El Acto Administrativo núm. 065/2026, aprobado el 1 de mayo de 2026, autoriza el uso de la excepción para arrendar un inmueble destinado a las oficinas del Distrito Educativo 08-04 en Santiago, aprueba iniciar el procedimiento y designa tres peritos. También ordena convocar y publicar el proceso en el portal institucional y en el SECP. La motivación identifica a Constructora Vicasa, S.R.L. y describe su inmueble como el único disponible que cumple las condiciones requeridas.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acto identifica a Constructora Vicasa y afirma que solo su inmueble satisface la necesidad, aunque ordena convocar el procedimiento públicamente. Conviene verificar qué análisis técnico y de mercado sustenta que no existan alternativas y cómo se permitirá que la convocatoria produzca competencia efectiva.
“No existe alternativa en la zona que ofrezca condiciones equivalentes en términos de funcionalidad y oportunidad de disponibilidad. Esto delimita objetivamente la competencia en el mercado; es decir, solo el inmueble identificado puede sati”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 163 · Ley 47-25, art. 4 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 163 — Procedimiento para adquisición o arrendamiento de inmuebles para uso estatal
Artículo 163.- Procedimiento para adquisición o arrendamiento de inmuebles para uso estatal. Los procedimientos de contratación para la adquisición o el arrendamiento de inmuebles para uso estatal deben realizarse cuando concurran, como mínimo, las siguientes condiciones: 1. Necesidad institucional: Que sea necesario un inmueble directamente vinculado con las funciones, programas o servicios institucionales que justifican la contratación. 2. Inexistencia de alternativas: Que no existan alternativas razonables dentro del patrimonio estatal, lo cual debe acreditarse mediante un estudio técnico. 3. Justificación de la contratación: Que se acredite la necesidad de contratar la adquisición o el…
Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…
El acto identifica a Andrés Antonio Pérez como abogado y autor del informe justificativo, y luego lo designa perito técnico. Esa acumulación de funciones amerita verificar su experiencia técnica respecto del inmueble y cómo se resguardó la objetividad de la evaluación.
“mediante Informe Justificativo, de fecha veinte (20) del mes de abril del año dos mil veintiséis (2026), suscrito por el señor Andrés Antonio Pérez, Abogado de la División de Gestión de Alquileres del MINERD… Andrés Antonio Pérez: Abogado d”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 89 · Reglamento 52-26, art. 91 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 89 — Perfil y cantidad de peritos
Artículo 89.- Perfil y cantidad de peritos. Las instituciones contratantes deben designar como mínimo tres (3) peritos, procurando que el número total sea impar, integrados de la siguiente manera: 1. Un perito técnico, con conocimientos en el objeto de la contratación o en el área del conocimiento que corresponda (ingeniería, salud, tecnología, servicios, etc.); 2. Un perito financiero o económico, responsable de analizar la razonabilidad de precios, presupuestos y sostenibilidad económica de las ofertas; 3. Un perito legal, encargado de verificar la conformidad jurídica de las actuaciones y documentos legales. Párrafo I. En los procedimientos de contratación menor y de contratación directa…
Reglamento 52-26, artículo 91 — Formalización de designación y duración de funciones
Artículo 91.- Formalización de designación y duración de funciones. La designación de los peritos debe constar mediante acto administrativo motivado emitido por el Comité de Contrataciones Públicas. Dicho acto debe indicar: 1. Nombres, cargos y perfiles de los peritos designados; 2. Funciones específicas asignadas a cada uno; 3. Declaración de ausencia de conflictos de interés. Párrafo I. En los procedimientos de contratación directa sujeta a umbral y de contratación menor, los peritos son designados por la Dirección Administrativa y Financiera. La designación debe hacerse constar en un acta simple de inicio de procedimiento. Párrafo II. La designación de peritos tiene validez únicamente…
Oferentes que registra (1)
1 mencionado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Constructora Vicasa, S.R.L.El acto la identifica como la razón social vinculada al inmueble propuesto; este documento no la declara adjudicataria ni oferente habilitada.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona