para un contrato de servicios de catering por doce meses. Es un requisito de calificación que conviene contrastar con la naturaleza y el valor del objeto, pues puede restringir la participación de proveedores más recientes, incluidas MIPYMES.

“Certificación que demuestre que tiene más de 5 años de operación en el mercado.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar

Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…

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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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