La solicitud de compra del proceso PROMIPYME-CCC-CP-2026-0004, fechada el 3 de junio de 2026, registra como planificada la contratación de montajes de eventos por RD$6,430,000.00. Prevé un día de servicio en Santiago a mediados de julio y dos días en el Distrito Nacional en septiembre; la solicitud no decide sobre oferentes ni adjudicación. El portal registra posteriormente el proceso como cancelado.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
Según los datos del portal, este proceso, estimado en RD$6,430,000, y otro convocado el 11 de agosto de 2026 por RD$268,000 para producción y logística de una entrega de préstamos, suman RD$6,698,000 y fueron convocados con menos de tres meses de diferencia. La finalidad y el alcance descritos son distintos, por lo que no se establece fraccionamiento; conviene verificar si corresponden al mismo rubro-clase y a necesidades independientes.
“Objeto de la Compra: SERVICIOS DE MONTAJES DE EVENTOS, PARA LA ACTIVIDAD DE EMPRENDE LAB 2026 DE ESTA A INSTITUCIÓN.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 81 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 81 — Prohibición de fraccionamiento
Artículo 81.- Prohibición de fraccionamiento. Se prohibirá el fraccionamiento de contrataciones de bienes, servicios u obras cuando este tenga por objeto eludir los procedimientos de contratación aplicables para en cambio optar por otros de menor cuantía. Párrafo I.- Se considerará fraccionamiento la división de contrataciones para la adquisición de bienes, servicios u obras de un mismo rubro, de conformidad con la clasificación adoptada por la Dirección General de Contrataciones Públicas, dentro de un lapso menor a tres (3) meses, contados a partir del primer día de la convocatoria. Párrafo II.- La autoridad administrativa responsable no deberá permitir el fraccionamiento cuando habiendo…
La solicitud indica que está planificada y estima RD$6,430,000, mientras que el cruce del Plan Anual 2026 por tipo de bien muestra una línea de «Reuniones y eventos» por RD$6,000,000 con inicio previsto el 20 de julio. Como el cruce del plan es por tipo y no identifica esta contratación concreta, procede comprobar si esa línea la cubre o si el plan fue modificado para reflejar el monto y las fechas de esta solicitud.
“Planificada: SÍ … Total, RD$ | 6,430,000.00”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 86 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 86 — Plan Anual de Contrataciones (PAC)
Artículo 86.- Plan Anual de Contrataciones (PAC). Las instituciones contratantes sujetas al ámbito de aplicación de la presente ley tendrán la obligación de elaborar planes anuales de contratación de obras, bienes y servicios, de acuerdo con las políticas, normas y metodologías establecidas por los reglamentos de aplicación de la presente ley. Párrafo I.- Los planes anuales de contratación deberán ser publicados y gestionados en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas y en los portales de las instituciones contratantes. Párrafo II.- Sin perjuicio de las excepciones previstas, toda contratación deberá constar en estos planes y estos deberán ser consistentes con las apropiaciones…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona