El informe, fechado el 7 de abril de 2026, justifica el arrendamiento de un inmueble para las oficinas del Distrito Educativo 08-04 en Santiago y lo vincula con Constructora Vicasa, S.R.L., representada por Ana Margarita Cabrera Vidal. Describe el inmueble y sostiene que no hay alternativas equivalentes; no consigna una adjudicación ni un monto contractual.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El encabezado denomina el informe como justificación de una excepción de bienes o servicios con exclusividad, mientras que el cuerpo invoca el régimen específico de inmuebles para uso estatal. El reglamento prevé convocatoria pública para inmuebles y selección directa solo excepcionalmente; conviene verificar que la modalidad aplicada corresponda a ese régimen, aunque el cuerpo del informe sí cita el artículo sobre inmuebles.
“Informe Justificativo para uso de la excepción de bienes o servicios con exclusividad y contratación de servicios de alquileres para centros educativos, oficinas, naves y/o almacenes para suplir las diferentes necesidades del Ministerio de ”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 78 · Reglamento 52-26, art. 163 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 78 — Tipos de procedimientos de excepción
Artículo 78.- Tipos de procedimientos de excepción. Serán considerados como tipos de procedimiento de excepción los siguientes: 1) Emergencia. Las contrataciones, autorizadas a partir de un decreto presidencial, que se realicen en situaciones de emergencia, en todo o parte del territorio nacional, vinculadas a alteraciones graves de la normalidad, que se detallan a continuación: a) Catástrofes, calamidades o desgracias públicas, tales como terremotos, inundaciones, sequías, incendios urbanos y forestales o accidentes de gran magnitud; b) Crisis sanitarias, tales como pandemias, epidemias y situaciones de contaminación graves que afecten las vidas de las personas; c) Paralización de…
Reglamento 52-26, artículo 163 — Procedimiento para adquisición o arrendamiento de inmuebles para uso estatal
Artículo 163.- Procedimiento para adquisición o arrendamiento de inmuebles para uso estatal. Los procedimientos de contratación para la adquisición o el arrendamiento de inmuebles para uso estatal deben realizarse cuando concurran, como mínimo, las siguientes condiciones: 1. Necesidad institucional: Que sea necesario un inmueble directamente vinculado con las funciones, programas o servicios institucionales que justifican la contratación. 2. Inexistencia de alternativas: Que no existan alternativas razonables dentro del patrimonio estatal, lo cual debe acreditarse mediante un estudio técnico. 3. Justificación de la contratación: Que se acredite la necesidad de contratar la adquisición o el…
El informe describe el edificio como compartido con el Banco de Reservas. Es un dato a verificar al delimitar qué espacios están disponibles para el Ministerio y cuál es el alcance efectivo del arrendamiento, sin que el informe por sí solo permita concluir que exista una irregularidad.
“El inmueble consta de un edificio de dos (02) niveles, en block y hormigon armado, con techo en High Reed, (vigas metalicas, con base de aluzinc y vacioado de de pequeña torta, mas fino e impermeabilizante), compartido con el banco de Reser”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 163 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 163 — Procedimiento para adquisición o arrendamiento de inmuebles para uso estatal
Artículo 163.- Procedimiento para adquisición o arrendamiento de inmuebles para uso estatal. Los procedimientos de contratación para la adquisición o el arrendamiento de inmuebles para uso estatal deben realizarse cuando concurran, como mínimo, las siguientes condiciones: 1. Necesidad institucional: Que sea necesario un inmueble directamente vinculado con las funciones, programas o servicios institucionales que justifican la contratación. 2. Inexistencia de alternativas: Que no existan alternativas razonables dentro del patrimonio estatal, lo cual debe acreditarse mediante un estudio técnico. 3. Justificación de la contratación: Que se acredite la necesidad de contratar la adquisición o el…
Constructora Vicasa, S.R.L.Identificada como la razón social vinculada al inmueble propuesto en la solicitud citada por el informe; este documento no determina su habilitación ni adjudicación.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona